viernes, 19 de febrero de 2021

El minero D. Dionisio González

El minero D. Dionisio González (EL DÍA, Madrid, Martes 6 de agosto de 1918) 

El hombre.

Por Asturias, de donde venimos, ya nos hablaron de él. Es un caso tan singular que al llegar a León, nos dedicamos a hablarle. No es fácil empresa; el hombre que buscamos descansa muy poco. Sus dos magníficos «Hispanos» no reposan un momento; al coto de Villablino, situado en Caboalles, a Matallana o cualquiera de sus inmensos grupos mineros.

El caso es que no descansa un momento y que para el periodista es cosa difícil completar los datos necesarios para tan interesante información.

Mucho nos dicen en Asturias y en León de las características más salientes de este hombre singular, pero ello no es bastante; indagamos, inquirimos y con datos completos, nos disponemos a hacer algo de biografía. Ella es tan breve como interesante. Cuatro trazos vigorosos y queda marcada la personalidad de Don Dionisio González. Como este caso hay muy pocos.

Nuestro hombre tiene en la actualidad cuarenta y un años de edad. Sus rasgos más salientes, inteligencia y voluntad, aunque muy desarrolladas con privilegios enormes solo reservados a los que la Fortuna elige por muy preferidos, cada siglo una vez. Tiene este hombre el genio de las iniciativas, y la facultad de asimilar con todo su desarrollo. Y estos poderosos privilegios, que en él son innatos, a trueque anduvieron de no revelarse jamás.

Nuestro hombre nació pobre, muy pobre. En una de sus principales minas, acaso la más rica de Asturias y León, trabajó como pinche, es decir, sirviendo de criado a muchos de los obreros que hoy tiene trabajando para sí, con toda la clase de consideraciones que su gran bondad y modestia le dictan. Un hombre joven como es, que tan solo cuenta cuarenta y un años de existencia, que está en la flor de su vida y en plena floración intelectual, no hay que decir que fueron pocos los años que empleó en pasar de la categoría de pinche a la de millonario. Y cuenta su historia, limpia y hornada, con todas las  páginas inmaculadas, resplandecientes, abiertas a la voracidad pública, sin que la maledicencia haya podido dejar una sola huella. Nada se debe al favor ni a la casualidad. Su historia es breve y conocida; triunfó la inteligencia, el gran talento natural; era un predestinado. Todo el mundo sabe como fue su triunfo, y todos lo admiran y respetan. Le admiran, porque la fortuna inmensa que hoy posee, le hace poderoso; le respetan, porque nadie tiene que motejarle la más pequeñísima acción censurable, porque conserva de sus tiempos humildes toda su modestia,  y porque no conoce la vanidad.

Se le respeta, se le admira y se le quiere. ¿Es grande que un hombre en unos pocos años, sin cultura, sin instrucción triunfe de este modo? Pues más grande es que ese hombre sea bueno, espléndido y caritativo. A su lado no veréis una necesidad que no sea remediada, ni un dolor que no tenga su consuelo. Es infinitamente más rico de sentimientos que de minas. Parece como si todas las buenas condiciones y todos los privilegios estuvieran escritos en el libro del Destino; trajo al mundo un cerebro enorme y la finalidad de ser bueno y rico.

El minero

Cinco hermanos tiene D. Dionisio González. Seducidos por el fantástico espejuelo de la conquista de la fortuna, cegados por el áureo porvenir que América parece ofrendar a muchos, emigraron los hermanos del minero. Él comprendió que para hallar la fortuna no era necesario emigrar, y aquí quedó y aquí triunfó, como ya hemos dicho. El primer cuidado de D. Dionisio fue el de hacer que sus hermanos regresaran. Podía ofrecerles un bienestar mejor, y bien pronto acudieron a su llamamiento. En la actualidad trabajan en sus minas, desempeñando los cargos principales, con espléndidas remuneraciones, cual es su costumbre, él que ganó jornales de dos pesetas y aun menos. 

Rodeado de todos los suyos, pues además de sus cinco hermanos, son legión la que forman los sobrinos y otros parientes más o menos cercanos, nuestro gran minero trabaja infatigable, no por que le ciegue la ambición, que a buen seguro no la siente, sino por ese noble afán, hijo del estímulo, que da el éxito continuado.

Don Dionisio González lleva la dirección total de todos sus asuntos. Tiene un poderoso auxiliar en su representante D. Isidro Gordero, joven inteligente y trabajador, que admira y quiere a su jefe; pero nada se hace en lo administrativo y técnico, que no vaya sancionado por D. Dionisio. El hombre de antaño, el que no poseía cultura ni instrucción es hoy instruido y culto. 

Su poderosa inteligencia y sus enormes facultades de asimilación, permitiéronle acaudalar conocimientos no vulgares, ni escasos. Hoy D. Dionisio inspecciona la contabilidad, la correspondencia, dirige la explotación, todo, absolutamente todo.

Don Dionisio González es un práctico enorme. Conoce de minas cuanto debe saber un ingeniero. Sus afinadísimas disposiciones en trazados de galerías y dirección de los filones, merecen siempre
la aprobación de los técnicos. En sus minas nadie dirige los trabajos más que él, y sus grandes conocimientos en minería le dan un gran nombre.

El poderoso minero no es sólo millonario; tallóse el brillante, y apenas la luz hirió las faceas, irradiaron los chispazos de la inteligencia privilegiada.

Las minas y su explotación

Los interesantes detalles que vamos a decir nos los facilitan espontáneamente varias personas dignas de entero crédito, detalles que también confirmamos luego con datos oficiales, que a nuestro alcance tuvimos. Son pues exactísimas.

Las minas más principales, pertenecientes a D. Dionisio González, entre muchas otras cuya enumeración sería larga, pueden dividirse en dos grupos: uno, el Coto de Villablino situado en Caboalles de Abajo, y que comprende las minas llamadas Julio, Ponferrada, Rivadeo y Carrascontina. Estas minas producen un carbón de inmejorable calidad, del cual se habló mucho en época reciente, y que compite ventajosamente con el Cardiff que importamos de Inglaterra.

Las dichas minas del coto de Villablino distan delas estaciones de embarque: Bembibre, Ponferrada y Santibañez, la enorme distancia de 60 y 80 kilómetros, con un costo de portes por tonelada que puede calcularse en 75 pesetas. Una cosa que solo en España puede pasar. Así se comprende la fabulosa cantidad que por arrastres en carros lleva pagada la casa de D. Dionisio González en lo que va de
año de la fecha.

Desde 1 de enero del corriente año hasta hace pocos días, en suma, menos de siete meses, se han pagado por transportes del carbón en carretas y carros de bueyes y mulas, la enorme cantidad de dos millones trescientas mil pesetas, cifra que avergonzaría a cualquier otra nación más amante de su progreso económico. 

El actual ministro de Fomento, que parece haber tomado con interés el problema minero y de transportes. puede hacer mucho. Esta provincia, tan rica y tan pobre al mismo tiempo, lo necesita para su completo desarrollo; téngase en cuenta que el carbón sube de precio porque los mineros gravan el mineral muchísimo, por la gran distancia que hay de las minas a las estaciones de embarque, porque no hay ferrocarril, ni siquiera caminos vecinales que permitan el tráfico en camiones automóviles. Una verdadera vergüenza, que acaso tenga pronto y fácil remedio, pero que no hay que olvidar que la provincia de León la necesita con urgencia.

Volvamos a las minas. Según el análisis verificado por el ingeniero de minas D. Adolfo de la Rosa, las minas de carbones de Caboalles, propiedad de D. Dionisio González, se componen.; 


Como se ve, el mineral es de calidad inmejorable. Los filones son acaso, los más ricos de León y Asturias.

El otro grupo de minas propiedad de D. Dionisio Gonzalez es el situado en el término de Matallana, y las minas se titulan Carmonda, Mercedes, Pepita y otras muchas. Están situadas junto al ferrocarril hullero, y están dotadas de apartadero propio y de cuantos adelantos modernos se precisa, como perforadoras. bombas de agua, etc.

En la Carmonda se trabaja en un pozo de 90 metros de profundidad.  

Las minas del Coto de Villablino, ya mencionadas, producen 7.000 toneladas al mes. Las de Matallana, más de 3.000 toneladas también al mes y otras producciones de menos importancia en multitud de minas pequeñas.

Se puede decir que todas las minas están en su sexta parte  e producción. Podían producir seis veces más si hubiera vías de comunicación.

Hace seis días comenzóse la construcción del ferrocarril de Ponferrada á Villablino, con una extensión de 65 kilómetros en total.

Ya recordará el lector que éste ferrocarril fue propuesto por Cambó en fecha muy reciente, y aprobado en seguida. El concesionario es D. Pedro Ortiz y la construcción se ha de hacer en catorce meses justos, y por cada día de retraso o adelanto que el concesionario pierda o gane, habrá de pagar o percibir 10.000 pesetas.

Esto demuestra la urgencia de la construcción que beneficia a una de las más importantes cuencas mineras de la provincia de León.

D. Dionisio González tiene además de las minas de carbón ya comentadas, una de hierro, denunciada recientemente, que hoy no explota por falta material de tiempo y también porque sus aficiones están consagradas por entero a la explotación del carbón.

Narcisa González Guzmán

Su padre, Dionisio González Miranda, había nacido el 8 de abril de 1876 en Naredo, pueblo de la provincia de León, cercano a la capital, situado en la comarca minera del Valle de Fenar. Murió en León el 10 de agosto de 1948. Estaba casado con Narcisa Guzmán Vázquez, natural de Valderas; tenía casi su misma edad, pues nació el 16 de abril de 1876. Falleció en León, el 28 de enero de 1943. Contrajeron matrimonio el 27 de junio de 1900.

La familia González Guzmán tuvo su primer domicilio en Naredo, donde el padre de familia trabajó en las minas de la zona. Allí nacieron varios hijos: Isolina, que murió de escarlatina, y dos chicos –Santiago y Julio–, que también murieron jóvenes. Después nacieron Trinidad (26 de diciembre de 1904) y Visitación (15 de marzo de 1906).

Dionisio González se trasladó poco después a Caboalles de Abajo, donde lo contrataron como sobrestante, es decir, responsable de un equipo de mineros. Buen trabajador, de inteligencia aguda y temple emprendedor, adquirió pronto experiencia en técnicas de extracción. Descubrió nuevas minas de carbón, las declaró y obtuvo su concesión, emprendiendo su explotación. Las minas estaban en el término de Caboalles, en la zona Barganaz. Para explotar los yacimientos realizó una galería de considerables dimensiones, logrando poner en funcionamiento las faenas de extracción. El mineral extraído era carbón de buena calidad y se vendía para usos domésticos.

En Caboalles de Abajo nació Narcisa (Nisa), el 12 de julio de 1907, a la que siguieron otros tres hermanos: Dionisio (30 de enero de 1909), Ángel (11 de diciembre de 1910) y Emilio (30 de mayo de 1912).

El cabeza de familia se convirtió en uno de los empresarios de carbón más importantes de la zona, un verdadero self-made man. En la lista de los principales cotos mineros de la provincia de León, figuraba como razón social «Dionisio González», empresa con domicilio en León capital, explotadora de los cotos de carbón Carmonda y Villablino. Fue el momento en que Dionisio González decidió trasladarse con su familia a la capital de la provincia.

La familia González Guzmán se asentó en El Ensanche, en el año 1917.

El primer domicilio estaba en la calle Condesa de Sagasta. Después adquirieron un chalet espacioso en la calle Padre Isla, 18. La casa era amplia, decorada con buen gusto, pero después fue destruida para construir un edificio de apartamentos. En León nacieron los dos últimos hijos: Antonio (3 de enero de 1917) y Santiago (5 de noviembre de 1918), en recuerdo del primogénito, muerto en accidente.

Dionisio González se había incorporado a la Cámara de Comercio de León en la que, desde el 31 de diciembre de 1927, fue vocal de la Comisión de aranceles.

González no estuvo al margen de la política. Desde el mes de marzo de 1924 fue concejal del ayuntamiento de León, designado por el gobernador, cargo que mantuvo hasta el 25 de febrero de 1930. En mayo de 1924 figuraba como vocal de la Unión Patriótica, partido que conformó el general Primo de Rivera para unir las fuerzas que le sostenían. El 6 de abril de 1931 la prensa local hacía públicos los nombres de los candidatos a los distritos electorales de la ciudad: Dionisio González aparecía entre los monárquicos.

El 14 de abril de 1931 fue elegido concejal del ayuntamiento de León por el distrito 3º, en el que él residía. Pero ese año, más tarde, la renuncia al trono del monarca hizo que el gobernador disolviera el ayuntamiento. Cuando, el 17 de enero de 1936, el gobernador de la provincia reinstauró el consejo del ayuntamiento de la ciudad, González no asistió a las sesiones, como tampoco lo hicieron la mayoría de los antiguos concejales. 

Minas de Dionisio González OFICINA CENTRAL EN LEONEl Mundo, 14 de septiembre de 2020

Don Dionisio González, tiene una personalidad tan conocida y tan prestigiosa en el mundo de los negocios mineros, que esto nos releva de hacer una detallada narración de cuanto significa y vale. Con decir que la producción mínima anual de sus minas se eleva a 100.000 toneladas basta para comprender la importancia de sus explotaciones, pero no hemos creído que al hablar de la cuenca carbonífera de la provincia de León debíamos olvidar la personalidad meritísima del señor González y por esto, y subyugados por la curiosidad que nos inspiraba el conocer unas minas de las que se extrae esta considerable cantidad de combustible, nos encaminamos al domicilio de D. Dionisio González deseosos de enterarnos verbalmente de algunos detalles que pudieran completar nuestra información.


VISTA PARCIAL DE LAS INSTALACIONES DE LA MINA «CARMONDA»

El coto de la Carmonda (Matallana) y el de Caboalles (Villablino) son importantísimos y sus carbones de una calidad inmejorable, garantizándose siempre las ventas a base de las características que se anuncian, pues al Sr. González le gusta dejar siempre muy alto el prestigio de sus negocios. Consumen estos carbones las Compañías de ferrocarriles Norte, M. C. P., M. Z. V., M. Z. A. y otras, y diferentes Empresas, entre ellas la Compañía General de Carbones, varias flotas pesqueras. Azucarera del Ebro, Agrícola Industrial Navarra, Azucarera del Gállego y otros varios clientes importantes, que en todo momento informarán sobre su buena calidad y resultado, ya que siguen adquiriéndolos en su mayoría, porque se suministran igual, tanto en las anormales circunstancias como en las actuales, porque esta casa nunca vendió escombreras ni tierra por carbón, causas que han motivado en otras casas su desprestigio y el de la parte sana de nuestra producción nacional, que puede competir siempre con la inglesa. El Sr. González ha tenido que luchar con grandes obstáculos en el desarrollo de su industria, pero ha sabido vencerlos a fuerza de constancia y energía. Actualmente los citados cotos de Caboalles y de La Carmonda, situados en término de Villablino y Matallana constituyen unos de los veneros más ricos de la cuenca minera leonesa.


DON DIONISIO GONZALEZ propietario de los cotos de la «Carmonda» y «Caboalles». 

Tiene el Sr. González depósitos de su propiedad en los puertos de Vigo y Coruña y en Ponferrada posee una magnífica fábrica de aglomerados (briqueta y ovoide) una de las mejores de su clase. Los carbones que se extraen del coto de La Carmonda sólo dan cenizas en una proporción de 16 por 100 como máximum y materias volátiles en una proporción de 25 por 100, y los del coto de Caboalles dan cenizas en una proporción de 12 por 100 como máximum y la misma proporción que los de La Carmonda en cuanto a materias volátiles. Estos datos dan exacta cuenta de la buena calidad de estos carbones, explicándose así la enorme demanda que de ellos se hace. La importancia de los negocios del señor González es tanta, que las exigencias de los mismos le obligan a tener cuenta corriente en los Bancos de España de León y Coruña y en los Bancos Mercantil y Herrero, de León.

Mucho más podríamos decir de la importancia de las explotaciones del Sr. González, pero son tan conocidas que lo consideramos innecesario.

Don Dionisio González no es, por otra parte, un minero improvisado, sino que desde hace muchos años viene dedicándose, con éxito creciente, a esta clase de negocios. Luchador infatigable, no debe a la suerte ni al esfuerzo ajeno su posición actual, sino que se ha abierto su propio camino con el esfuerzo propio. Es uno de esos hombres que, con el ejemplo de su vida, nos dan estimulantes lecciones de voluntad y nos hacen ver prácticamente hasta dónde puede conducir una noble ambición, que todo lo fía al trabajo y a la seriedad en los negocios emprendidos con alto espíritu de miras y con el deseo de labrar al mismo tiempo que el bienestar de los suyos el de los demás, facilitando a centenares de trabajadores tarea bien remunerada con que atender a las necesidades de sus hogares. Este minero leonés ha sido uno de los factores más principales del desarrollo de la minería en León, como creemos queda demostrado con las líneas que anteceden. Su nombre perdurará siempre en nuestra memoria como un ejemplo de laboriosidad y honradez.
R. R.

LOS PEQUEÑOS MINEROS

Muchas veces hemos pensado en la preocupación honda del hombre, que teniendo una Empresa en marcha, no sepa quien ha de continuar su obra cuando él deje de existir. El temor de que la obra emprendida con tanto amor pase a manos extrañas, que han de olvidar pronto a su iniciador, constituirá, sin duda, un motivo de malestar para los grandes hombres de negocios que no hayan tenido la suerte de crearse una familia, y con ella, la esperanza de que sus esfuerzos serán continuados por personas
queridas. 

Uno de los días que visitamos a D. Dionisio González en su domicilio de León, nos llamó la atención un grupo formado por tres niños. Vivarachos, con ojos remedadores de una clara inteligencia; al saber después que eran hijos del Sr. González, pensamos: he aquí un hombre feliz que ha hecho una gran obra que puede tener continuadores que no olvidarán jamás al fundador. Estos niños ¿sentirán pronto el afán de los negocios? Educados en una atmósfera en que la actividad se respira como el oxígeno, educados en el ejemplo de una vida dedicada al trabajo, habiendo pasado sus primeros años junto a las minas pródigas, nuestros amiguitos han de sentir una honda simpatía, ahora para ellos inexplicable, hacia este género de empresas. Sus primeros juegos de la infancia han tenido como escenario el terreno en que se
hallan enclavadas las más importantes minas de la provincia; las primeras manifestaciones del trabajo que a sus ojos aparecieron con la minería se relacionaban; todas las preocupaciones familiares que han podido percibir en sus cortos años tenían el mismo carácter.

LOS NIÑOS DIONISIO, ANGEL Y EMILIO, HIJOS DE DON DIONISIO GONZALEZ

Estos pequeños mineros han de sentir una inclinación invencible hacia el mundo agitado de los negocios. La herencia psicológica familiar es una herencia de actividad incansable. Como el niño que en brazos de su padre guerrero quiere ya coger la espada, estos futuros capitanes de la industria sueñan ya, sin darse cuenta, en las jornadas del futuro, en que la gloria es la satisfacción de haber engrandecido la riqueza nacional al mismo tiempo que el caudal propio.

Pequeños mineros: si aprendéis las lecciones de la experiencia paterna, ¡ qué empresas silenciosas y fecundas podréis realizar ! En vuestras manos estará algún día la dirección de una gran obra; continuadores de una empresa para vosotros santa, llena de recuerdos y de devociones familiares, el ejercicio duro de los negocios perderá para vosotros todo carácter groseramente materialista, elevándose a formas más altas.

Vuestra empresa tendrá aquel don maravilloso de la continuidad que hace las obras perfectas. El mundo de los negocios es, en muchos aspectos, bajo y grosero, porque no hay fe entre sus hombres de empresa, quienes lo sean por tradición, sino que van al negocio por la mera conquista de la riqueza, sin buscar más que esto, y sin comprender que el ejercicio de los negocios pueda ennoblecerse y crear algo más que riqueza; esto es: tipos de hombres que no sean como los hombres de ahora, que no ven en la riqueza más que el medio de satisfacer bajos apetitos.

Hay que crear una aristocracia industrial; de ella serán figuras preeminentes en su día estos pequeños mineros que hoy asoman a las páginas de EL MUNDO sus caritas curiosas que todo lo miran sorprendidos, porque apenas si han empezado a vivir.

En la revista EL FÍGARO del 24 de diciembre de 1918 se ofrece una descripción de la minería leonesa del carbón. 

DIONISIO GONZALEZ.

-LEON 

EL TRIUNFO DE UNA VOLUNTAD

No sólo en el verso y en la prosa hay poesía. Yo conozco estrofas soberbias escritas con caracteres indelebles por las negruzcas columnas de humo en la inmensidad azul; cantos épicos, en que el fluido eléctrico, dueño y señor del tiempo y las distancias, es el fíat que multiplica y crea... Y un verso de esta índole, sobrio, recio, es la vida de Dionisio González, el humilde picador de minas, que a duros golpes de su herramienta supo dar con el filón de la voluntad y de la constancia, principales bases de su fortuna.


León, a diferencia de Castilla, «no hace los hombres y los gasta». Sabe aprovechar las buenas condiciones de sus hijos, y así se da aquí con frecuencia el caso de que hombres obscuros, consagrados a ,un trabajo rudo durante los primeros años de su juventud, al llegar a la época en que su energía abandona la inquietud del mozo para encarnar en el espíritu del hombre maduro, pero no gastado, pide un puesto brillante en la lucha por la vida, y no es difícil asistir al encumbramiento noble, justo, equitativo del que hasta entonces sólo fue un soldado de fila.


Enemigos de clasificaciones y encasillamientos, no diremos el número que hace Dionisio González entre los más fuertes mineros de León. Pero el prestigio que rodea a su firma, el sólido crédito que goza de hombre íntegro y negociante serio son consecuencia del favor que gozan sus mercancías, consumidas en su mayor parte por las Compañías ferroviarias e importantes industrias de todos los puntos de España. Su mina, «La Carmonda» produce un excelente carbón de vapor, muy solicitado por las Empresas de ferrocarriles en particular, y del yacimiento de Caboalles de Arriba, enclavado en la célebre cuenca minera dé Villablino, extrae un carbón graso de inmejorables condiciones para la fabricación del gas, y cuyo cok, fabricado por el sistema de pilas, se acepta en el mercado como metalúrgico.


Todas las excelencias de las explotaciones del señor González, todos sus esfuerzos y todos sus desvelos, tropiezan con el mismo inconveniente que hace padecer a la producción minera de estas cuencas: las deficiencias de los transportes.

El acarreo del mineral desde Caboalles de Arriba, hasta La Robla y Ponferrada, por ejemplo, ha de hacerse por medio de carretas, cuyos conductores llegaron a exigir la exorbitante suma de noventa y cinco pesetas por tonelada, y el precio medio no baja nunca de sesenta y cinco a setenta pesetas.
Otro perjuicio no menor al anterior es el que causa la escasez de material móvil y de tracción de las Compañías de ferrocarriles, causante de que por espacio de largas temporadas permanezcan en los depósitos que en La Robla y Ponferrada tiene D. Dionisio González, stoks de carbón importantes en 9.000 toneladas, capital amortizado y que lesiona tanto los intereses del productor como del que consume.


Y así, entre sinsabores y fatigas originados por la desidia de los Poderes públicos, que dejan abandonado a sus propios medios al que trabaja y lucha, se va deslizando la vida fecunda del que supo imponerse y hacer valer su voluntad, marchando en dirección contraria precisamente de los que predican el pesimismo como supremo argumento para remediar los males de la patria:

La Vecilla. (21 Mayo de 1878. Gaceta de Madrid.=Núm. 141)

En cumplimiento de lo mandado por D. Ceferino Gamoneda, Juez de primera instancia de este partido, en providencia de esta fecha se cita, llama y emplaza á D. Eduardo Ruiz Merino, vecino que fué de Valladolid, y cuya actual residencia se ignora, para que dentro del término de 45 dias, á contar desde la inserción de la presente cédula en la Gaceta de Madrid, se presente en este Juzgado, á las diez de la mañana, con objeto de declarar en causa criminal que en este Juzgado se sigue de oficio á consecuencia de lesiones causarías á José y Francisco Martínez, domiciliados en Robles, por hundimiento de la mina denominada Carmonda, sita en término de la Valcueva. 

La Vecilla 3 de Mayo de 1878.

= El actuarlo Julián M. Rodriguez. 

Formidable incendio (La Vanguardia 2 de agosto de 1912)

En La Valcueva (León), un incendio ha destruido ocho casas. Las pérdidas son importantes. La desaparición de un vecino, hace creer que pereció entre las llamas. Hay dos heridos. Se ha iniciado una suscripción, que encabeza el conde de Sagasta, con 100 pesetas.

(La Correspondencia de España, Madrid, Miércoles 15 de marzo de 1916)

En las minas de Carmonda y La Valenciana termino de Matallana (León) se han declarado en huelga los obreros que en las mismas trabajaban, reclamando aumento de jornal.

Los representantes de las minas han pedido ocho días de plazo para consultar con los dueños, y los obreros, aceptándole, han reanudado el trabajo, sin perjuicio de reproducir la huelga si, trascurrido el expresado plazo, no se accede a sus peticiones.

Anuario de Ferrocarriles 1919


(El Día de Palencia, Lunes 14 de Junio de 1920) (La tierra de Segovia, Miércoles 16 de Junio de 1920)

Comunican de Matallana que hallándose trabajando en una de las galerías de la mina Carmonda, de aquel término, el obrero Mariano Suarez, se desprendió un bloque de piedra, matándole. El infortunado minero era natural de Villabalter.

(LA UNIÓN - jueves 14 de octubre de 1926)


Una piedra desprendida de una vagoneta mata a un minero (La Libertad, Miércoles 3 de agosto de 1927)


León, 1.—En Matallana, y en la mina de D. Dionisio González, vecino de León, «La Carmonda», subían por un piso inclinado tres vagonetas de escombros, cuando al llegar al primer piso se rompió el enganche del cable de extracción, precipitándose a gran velocidad por los pisos segundo y tercero,

La velocidad hizo que algunas piedras saliesen de las vagonetas, con tan mala fortuna que una fué a herir en la sien izquierda al minero Manuel Suárez Fierros, de dieciocho años, que quedó muerto en el acto.


Dos mineros muertos (El Día de Palencia, Viernes 2 de diciembre de 1927)

En la mina «La Carmonda», propiedad de nuestro convecino don Dionisio González, ha ocurrido una sensible desgracia, que costó la vida a dos infelices obreros.

A la hora del trabajo entraron varios obreros, y al llegar al primer piso de la mina el vagonero del exterior enganchó tres vagonetas, que, al tomar la pendiente y a causa de la rotura de un enganche, cayeron al fondo. Los obreros del piso primero lo notaron y procuraron ponerse a salvo, pero dos de ellos, llamados Francisco Suárez, de 21 años, natural de La Valcueva, y Lucinio Gómez, de 22 años, natural de Castronuño (Valladolid), no pudieron conseguirlo, quedando muertos en el acto, del golpe recibido.

Entre los compañeros causó gran sensación la tremenda desgracia.


La provincia de León - Guía General

JOSÉ MOURILLE LÓPEZ

Capitán de Infantería, Concejal del Excelentísimo Ayuntamiento de León, Secretario Provincial de Unión Patriótica y de la Asamblea Local de la Cruz Roja Española de dicha Ciudad.

Con un Prólogo del lltmo. Sr. D. MARIANO D. BERRUETA Doctor en Ciencias y Director del Instituto Nacional de 2.ª  enseñanza. (1928)

Entre los anuncios de esta guía se encuentra el del industrial carbonero Dionisio González.


CERÁMICA DEL TORIO EN LEÓN DE DIONISIO GONZÁLEZ
INSTALACIONES Y HORNOS MODERNOS - TEJA,
LADRILLO, PRENSADO, ORDINARIO, BALDOSÍN Y OTROS

MINAS DE DIONISIO GONZÁLEZ

Coto «Carmonda» (Matallana) :: Coto «Caboalles» (Villablino) :: Carbones Grasos :: cok de pila para fundiciones, calefacción, hornos de panaderías y otros usos :: 

FABRICA DE AGLOMERADOS :: Briqueta y Ovoide
ANTRACITAS EXCELENTES garantizadas para motores de gas pobre, calefacciones y otros usos

Diríjase toda la correspondencia a Dionisio González
Apartado de Correos núm. 10 :: L.EON :: Teléfono 187
Oficina Central: Calle del padre Isla, numero 18.— LEON
Dirección Telegráfica y Telefónica: DIONISIO
 
Todos los productos que explota esta casa proceden de sus Minas propias, siendo vendidos directamente, sin intermediarios 

MATALLANA DE TORIO 

Lugar con el Ayuntamiento de su nombre, situado sobre la línea férrea León-Bilbao, distando 11 kilómetros de la cabeza del partido, encontrándose al O. de ella. Se compone de las siguientes entidades de población:  

Lo atraviesa la carretera de León a Collanzo, y la de la Magdalena, a la de Falencia a Tinamayor, en construcción, siendo generalmente la forma de trasladarse desde la Capital hasta el pueblo cabecera del Municipio, por ferrocarril, si bien hay que recorrer tres kilómetros desde la estación, por encontrarse de «ella a dicha distancia. 

Su suelo lo fertiliza el río Torio, produciendo patatas, pastos, aligo de trigo y garbanzos. 

Cría ganado vacuno, cabrío, lanar y de cerda. Su principal industria es la hullera, teniendo fábrica de aglomerados de carbón; farmacia en el barrio de la Estación; platerías importantes y de mérito artístico en la Iglesia parroquial de Matallana; alumbrado eléctrico en todos sus pueblos, excepto en los de Serrilla y Villalfeide; un Santuario en la margen izquierda del río, en término de Robles, y en general, buenos locales escuelas, destacándose los de este último pueblo y el de Villalfeide. 

Se celebran las siguientes fiestas y romerías: El 16 de agosto, en Matallana; este mismo día y el anterior, en Robles; el 13 de junio y el 2 de febrero, en Palazuelo y en La Valcueva; el 8 de septiembre, en Pardavé; el 14, en Serrilla; el Corpus, en Orzonaga, y el 1.° de agosto, en Villalfeide.  

POLA DE GORDON 

Villa con Ayuntamiento, situada en terreno montañoso, al Oeste de la cabeza del partido, de la que dista 29 kilómetros por ferrocarril, componiéndose de las entidades de población que se indican en el estado de la página siguiente. 

De terreno montañoso, con abundantes pastos, y en general, secano, aunque tiene alguna vega de regadío, fertilizada por el Bernesga y otros pequeños arroyos que a él afluyen, produciendo su suelo granos y legumbres en pequeña cantidad, y criándose ganado vacuno, lanar y cabrío. 

Tiene industria de carbón "Hulleras Vasco Leonesa", "Imprevista", "Lozana" y otras; fábrica de harinas, de electricidad, de la S. A. "Hidroeléctrica Legíonense"; otra de sulfato de Bario; refinería de sal; varios molinos de molturación de granos en pequeño, canteras y hornos de cal. 

Lo atraviesa la carretera de Adanero a Gijón; la de Pola a San Pedro de Luna; el camino vecinal de Folledo a Buiza; el de Los Barrios de Gordón a La Pola de Gordón; el de Llomberas a Huergas; el que partiendo del pueblo de Layid va al Ayuntamiento de Vegacervera, y el que enlaza el puente de Buiza al camino de Aralla a Pobladura, si bien estos últimos están en construcción. 

Este Municipio suele ser colonia veraniega, reuniéndose en él durante el verano gran número de forasteros, tanto por su excelente clima en esta estación, como por su paisaje pintoresco, habiendo una sociedad de recreo en Pola y dos casinos en Santa Lucía titulados "Ordoño II", "La Amistad" y "Círculo recreativo", respectivamente. 

En Cabornera hay un manantial de aguas ferruginosas, a donde concurren gran número de personas; en Huergas, un Santuario llamado del Buen Suceso; en Buiza, otro que recibe el nombre de Nuestra Señora del Valle, y en Geras, otros dos denominados el "Santísimo Cristo de Geras" y el "Santísimo Cristo de los Remedios".


Los días 14 y 15 de septiembre, 27 y 28 de octubre y 27 y 28 de noviembre, tienen lugar ferias de ganado vacuno, cabrío, lanar, y de cerda en La Pola de Gordón, celebrándose, además, fiesta en este último pueblo, en el de Geras y en el de Llomberas el 14 de septiembre; el día del Corpus Christi, en Folledo, en Paradilla, en Beberino y en Villasimpliz; el 2 de octubre y el primer domingo de septiembre, en Huergas; el 8 del propio mes, en Vega; el 4 y 13 de diciembre, en Santa Lucía; el 29 de septiembre, en Ciñera; el 10 de agosto, en Lavid; el 15 del mismo mes, en Buiza y en Nocedo; el 16 de julio, en los Barrios;; el 15 de mayo, en Peredilla, y el 29 de agosto, en Cabornera. 

El viaje desde León hasta el pueblo cabeza de Ayuntamiento, puede hacerse en ferrocarril o por carretera, y desde él a los demás del Municipio, aparte de que a los de Santa Lucía y Ciñera puede irse en ferrocarril, todo el término puede recorrerse en automóvil, excepto al pequeño pueblo de Paradilla que se halla situado entre rocas, donde solamente a caballo o a pie se puede llegar. Los pueblos de Santa Lucía y La Pola de Gordón tienen farmacia, y este último un excelente local escuela, siendo deficientes los de los demás. Los de Vega, Santa Lucía, Ciñera, La Pola, Lavid, Villasimpliz, Buiza, Geras, Beberino, Los Barrios, Peredilla y Huergas, tienen alumbrad o eléctrico. Hay algo de caza de jabalí y de liebre. 




Gaceta del 17 Abril, —Ministerio de Fomento.—

Real orden disponiendo que se cumpla la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso administrativo
del Tribunal Supremo en el pleito promovido por D. Dionisio González Miranda contra la Real orden
del 21 de Octubre de 1925, sobre modificación del punto de partida de la mina «Presentación» en cuanto ella modificó o varió el de la mina «Carmonda»
ambas de la provincia de león.



(Boletín Oficial de la Provincia de Oviedo, Miércoles 18 de septiembre de 1929)

RELACIÓN de las Empresas productoras de carbón que, con arreglo a la disposición 9, adicional del Real decreto-ley número 1.377, de 6 de Agosto de 1927, son admitidas en el grupo B) del Régimen de la Economía del Carbón, establecida por dicha Real disposición:

84, D. Luis García Noriega, partícipe y arrendatario de las minas «Novia», «Morana» y otras.

85. D. Victoriano Gonzalez y Vega, arrendatario del grupo minero «Peñarrosa».

86. D. José Font y Miravall, arrendatario de 147 pertenencias de la concesión «Rosa».

87. D. Elviro Sopeña y Martinez, arrendatario de las minas «Silenciosas».

88. D. Marcelino Fernandez y Roces, arrendatario en la mina «Las Viescas».

89. D. Alfonso Peña y Vea-Murguía, subarrendatario de las minas «Carmonda»> y otras.


Administración Provincial (BOPL 27 de febrero de 1933)

GOBIERNO CIVIL DE LA PROVINCIA 

NEGOCIADO DE INDUSTRIA 

ELECTRICIDAD 

NOTA-ANUNCIO Don José Labayen Abián, en representación de la Sociedad anónima «León Industrial», domiciliada en León, solicita autorización para ampliar las redes de transporte de energía eléctrica de que es concesionaria, con otra, que con un desarrollo de 13.000 metros; permita transportar la energía eléctrica a una tensión de 22.000 voltios, desde la central térmica, que en Santa Lucía, tiene la sociedad hullera Vasco-Leonesa, a la misma «Carmonda» y empalmar en ella con la línea que actualmente va desde la central de Lugan. 

La línea que se proyecta, parte de la central de Santa Lucía y sigue camino llano «Valle de los Casetones», llegando al valle «Mediana» al cual cruza, así como el arroyo «Valcayo». 

Cruza el camino a Serrilla; la línea a 22,000 voltios propiedad de la sociedad Electricista, que sirve en León, el camino de la Vega, el río Torio, la carretera de León a Collanzo en el kilómetro 30.150, el ferrocarril particular de la mina «AngloHispana» y la línea de 22.000 voltios que sirve a dicha mina.

Por el valle de Valdesalinas, asciende y cruza el plano-ferrocarril del pozo «Socavón», el camino de Valdesalinas, la línea de 22.000 voltios de la mina «Carmonda», propiedad de la sociedad Eléctricista y León Industrial, el camino de La Valcueva a la misma «Carmonda», la línea de 3.000 voltios para el cargadero de ésta mina, el ferrocarril particular que la une con el apartadero del F. C. de La Robla. 

Para acoplar la línea que se solicita con la central de Vegacervera, se proyecta construir una derivación de 3.000 metros e iguales características que la principal, desde el punto 10,750 del plano, hasta la citada central. El trazado de ésta línea se desarrolla por la margen izquierda del río Torio, paralela a la actual línea de la sociedad Eléctricista y León Industrial que sirve a las minas, «AngloHispana» y «Carmonda» y a varios pueblos. 

La instalación afecta a terrenos de dominio público, comunales y particulares, cuya lista se acompaña, y cuyos dueños, residen en León, Santa Lucía y Matallana, sobre los cuales solicita el peticionario imposición de servidumbre forzosa de paso de de corriente eléctrica. 

Lo que se hace público para que las personas, o entidades que lo deseen, puedan presentar las reclamaciones que tengan por conveniente, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL, en las Alcaldías de Pola de Gordón, Matallana y León, o ante ésta Jefatura de Industria (Avenida del Padre Isla, 2) advirtiendo que el proyecto estará de manifiesto en ésta última , en los días y horas hábiles de oficina. 

León, 21 de Febrero de 1933. El Gobernador civil, Francisco Valdés Casas 

RELACIÓN DE LOS DUEÑOS DE LOS PREDIOS ATRAVESADOS 

Término municipal de La Pola de Gordón 

Terreno comunal. 

Narciso González. 

Santiago Lombas. 

Conrado Rodríguez. 

Anastasio Arias. 

Manuel Diez. 

Herederos de Ramiro García. 

Idem de Lorenzo García. 

Juan Antonio García. 

Gabriel García. 

Generosa García. 

Puerto de Arriba. 

Gregorio Gómez. 

José Suárez. 

Nicomedes Lera. 

Manuel Diez. 

Herederos de Juan Rodríguez. 

Anastasio Arias. 

José Suárez. 

Antonio de Lera. 

Manuel Arias. 

Daniel García. 

Conrado Rodríguez. 

Herederos de Domingo García. 

Término municipal de Matallana 

Monte de Orzonaga y Coladilla. 

Monte de Orzonaga. 

Pantaleón González. 

Guadalupe de Miranda. 

Santiago Pascual. 

Alonso Burgos. 

Celestino Viñuela. 

Hermenegildo Sánchez. 

Manuel García Diez. 

Victorino García. 

Antonio Robles. 

Carolina García. 

Marcelino Diez. 

Servando García. 

Manuel Díez. 

Manuel González. 

Alonso Gutiérrez. 

Froilán Miranda. 

Balbino Gutiérrez. 

Laureano López. 

Lorenzo López. 

Terreno comunal, 

Pedro García. 

Manuel García. 

Daniel Gutiérrez. 

Manuel García. 

Pedro García. 

Francisco Robles. 

Francisco Gutiérrez. 

Terreno comunal. 

Victoriana García. 

Francisco Gutiérrez. 

Pedro García. 

Lorenzo Tascón. 

Trinidad Diez. 

Claudio Gracia. 

Guadalupe Miranda. 

Baltasara Diez. 

María Gutiérrez. 

Amancio Diez. 

Froilán Miranda. 

Manuel García. 

Francisco Gutiérrez. 

Pedro García, 

Hermenegildo Sánchez. 

Pantaleón González. 

Herederos de Esteban Gutiérrez. 

Pantaleón González. 

Lorenzo Tascón. 

Emilio Diez, 

Camino de Serrilla. 

Manuel Burgos. 

Pedro García. 

Froilán Miranda. 

Pantaleón González. 

Antonia Robles. 

Pedro Brugos. 

Francisco Robles. 

Pedro Brugos. 

Antonia Robles. 

Rosaura Diez. 

Herederos de Manuel Burgos. 

Idem de Victoriano Diez. 

Fernándo Morán. 

Hermenegildo Sánchez. 

Aquilina Lanero. 

Pedro Gracia. 

Amancio Diez. 

Lucia Diez. 

Rio Torio. 

Ricardo Tascón. 

Carretera de León a Collanzo kilómetro 30,150. 

F. C. minero «Anglo-Hispana». 

Terreno comunal. 

María Antonia Alonso. 

Francisco Alonso.. 

Fernanda Viñuela. 

Herederos de Teresa Sierra. 

Isidoro Rodríguez. 

Antonio Gutiérrez. 

Aquilino Alonso. 

Gregoría Canseco. 

Isabel Canseco. 

Secundino Lanza. 

Compañía Anglo-Hispana. 

Alfonso Alonso. 

Gregoría Canseco. 

Herederos de Manuel Brugos. 

Fernando Viñuela. 

Herederos de Félix Lanza, 

Benita Tascón. 

Apolinar Rodríguez. 

Ambrosio Brugos, 

Terreno comunal. 

Plácido Cordón. 

Indalecia González. 

Emilia Brugos. 

Herminio Roldán, 

Plácido Cordón. 

Antonio Rodríguez, 

Herederos de Segundo Burgos. 

Alfonso Burgos. 

Indalecia González. 

Prudencio Blanco. 

Miguel Blanco. 

Juan Diez. 

Florencio Blanco. 

Terreno comunal. 

Terreno de la mina «Carmonda». 

Línea de la sociedad «Electricista de León.  


Vuelta al trabajo de huelguistas (La mañana, Miércoles 13 de septiembre de 1933)

En la mina de «La Carmonda» término de Matallana, han reanudado el trabajo setenta y seis obreros de la C.N.T., que estaban en huelga con los de la U. G. T. porque no se les da sesenta céntimos por tonelada para la vejez.


La Intervención en los sucesos revolucionarios de dos detenidos en esta provincia (Heraldo de Zamora, Lunes 29 de octubre de 1934)

El pasado sábado dábamos cuenta de la detención de los sujetos José Garcia Vetegán y Bautista Isidro Robles Tascón, que en su huida desde la zona minera de León, fueron alcanzados en las proximidades de Castrogonzalo, por la benemérita del puesto de Villalpando.

La Guardia civil de Benavente, que también ha intervenido en el caso, amplia algunos detalles de la intervención de dichos individuos en los sucesos revolucionarios en la provincia de León, según declaraciones que se ha logrado arrancar de los detenidos. 

Ambos tomaron parte en el asalto a la casa-cuartel del puesto de Matallana (León) sosteniendo con la fuerza del mismo, durante dos horas, nutrido tiroteo, en la madrugada del seis, en cuyo tiroteo los revoltosos tuvieron un muerto. Al día siguiente volvieron a insistir, pero al conocer que la fuerza había salido con dirección a León asaltaron el cuartel y después volaron dos puentes con la dinamita que había en la mina “La Carmonda” donde trabajaban y que previamente habían asaltado también.

Igualmente tomaron parte en el saqueo de varios comercios, registrando todos los domicilios para apoderarse de las armas.

Los detenidos, como se ve, “ejemplares” revolucionarios han sido puestos a disposición de las autoridades militares. 


DOS DETENCIONES IMPORTANTES (Las Provincias, Martes 30 de Octubre de 1934) 

Zamora.—En el pueblo de Castrogonzalo la Benemérita ha detenido a José Garcia de Begón y a Bautista Robles Tascón, que declararon haber participado en el asalto al cuartel del pueblo de Matallana (León), sosteniendo con las fuerzas nutrido tiroteo durante dos horas, causándoles un muerto.

Agregaron en su declaración que volaron dos puentes con dinamita y asaltaron y robaron la mina "La Carmonda”, donde trabajaban, y también robaron y asaltaron varios comercios, apoderándose de efectos y armas. 

Han quedado a disposición de la autoridad militar.


Importantes detenciones (El Adelanto, Miércoles 31 de octubre de 1934 )

En el pueblo de Castrogonzalo, la Guardia civil del puesto de Benavente detuvo, el día 26 último, a dos individuos, que resultaron ser dos complicados en los sucesos de Asturias, llamados José García Bedigón y Bautista Robles Tascón. los cuates fueron trasladados a Benavente.

Sometidos a interrogatorio, manifestaron que el día 6 último tomaron parte en el asalto a la casa-cuartel de la Guardia civil del pueblo de Matallana (León), sosteniendo con las fuerzas nutrido fuego durante dos horas, resultando muerto un rebelde.

Al día siguiente, noticiosos de que la fuerza había salido para León, repitieron el asalto, volando a continuación dos puentes con dinamita. 

También manifestaron que, previo asalto, robaron la mina titudada “La Carmonda”, en la que 'trabajaban, y que también habían tomado parte en el saqueo de los comercios, registrando domicilios y apoderándose de cuantas armas hallaban.

Dichos detenidos han quedado a disposición de la autoridad militar.


BOPL, 30 de abril de 1935

Nombres de los deudores D. Venancio Linaza y D. José María Garteiz, el 40 por 100 de una mina de hulla llamada Valenciana, de 30 pertenencias sita en el término de la Valcueva, del Ayuntamiento de Matallana, que linda: al Norte, con la mina Bilbaína; al Este, con sus minas Offida y Casualidad, Sur, terreno común del valle de la Viesca; y Oeste, con las minas Julia y Pepita; valor para la subasta, 11.487 pesetas con 69 céntimos más los gastos que se hagan de Juzgado para la subasta y de escritura si la exige el comprador. 


MINAS (BOPL 13 de septiembre de 1935)

ANUNCIOS

Se hace saber que el excelentísimo Sr. Gobernador civil de la provincia ha declarado cancelado el expediente dé la mina de hulla nombrada «Segunda Pilar», núm . 8.656, sita en término municipal de Matallana, y de la que es propietario la Compañía Minera Anglo Hispana, por superponerse a las minas «Carmonda», sin número; «Pilar», núm. 2.069; «Milagro de Guadalupe», núm. 1.617, y «Mercedes», núm. 2.143, y no existir terreno franco para una mina, según determina el caso 2.° del artículo 93 del Reglamento general para el régimen de la Minería de 16 de Junio de 1905.


Confederación Hidrográfica del Duero (BOPL 3 de noviembre de 1953)  

CONCESIÓN DE AGUAS PÚBLICAS 

Habiéndose formulado la petición que se reseña en la siguiente NOTA 

Nombre del peticionario: D, Antonio Viñuela López, con residencia en La Vid (León). 

Clase de aprovechamiento: Recogida de residuos carbonosos, procedentes de las minas «Carmonda». 

Corriente de donde ha de derivarse: Arroyo de las Regueras. 

Términos municipales en que radicarán las obras: Matallana de Torio, en Palazuelo de Torio (León), 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto Ley de 7 de Enero de 1927, modificado por el de 27 de Marzo de 1931 y disposiciones posteriores concordantes, se abre un plazo, que terminará á las trece horas del día en que se cumplan treinta naturales y consecutivos desde la fecha siguiente, inclusive, a la de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Durante este plazo, y en horas hábiles de oficina, deberá el peticionario presentar en las oficinas de esta Confederación, sitas en la calle de Muro, 5, Valladolid, el proyecto correspondiente á las obras que trata de ejecutar. También se admitirán en dichas oficinas y en los referidos plazo y hora, otros proyectos que tengan el mismo objeto que la petición que se anuncia o sean incompatibles con él. Transcurrido el plazo fijado no se admitirá ninguno más en competencia con los presentados. 

La apertura de proyectos, a que se refiere el artículo 13 del R. D. Ley antes citado, se verificará a las trece horas del primer día laborable siguiente al de terminación del plazo de treinta días antes fijado, pudiendo asistir al acto todos los peticionaríos y levantándose de ello el acta que prescribe dicho artículo, que será suscrita por los mismos, Valladolid, 26 de Octubre de 1953. El Ingeniero Director Adjunto, Lucrecio Ruiz-Valdepeñas, 3550 Núm. 1158.-92,40 ptas.  

DIPUTACIÓN PROVINCIAL (BOPL 8 de marzo de 1939) 

COMISIÓN GESTORA ARBITRIOS CUOTAS 

Que por el arbitrio establecido por esta Diputación sobre producción de fuerza hidráulica se señala a los contribuyentes que a continuación se relacionan para que los interesados puedan interponer las reclamaciones que crean oportunas en el plazo de un mes, a partir de la publicación en este periódico oficial.

NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE, Pueblo Ayuntamiento, CUOTA Pesetas Cts

...

Clementina Rodríguez- La Vecilla- La Vecilla- 27,75

Felipe Zapico- Sopeña- La Vecilla- 4,62

Scdad. Industrial S, Antonio- Valdecastillo- Boñar- 110,07

Micaela Acebedo- Boñar- Boñar- 9,25

Hijos de Antonio Grandoso- Boñar- Boñar- 9,25

Vda. de Félix del Barrio- Boñar- Boñar- 103,60

Jesús García- Beberino- La Pola- 18,50

Robustiano Gutiérrez- Cabornera- La Pola- 77,70

Miguel Badiola- Pola- La Pola- 5,55

Vda. de Agustín Suárez- Pola- La Pola- 18,50

Hidroeléctrica Legionense S. A.- La Robla- La Robla- 98,68

Sociedad Electricista León S. A.- Villalfeide- Matallana- 135,55

Francisco Flórez- Serrilla- Matallana- 27,75

Hros. de Pedro González- Pardabé- Matallana- 9,25

Gabriel Barrio- Robles- Matallana- 9,25

Florentino Rodríguez- Barrio de Ntra. Señora- Santa Colomba de Curueño- 25,50

León Industrial S. A.- Ambasaguas- Santa Colomba de Curueño- 1.070,40

León Industrial S. A.- Lugan- Vegaquemada- 1.070,40

Ricardo González- Santa Colomba- Santa Colomba de Curueño- 9,25

Pedro Fernandez- Barrillos- Santa Colomba de Curueño- 9,25

Plácido Fernandez- La Mata- Santa Colomba de Curueño- 46,25

Aquilino Balbuena- Santa Colomba- Santa Colomba de Curueño- 9,25

Amador Ruiz Orejas- Cerulleda- Valdelugueros- 3,70

Gregorio González- Valdepiélago- Valdepiélago- 7,40

Nicolás González- Valdepiélago- Valdepiélago- 14,80

Hros. del Molino- Vegacervera- Vegacervera- 3,70

Casimiro Bayón- La Mata- Vegaquemada- 18,50

Colomán López- Vegaquemada- Vegaquemada- 9,25

Gertrudis Rodríguez- Palazuelo- Vegaquemada- 18,50

Domicia Rodríguez- Palazuelo- Vegaquemada- 37,00

Florentino Rodriguez- Lugan- Vegaquemada- 18,50

J. Crespo Hermano- La Pola- La Pola- 59,30

...


BOPL, 17 de octubre de 1945

Juzgado dé primera instancia de La Vecilla

Don Antonio Molleda Represa, Juez de primera instancia de la villa y partido de La Vecilla.

A medio del presente hago saber:

Que con indicado carácter entiendo en expediente a solicitud de D. Dionisio González Miranda, mayor de edad, casado, industrial y vecino de León, representado por el Procurador D. Florencio García Miguel, para justificar al amparo de la Ley de 30 de Diciembre de 1944, su dominio sobre la participación de mina siguiente; 

Sesenta por ciento de la concesión minera titulada «Valenciana», sita en el paraje denominado de La Viesca, en el término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, sin numero de expediente, de hulla, de dos pertenencias antiguas, equivalentes a 25,1545 modernas, o sean 25 hectáreas, 15 áreas y 45 centiáreas, igual a 251.544 metros y 87 decímetros cuadrados, linda: al Norte con la mina La Bilbaína; al Sur, con la mina Tomasito; al Este, con las minas Offida y Casualidad y al Oeste, con terreno, franco y con la concesión Pepita, con las instalaciones, obras de fábrica en el cargadero con el apartadero del Ferrocarril de La Robla a Bilbao, para el servicio de la referida mina, con todos sus derechos y servidumbres, incluso la báscula, puente para pasar vagones, casetas edificios, almacenes, lavadero, materiales deteriorados, terrenos y servidumbres de servicio anejo a dicha mina.

Don Dionisio González Miranda, adquirió dicho sesenta por ciento de reseñada mina a virtud de compra según escritura pública otorgada el 19 de Noviembre de 1930, por el Sr. Juez de Primera instancia de León, en nombre y rebeldía de don Venancio Linaza Heave.

No aparece conocidamente gravada con carga alguna y se halla inscrita en el Registro de la propiedad de este partido, a favor de D. Sebastián López de Lerena y Salcedo, mayor de edad, casado, propietario, Abogado y vecino de Bilbao, según consta en certificado expedido por dicho Registro, con fecha 12 de Setiembre de 1945.

Y por providencia de hoy dispuse dar traslado a la persona de que procede indicada participación, a los que se consideren con algún derecho real sobre la misma, y convocar a las ignoradas personas a quienes pueda afectar y perjudicar la inscripción de dominio pretendida, para que dentro de diez días comparezcan en este Juzgado a alegar cuanto juzguen pertinente a derecho, bajo los apercibimientos consiguientes.

Dado en La Vecilla, a nueve de Otubre de mil novecientos cuarenta y cinco, — Antonio Molleda, — El 

Secretario, Mariano Velasco.


Gobierno Civil de la Provincia de León (BOPL 17 de agosto de 1951) 

Relación de las licencias de uso de armas de caza y galgo expedidas por: este Gobierno durante el mes de Julio de l951, que se publica en este periódico oficial con arreglo a lo dispuesto en el articulo 6.° del Reglamento de 3 de Julio de 1903. (Conclusión)

...

745 Ricardo Blanco Brugos, de Matallana de Torio, 4.ª, 28 de Julio.

...


Delegación de Hacienda de la Provincia de León   (BOPL 6 de julio de 1954) 

INTERVENCIÓN  

ANUNCIO 

Habiendo sufrido extravío el resguardo del Depósito número 120 de entrada y 12.154 de registro, de dos mil pesetas, constituido por D. Ricardo Blanco Brugos él día 24 de Marzo de 1951, se previene a la persona en cuyo poder se halle lo presente en la Delegación de Hacienda de León, Intervención, quedando dicho resguardo sin valor ni efecto alguno transcurridos que sean dos meses desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 36 del Reglamento de 19 de Noviembre de 1929. 

León, 23 de Junio de 1954.-El Delegado de Hacienda, José de Juan y Lago. 

3065 Núm. 701 —63,25 ptas


Juzgado de 1.ª Instancia número dos de León  (BOPL 6 de septiembre de 1954) 

Don Emilio Villa Pastur, Magistrado Juez de l,ª instancia número dos de León y su partido. 

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y por Secretaría del que refrenda, se siguen autos de juicio ejecutivo instados por D. Agustín García González, contra D. José Llamera Robles, con el número 68 de 1954, en los que se ha dictado sentencia de remate que contiene el encabezamiento y parte dispositiva que dicen así: 

Sentencia,—En la ciudad de León a veinticuatro de Mayo de mil novecientos cincuenta y cuatro 

Vistos por el Sr. D. Emilio Villa Pastur, Magistrado Juez de 1.ª instancia número dos de esta capital y su partido los presentes autos de juicio ejecutivo seguidos ante este Juzgado por D. Agustín García González, mayor de edad, casado y vecino de La Valcueva, representado por el Procurador D. Santiago Berjón Millán y dirigido por el Letrado D. Enrique Muñoz contra D. José Llamera Robles, mayor de edad, casado, minero y vecino de Matallana de Torio, el que ha sido declarado en rebeldía por su incomparecencia, sobre reclamación de trece mil pesetas de principal, intereses, gastos y costas, y 

Fallo: Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante hasta hacer trance y remate de los bienes embargados en este procedimiento como de la propiedad del ejecutado D, José Llamera Robles y con su producto pago total al ejecutante D. Agustín García González de las trece mil pesetas de principal, intereses de esta suma a razón del cuatro por ciento anual desde la fecha del protesto y a las costas causadas y que se causen a cuyo pago condeno expresamente al referido, ejecutado, a quien por su rebeldía se le notificará personalmente esta sentencia si así se solicitare por el ejecutante, y en otro caso, cúmplase lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento civil.

—Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

— Emilio Villa.—Rubricado.» 

Dicha sentencia fué publicada en el mismo día de su fecha y para en cumplimiento de lo acordado y publicar en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia y tablón del Juzgado, para que sirva de notificación en forma al referido demandado D. José Llamera Robles que se halla rebelde, expido el presente en León a veintiocho de Agostó de mil novecientos cincuenta y cuatro.

—Emilio Villa.- Él Secretario, Francisco Martínez. 3760 ,• Núm. 919. 192,50 ptas. 


Confederación Hidrográfica del Duero (BOPL 6 de abril de 1955) 

Don Antonio Viñuela López, mayor de edad, con vecindad en La Vid (León), solicita del Iltmo. Sr. Ingeniero Director de la Confederación Hidrográfica del Duero la concesión de un aprovechamiento de aguas, con las del arroyo de las Reguera, en término municipal de Matallana de Torio (León), con destino a la recogida de residuos de carbones procedentes de la Mina Carmonda; así como la ocupación de los terrenos de dominio público necesarios para la ejecución de las obras. 

Información pública 

Las obras comprendidas en el Proyecto, son las siguientes: OBRAS: Se proyecta la construcción de dos grupos de balsas, situadas entre el Ferrocarril de La Robla Bilbao y la carretera de Matallana de Torío a La Vecilla, para la entrada del agua en las balsas y prevé un canalillo, y una vez sedimentada él agua se devuelve al río por otro canalillo análogo; 

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que preceptúa el artículo 16 del R. D,-Ley de 7 de Enero de 1927, a fin de que en el plazo de treinta días naturales, a contar de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de León, puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes los que se consideren perjudicados con las obras reseñadas, ante ésta Confederación del Duero, Muro, 5, Valladolid, donde se encontrará expuesto, durante el mismo período de tiempo, el Proyecto, en horas de oficina, Valladolid, 2 de Marzo de 1955. — El Ingeniero Director, Antonio de Corral. 1091 Núm. 331.-125,40 ptas.


Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de León (BOPL 8 de junio 1955) 

Don Emilio Villa Pastur, Magistrado-Juez de 1.ª Instancia número dos de León y su partido. 

Hago saber: Que en los autos ejecutivos, seguidos en este Juzgado a instancia de don Agustín García González, vecino de Valcueva, contra don José Llamera Robles, vecino de Matallana de Torio, sobre reclamación de 13.000 pesetas de principal e intereses, gastos y costas, se ha acordado sacar a pública subasta por primera vez y término de veinte días, la siguiente finca: «Un solar en término de Robles, del Municipio de Matallana de Torio, en kilómetro 29 de la carretera de León a Collanzo, al sitio de Las Paseras, de dos heminas de cabida, linda: Norte. Benjamín Miranda; Sur, Sociedad Hullera Vasco - Leonesa; Este, Ferrocarril de dicha Sociedad, y Oeste, carretera de León a Collanzo.» Cuya subasta tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado el día cuatro de Julio próximo y hora de las once de su mañana, previniéndose a los licitadores: 

1. ° La referida finca sale a subasta en el precio de tasación, que es de dieciocho mil pesetas, 

2. ° No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de dicho avalúo, y todo postor habrá de consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento destinado al efecto, el 10 por 100 de referido tipo, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

3. ° El rematante no podrá exigir otros títulos que los aportados en autos, pudiéndose hacer dicha subasta a calidad de ceder a tercero, y 

4. ° Que las cargas o gravámenes preferentes si los hubiere, continuarán subsistentes, subrogándose en los mismos. 

Dado en León a veinticinco de Mayo de mil novecientos cincuenta y cinco.

—Emilio Villa.—El Secretario, Francisco Martínez. 2451 Núm , 656.-149,05 ptas. 


El 10 de marzo de 1955 Ricardo Tascón Brugos, de Matallana de Torío, compró un camión Ford con matrícula B-80339 a José Muñoz Saura de Murcia.


Juzgado de Primera Instancia número dos de León (BOPL 19 de enero de 1956)

Por la presente, se cita, llama y emplaza al autor o autores del robo de varios cojinetes de vagones de mina, del coto denominado «Carmonda» del término de La Valcueva, hecho ocurrido en la noche del 28 al 29 de Diciembre pasado, para que en el término de diez días comparezcan ante esté Juzgado, para recibirles declaración, bajo los consiguientes apercibimientos. Así está acordado en sumario núm, 1 de 1956 por robo. La Vecilla, 9 de Enero de 1956.— El Secretario Judicial, J. Franco. 126


Juzgado de Primera Instancia número uno de León (BOPL 2 de febrero de 1956)

Don Félix Barros Novoa, Magistrado Juez de l,a Instancia núm. uno de León y por jurisdicción prorrogada encargado del núm. dos dé la misma capital. Hago saber: 

Que en dicho Juzgado se tramitan autos de juicio ejecutivo, instados por D. Nicanor Rodríguez Diez, contra D. José Llamera Robles, ambos vecinos de Matallana, en los que por providencia de esta fecha he acordado sacar a pública subasta por primera vez, término de ocho días y precio dé su valoración el siguiente bien embargado al ejecutado: 

«Un camión marca 3HC. matrículá M-105,754, valorado en cuarenta mil pesetas». 

Para la celebración de dicha subasta que tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado se ha señalado el día dieciséis de Febrero próximo a las once dé la mañana, saliendo a subasta dicho vehículo por el precio de su valoración, previniéndose a los licitadores que para tomar parte, en la misma habrán de consignar previamente en la mesa del Juzgado el 10 por 100 de referido tipo, no admitiéndose posturas que no cubran las dos terceras partes de su avalúo, pudiéndose hacer a subasta a calidad de ceder a tercero. Dado en León a veinticinco de Enero de mil novecientos cincuenta y seis,—Félix Barros.—El Secretario, Francisco Martínez. 377 Núm. 107.—110,00 ptas. 


Por la presente se cita, llama y emplaza al autor o autores del hurto de varios trozos de hilo de cobre de la sala dé máquinas del coto minero «Carmonda», hecho ocurrido en la noche del 18 de Diciembre pasado, a fin dé que en el término de diez días comparezcan ante este Juzgado, para, recibirles declaración, bajo los consiguientes apercibimientos. Así está acordado en sumario número 8 de 1956, por hurto. La Vecilla, 27 de Enero de 1956.— El Secretario judicial,(ilegible). 466


DISTRITO MINERO DE LEÓN  (BOPL 14 de marzo de 1956)

Líneas Eléctricas 

ANUNCIO Don Joaquín Blanco García, explotador del coto minero denominado «Carmonda», solicita autorización para construir una línea eléctrica para las necesidades de dicho coto minero. Tendrá, dicha línea eléctrica una longitud de 1.500 metros y su empalme con la línea general de León Industrial, S A., se hará en el poste más próximo a la caseta de transformación existente en la plaza de servicio situada al arroyo de Regueras. Dicha línea irá a la tensión de 3.000 voltios, desde dicha parte hasta la caseta de transformación que se construirá en el valle de La Viesca, Atravesará terrenos de dominio público y alguna tierra propiedad de particulares. Lo que se pone en conocimiento del público, para que los que se crean perjudicados, puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas, en el plazo de 30 días, estando en este tiempo el proyecto a la vista del público en la Jefatura de Minas de León, León, 7 de Marzo de 1956.—El Ingeniero Jefe, J. Silvariño. 1158 Núm. 268.-93,50 ptas


Delegación de Industria de León (BOPL 22 de mayo de 1956)

Visto el expediente incoado en esta Delegación de Industria a instancia de Joaquín Blanco García, domiciliado en León, Ordoño II, 9, 4.°, en solicitud de autorización para la construcción de un centro de transformación de 200 KVA. 3.000/220 V., y línea para la electrificación de la mina «Coto Carmonda» situada en término de Palazuelo y La Valcueva, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en las disposiciones vigentes: 

Esta Delegación de Industria ha resuelto: Autorizar a D. Joaquín Blanco García la construcción del centro de transformación y línea solicitados. Esta autorización se otorga dé acuerdo con la Ley de 24 de Noviembre de 1939, con las condiciones generales fijadas en la Norma 11 de la Orden Ministerial de 12 de Septiembre del mismo año, y las especiales siguientes: 

1. a El plazo de puesta en marcha será de un mes contado a partir de la fecha de notificación al interesado. 

2. a La instalación de referencia, se ejecutará de acuerdo con las características generales consignadas en el proyecto que ha servido de base a la tramitación del expediente. 

3. a Queda autorizada la utilización de la tensión nominal de 3.000 voltios en atención a que la  instalación proyectada ha de conectarse con «León Industrial» en funcionamiento a esta tensión. 

4. a Esta Delegación de Industria efectuará durante las obras dé instalación y una vez terminadas éstas, las comprobaciones necesarias por lo que afecta al cumplimiento de las condiciones reglamentarias de los servicios de electricidad y asimismo el de las condiciones especiales de esta resolución y en relación con la seguridad pública, en la forma especificada en las disposiciones vigentes. 

5. a El peticionario dará cuenta a esta Delegación de la terminación de las obras, para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de autorización de funcionamiento, en la que se hará constar el cumplimiento por parte de aquél, de las condiciones especiales y demás disposiciones legales, quedando con posterioridad obligado a solicitar de la Delegación Técnica de Restricciones de la Zona, la prestación del servicio, acompañando a la solicitud: una copia del acta mencionada. La autorización del suministro se concederá o no, de acuerdo con las disponibilidades de energía del momento. 

6. a Los elementos de la instalación proyectada serán de procedencia nacional. 

7. a La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento en que se compruebe el incumplimiento de las condiciones impuestas o por inexactas declaraciones en los datos que deben figurar en los documentos a que se refieren las normas 2.a y 5.a de la Orden Ministerial de 12 de Septiembre de 1939 y preceptos establecidos en la del 23 de Febrero de 1949. 

León, 28 de Abril de 1956.-El Ingeniero Jefe accidental, Luis Tapia Nogués. 1960 Núm. 532.-242,00 ptas.


Confederación Hidrográfica del Duero (BOPL 15 de abril de 1957) 

CONCESIÓN DE AGUAS PUBLICAS 

Habiéndose formulado la petición que se reseña en la siguiente NOTA 

Nombre del peticionario: D.ª Milagros de Castro Rodríguez, vecina de León, calle de Ramiro Balbuena, 9. 

Clase de aprovechamiento: Obtención de residuos carbonosos. 

Cantidad de agua que se pide: 50,00 litros por segundo. 

Corriente de donde ha de derivarse: Arroyo Carmonda. 

Términos municipales en que radicarán las obras: Matallana de Torio (León).  

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del R. Decreto Ley de 7 de Enero de 1927, modificado por el de 27 de Marzo de 1931 y disposiciones posteriores concordantes, se abre un plazo, que terminará a las trece horas del día en que se cumplan treinta naturales y consecutivos desde la fecha siguiente, inclusive, a la de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Durante este plazo, y en horas hábiles de oficina, deberá el peticionario presentar en las oficinas de esta Confederación, sitas en la calle de Muro, 5, Valladolid, el proyecto correspondiente a las obras que trata de ejecutar. 

También se admitirán en dichas oficinas y en los referidos plazos y horas, otros proyectos que tengan el mismo objeto que la petición que se anuncia o sean incompatibles con él. Transcurrido el plazo fijado no se admitirá ninguno más en competencia con los presentados. La apertura de proyectos a que se refiere el artículo 13 del R. D. Ley antes citado, se verificará a las trece horas del primer día laborable siguiente al de terminación del plazo de treinta días antes fijado, pudiendo asistir al acto todos los peticionarios y levantándose de ello el acta que prescribe dicho artículo, que será suscrita por los mismos. Valladolid, 8 de Abril de 1957 - El Ingeniero Director, Benito Jiménez Aparicio, 1669 

Núm. 452-159.50 ptas.


Confederación Hidrográfica del Duero (BOPL 23 de julio de 1957) 

ANUNCIO 

Doña Milagros de Castro Rodríguez, vecina de León, Ramiro Valbuena, núm. 9. solicita del Ilmo, señor Ingeniero Director de la Confederación Hidrográfica del Duero, la concesión, en su día, de un aprovechamiento de aguas de 50,00 litros, con las del arroyo Carmonda, en término municipal de Matallana de Torio (León), con destino a la obtención de residuos carbonosos, asi como la ocupación de los terrenos de dominio público necesarios para la ejecución de las obras. 

INFORMACIÓN PUBLICA 

Las obras que comprende el proyecto, son: 

Toma: El agua por medio de un canalito se la conduce a las Balsas de 5,00 por 5,00 metros, pasando aquí a otras Balsas laberíticas de 10,00 por 10,00 metros, haciendo que el agua tenga un gran recorrido en ellas, lo que se consigue por una serie de tabiques de ladrillo. Una vez que ha sedimentado el agua se devuelve al arroyo. 

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el R. D. Ley de 7 de Enero de 1927, en su artículo 16, a fin de que en el plazo de treinta días naturales, contado a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de León, puedan formular las reclamaciones que estimen pertinentes, ante confederación Hidrográfica del Duero, los que se consideren perjudicados con las obras reseñadas, hallándose expuesto el Proyecto para su examen, en el Negociado de Concesiones del mentado Organismo, Muro 5 en Valladolid, lo que habrán de ejecutar en horas hábiles de despacho; haciéndose constar que no tendrán fuerza ni valor alguno los escritos-reclamación que se presenten fuera de plazo o no figuren reintegrados conforme la Ley del Timbre en vigencia, Valladolid, 6 de Julio de 1957.- El Ingeniero Director, Benito Jiménez Aparicio. 2891 Núm. 826.—147.00 ptas


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 14 de agosto de 1959)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo número 180/1959, seguidas contra la Mina Coto Carmonda, vecino de León,para hacer efectiva la cantidad de 10.364,17 pesetas, por el concepto de Primas de Accidentes, he acordado sacar a pública subasta por término de ocho días y condiciones que se expresan, los bienes siguientes: 

1.° Quince vagonetas de mina con caja de madera y rodamientos de hierro, valoradas en 22.500 pesetas. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día veintiséis de Agosto, y hora de las doce de la mañana, advirtiéndose: 

1. º Que para tomar parte en la subasta los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el 10 por 100 del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

2. ° Que no se admitirán posturas que no cubran, cuando menos, el cincuenta por ciento de su tasación. 

3. ° Que en caso de no haber ningún postor que ofrezca él cincuenta por ciento de la tasación, como mínimo, los bienes podrán ser adjudicados al Organismo ejecutante por el importe de dicho tipo. 

4. ° Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero. 

Lo que se hace público para general conocimiento, en León, a seis de Agosto de mil novecientos cincuenta y nueve. — Francisco José Salamanca Martín. — El Secretario, J. Luera,—Rubricados. 2957 Núm. 945.-115,50 ptas.


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 25 de septiembre de 1959)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo número 433, 577 y 580 de 1959, seguidas contra Mina Margarita y Segunda, vecino de La Valcueva para hacer efectiva la cantidad de 35.130,57 pesetas, por el concepto de Enfermedades profesionales, he acordado sacar a pública subasta por término de ocho días y condiciones que se expresan, los bienes siguientes: 

1. ° Cinco mil seiscientos kilogramos de carril para mina de siete kilos el metro lineal, instalado en la mina o capa «Margarita», de la mina «Carmonda», valorado en 60.000 pesetas. 

2. ° Dos vagonetas de hierro valoradas en 6.000 pesetas. 

3. ° Una vagoneta con caja de madera y rodamiento de hierro, valorada en la cantidad de 3.000 pesetas.

4. ° Un cabrestante de mano con 100 metros de cable, valorado en la cantidad de 5.200 pesetas. . , 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día diez de Octubre y hora de las doce de la mañana, advirtiéndose: 

1. ° Que para tomar parte en la subasta los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el 10 por 100 del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

2. ° Que no se admitirán posturas que no cubran, cuando menos, el cincuenta por ciento de la tasación.. 

3. ° Que en caso de no haber ningún postor que ofrezca el cincuenta por ciento de la tasación, como mínimo, los bienes podrán ser adjudicados al Organismo ejecutante por el importe de dicho tipo. 

4. ° Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero 

Lo que se hace público para general conocimiento, en León, a veintiuno de Septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.-Francisco José Salamanca Martín. —El Secretario, J . Luera . —Rubricados. 3645 Núm. 1098 —147,00 ptas.


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 8 de febrero de 1960)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo núm. 570 y 660,59, seguidas contra mina «Coto Carmonda», vecino de Robles de Torio, para hacer efectiva la cantidad de 33.408,94 pesetas, por el concepto de Seguros Sociales, he acordado sacar a pública subasta por término de ocho días y condiciones que se expresan, los bienes siguientes: 

Dos mil kilos de carril de siete kílos metro. Valorado en 40,000 pesetas. 

Doscientas toneladas de carbón todo uno, existentes en la plaza de la mina «Coto Carmonda». Valorado en 60 000 pesetas. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día veinte de Febrero y hora de las once de la mañana, advirtiéndose: 

1. ° Que para tomar parte en la subasta los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el 10 por 100 del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

2. ° Que no se admitirán posturas que no cubran, cuando menos, el cincuenta por ciento de la tasación,

 3 ° Que en caso de no haber ningún postor que ofrezca el cincuenta por ciento de la tasación, como mínimo, los bienes podrán ser adjudicados al Organismo ejecutante por el importe de dicho tipo. 

4.' Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero. 

Lo que se hace público para general conocimiento, en León, a dos de Febrero de mil novecientos sesenta. F . J . Salamanca Martín.—El Secretario, Mariano Tascón. —Rubricados. 445 Núm. 124. -123,40 ptas.  


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 23 de marzo de 1960)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber:- Que en las diligencias de apremio gubernativo número 570 y 660/59, seguidas contra mina Coto Carmonda - Maximino Rodríguez, vecino de León, para hacer efectiva la cantidad de pesetas 8.408,94 por el concepto seguros sociales, he acordado sacar a pública subasta, sin sujeción a tipo por término de ocho días, y condiciones que se expresan, los bienes siguientes: 

1. ° Dos mil kilos de carril de mina de siete kilos metros, valorados en 40.000 pesetas, 

2. ° Doscientas toneladas de carbón todo uno existente en la plaza de la mina «Coto Carmonda» , valorada en 60.000 pesetas. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día cuatro de Abril, y hora de las doce de la mañana, advirtiéndose:

1. °.—Que para tomar parte en la subasta los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el 10 por 100 del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

2. °.—Que el remate podrá hacerse en calidad de ceder a tercero.

Lo que se hace público para general conocimiento, en León a veintiuno de Marzo de mil novecientos sesenta.--F. J. Salamanca Martín.-  Secretario, Mariano Tascón. 1189

Núm. 315 105,00 Ptas.


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 27 de abril de 1960)

Don Francisco. José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de ejecución de sentencia que en esta Magistratura se siguen con el núm. 41 de 1959, a instancia de D. Oscar Alonso Alvarez, contra D. Maximino Rodríguez (Mina Carmonda), por el concepto de Seguro de Enfermedad, he acordado sacar a pública subasta por término de ocho días y condiciones que se expresan, los bienes siguientes: 

Trescientos metros de tubería de hierro de dos pulgadas, valorados en 7.500 pesetas. El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día diez de Mayo y hora de las doce de la mañana, advirtiéndose:

1. ° Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de su avalúo. , 

2. ° Que para tomar parte en la subasta los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el diez por ciento de de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

3. ° Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero. 

Lo que se hace público para general conocimiento, en León, a diecinueve de Abril de mil novecientos sesenta.—F. J . Salamanca Martín E l Secretario, Mariano Tascon. LEÓN Rubricados.- 1698

Núm. 496 .- 105,00 pesetas


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 13 de octubre de 1960)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. _

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo que en esta Magistratura se instruye con el número 375/60, contra D. Maximino Rodríguez Alonso, -por el concepto de cuotas de Seguros sociales, para hacer efectiva la Cantidad de pesetas 54.987,87, he acordado la venta en pública subasta los bienes que a continuación se expresan: 

Mil metros de tubería de hierro de dos pulgadas, instalados todos ellos en el interior y exterior de la mina «Carmonda», sita en La Valcueva, valorados en cincuenta mil pesetas. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala audiencia el día dieciocho de Octubre y hora de las doce de su mañana, y se advierte: 

Que se celebrará una sola subasta con dos licitaciones, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor si en la primera alcanza el 50 por 100 de la tasación y deposita en el acto el 20 por 100 de la adjudicación. 

Si en la primera licitación no hubiese postores que ofrezcan el 50 por 100 de la tasación como mínimo, el Magistrado, en el mismo acto, anunciará la inmediata apertura de la segunda licitación sin sujeción a tipo, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor, quien deberá en el acto depositar el 20 por 100 de la adjudicación. 

Lo que se hace público para general conocimiento. En León, a 4 de Octubre de 1960. Francisco José Salamanca.—El Secretario, Mariano Tascón.—Rubricados. 3853 Núm. 1259. -123.40 ptas


MAGISTRATURA DE TRABAJO DE LEÓN (BOPL 26 de abril de 1961)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo que en esta Magistratura se instruyen con el número 375/60 contra D. Maximino Rodríguez Alvarez, por el concepto de Seguros Sociales, para hacer efectiva la cantidad de 54.987,87 pesetas, he acordado la venta en pública subasta de los bienes que a continuación se expresan: 

1. ° Mil metros de tubería de hierro, de dos pulgadas, instalados en el interior y exterior de la mina «Carmonda», sita en La Valcueva, valorados en la cantidad de cincuenta mil pesetas. 

2, ° Un transformador con todos sus accesorios, emplazado en una caseta destinada a tal fin y próximo a la boca-mina conocida por «Coto Carmonda», sita en término de La Valcueva, valorado en la cantidad de treinta mil pesetas. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día nueve de Mayo próximo, y hora de las doce de su mañana, y se advierte: 

Que se celebrará una sola subasta con dos licitaciones, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor si en la primera alcanza el 50 por 100 de la tasación y deposita en el acto el 20 por 100 de la adjudicación. 

Si en la primera licitación no hubiese postores que ofrezcan el 50 por 100 de la tasación como mínimo, el Magistrado, en el mismo acto, anunciará la inmediata apertura de la segunda licitación sin sujeción atipo, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor, quien deberá en el acto depositar el 20 por 100 de la adjudicación.

Lo que se hace público para general conocimiento. En León, a 22 de Abril de 1961,-- F. J. Salamanca Martín.—El Secretario, Mariano Tascón.—Rubricados. 1739 Núm. 533,—139,15 ptas


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 14 de septiembre de 1961)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo que en esta Magistratura se instruyen con el número 375/60, contra D. Maximino Rodríguez Alonso, por el concepto, de Seguros Sociales, para hacer efectiva la cantidad de 54.987,87 pesetas, he acordado la venta en pública subasta de los bienes que a continuación se expresan:  

1, ° Mil metros de tubería de hierro, de dos pulgadas, instalados en el interior y exterior de la mina «Carmonda», sita en La Valcueva valorados en 50.000 pesetas. 

2, ° Un transformador con todos sus accesorios; emplazado en una caseta destinada a tal fin y próximo a la bocamina citada, valorado en 30.000 pesetas. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día veintisiete de Septiembre, y hora de las doce de su mañana, y se advierte: 

Que se celebrará una sola subasta con dos licitaciones, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor si en la primera alcanza el 50 por 100 de la tasación y deposita en el acto el 20 por 100 de la adjudicación. 

Si en la primera licitación no hubiese postores que ofrezcan el 50 por 100 de la tasación como mínimo, el Magistrado, en el mismo acto, anunciará la inmediata apertura de la segunda licitación sin sujeción a tipo, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor, quien deberá, en el acto depositar el 20 por 100 de la adjudicación. Ló que se hace público para general conocimiento. 

En León, a 9 de Septiembre de 1961.—F. J . Salamanca Martín.—El Secretario, Mariano Tascón.—Rubricados. 3717 Núm. 1262.-137,50 ptas. 


MAGISTRATURA DE TRABAJO DE LEÓN (BOPL 5 de diciembre de 1961)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia.

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo que en esta Magistratura se instruyen con el número 201,564 y 760 de 1961, contra D. Maximino Rodríguez Alonso, por el concepto de Seguros Sociales, Mutualidad y Primas, para hacer efectiva la cantidad de 29.086,40 pesetas,, he acordado la venta en pública subasta de los bienes que a continuación se expresan.

Quinientos metros de carril de mina de siete kilos el metro, existentes, en el interior y exterior de la mina «Carmonda», sita en la Valcueva. Valorado en 25.000 pesetas.

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día doce de diciembre y hora de las doce de su mañana y se advierte:

Que se celebrará una sola subasta con dos licitaciones, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor si en la primera alcanza el 50 por 100 de la tasación y deposita en el acto el 20 por 100 de la adjudicación.

Si en la primera licitación no hubiese postores que ofrezcan el 50 por 100 de ta tasación como mínimo, el Magistrado, en el mismo acto, anunciará la inmediata apertura de la segunda licitación sin sujeción a tipo,, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor, quien deberá en el acto depositar el 20 por 100 de la adjudicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En León, a 30 de Noviembre de 1961. — Francisco José Salamanca Martín.—El Secretaridt Mariano Tascón.—Rubricados.

5551 Núm. 1723.-120,75 ptas.


MAGISTRATURA DE TRABAJO DE LEÓN (BOPL 25 de mayo de 1962)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia,

Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo que en esta Magistratura se instruyen con el número 1.348 y 1 386 de 1961, contra D. Maximino Rodríguez Alonso y Mina Coto Carmonda, por el concepto de Primas Seguros E. Profesionales y Seguros Sociales, para hacer efectiva la cantidad de 37.545,20 pesetas, he acordado la venta en pública subasta de los bienes que a continuación se expresan:

Un transformador de doscientas cincuenta caveas, con una línea eléctrica trifásica de alta tensión, con cable de tres milímetros, con cincuenta postes y demás elementos, teniendo una extensión de dos kilómetros. Valorado todo ello en la cantidad de doscientas cincuenta mil pesetas (250.000 ptas.).

Se hace saber al rematante que para el levantamiento de los bienes, deberá solicitar previamente autorización de la Jefatura del Distrito Minero de León. 

El acto de remate tendrá lugar en esta Sala Audiencia el día cinco de Junio próximo y hora de las doce de su mañana y se advierte:

Que se celebrará una sola subasta con dos licitaciones, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor si en la primera alcanza el 50 por 100 de la tasación y depositan en el acto el 20 por 100 de la adjudicación.

Si en la primera licitación no hubiese postores que ofrezcan el 50 por 100 de la tasación como mínimo , el Magistrado, en el mismo acto, anunciar á la inmediata apertura de la segunda licitación sin sujeción a tipo, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor, quien deberá en el acto depositar el 20 por 100 dé la adjudicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En León, a 18 de Mayo de 1962.-

Francisco José Salamanca Martín.—

El Secretario, Mariano Tascón.—Rubricados.

2409 Núm. 882.-149,65 ptas.


Don Francisco-José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia.

Hago saber: Que en las diligencias de ejecución de sentencia que en esta Magistratura se siguen con el num, 7 de 1962 -autos núm. 861 de 1961 — a instancia de D. Damián David Gutiérrez López, contra don Maximino Rodríguez Alonso, por el concepto de salarios, he acordado sacar a pública subasta, por término de ocho días y condiciones que se expresarán, los bienes siguientes:

Cinco vagonetas de mina, con caja de madera y rodamientos de hierro, destinadas para la explotación de la mina «Carmonda», sita en La Valcueva. Valoradas en la cantidad de doce mil quinientas pesetas (12.500 pesetas).

Se hace saber al rematante que para el levantamiento de los bienes, deberá solicitar previamente autorización de la Jefatura del Distrito Minero de León.

El acto de remate tendrá lugar en ésta Sala Audiencia el día cinco de Junio próximo y hora de las doce quince de su mañana, advirtiéndosé:

1. ° Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de su avalúo.

2. ° Que para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el diez por ciento del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos.

3-° Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Lo que se hace público para general conocimiento, en León, a dieciocho de Mayo de mil novecientos sesenta y dos.—Francisco José Salamanca. — El Secretario, Mariano Tascón.—Rubricados.

2410 Núm. 883.-126,00 ptas.


Delegación de Hacienda de la Provincia de León   (BOPL 4 de julio de 1964) 

Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo Personal 

Juntas de Evaluación Global año de 1963 

COBRADORES DE GIROS 

En cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo de la Regla 9.ª de la Instrucción provisional del expresado Impuesto aprobada por Orden ministerial de 27 de enero de 1958, modificada por la de 22 de enero de 1959, los contribuyentes comprendidos en la Junta número 59, COBRADORES DE GIROS del año 1963, los cuales no han elegido Comisionados que les representen en dicha Junta, se pone, con tal motivo, en conocimiento de todos sus componentes que la elección de COMISIONADOS se efectuará mediante sorteo entre todos ellos en la Delegación de Hacienda —Sala de Juntas— el día diez de julio próximo, a las doce horas, pudiendo asistir a este acto los miembros de la Junta que así lo deseen. El sorteo tendrá lugar ante la Mesa constituida por el Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda, el Administrador de Rentas Públicas y el Secretario de la Junta. 

NOMBRES Y APELLIDOS, DOMICILIOS, SECCIÓN 1.ª 

...

Ricardo Blanco Brugos. Matallana. 

...


 LEÓN. (La Vanguardia 10 de septiembre de 1965)

— Falleció en accidente de trabajo en la mina «La Carmonda», término municipal de Matallana de Torío, José Antonio Espinosa García, de treinta y dos años, al producirse un desprendimiento de tierras.


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 30 de julio de 1966)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. 

Hago saber: Que en las diligencias de ejecución de lo convenido en acto de conciliación, que en esta Magistratura se siguen con el número 64 de 1966—Autos número 236 de 1966—, a instancia de D. Pedro Escudero García y otros, contra D. Ricardo Blanco Brugos, D. Florentino García Alvarez D. Agustín García González, «Coto Minero Antonia y Otras», domiciliados en Matallana de Torio, sobre reclamación por despido, para hacer efectiva la cantidad de 18.844,00 pesetas, en concepto de principal, y la de 6.000,00 pesetas presupuestada para costas y gastos, he acordado sacar a pública subasta, por primera vez, término de ocho días, y condiciones que se expresarán, los bienes siguientes: 

1. ° Un torno mecánico de dos metros entre puntos, marca «Jegui», con motor de dos H. P., marca «Egor», número 16.580, tasado pericialmente en la cantidad de 5.500,00 pesetas. 

2. ° Un taladro eléctrico con motor de uno H. P., sin número, tasado en 1.500,00 pesetas. 

3. ° Una soldadura eléctrica de siete C. V,, para soldar electrodos, de 5 mm,, tasada en 1.800,00 pesetas. 

4. ° Una soldadura autógena, marca «Gala», tasada en 1.700 00 pesetas. 

5. ° Dos bancos de madera con sus correspondientes tornillos de apriete, de unos 2,50 metros de largo, por 0,60 de ancho, tasados en la cantidad de L400,00 pesetas,

 6. ° Unos mil quinientos kilos de chatarra, compuesta de piezas de motores, tuercas, ballestas, etc., tasados en 2.600,00 pesetas. 

7. ° Una mesa de oficina con cinco cajones, de madera de chopo, de 1,20 por 0,80, tasada en 150,00 pesetas. 

8. ° Un mostrador con varios cajones y departamentos, de unos 3 metros de largo por 0,80 aproximadamente de ancho, tasado en 100,00 pesetas. 

9..° Doce correas de ventilador de automóviles, diferentes, tasadas en 200,00 pesetas. 

10. Herramientas de taller, compuestas por nueve limas distintas; dos alicates; un juego de llaves fijas de 6-7 a 27 mm.; dos martillos de bola; diez brocas distintas para taladrar hierro, y un berbiquí de mano, tasadas en 400,00 pesetas. 

11. Unos ciento veinte tornillos nuevos, diferentes, tasados en 140,00 pesetas. 

12. Una estantería metálica con dos puertas y seis departamentos, tasada en 180,00 pesetas. 

13. Una estantería de madera con varios departamentos para la coloca- (ión de tornillería, de 3 metros de largo por 3 de alto, tasada en 280, pesetas. 

14. Dos mulas color negro, de unos siete años aproximadamente, una de ellas de 1,50 metros de alzada, y la otra de 1,40, tasadas en la cantidad de 5,940,00 pesetas. 

15. Un lavadero accionado por motor eléctrico, de uno H. P., tasado en 3.100,00 pesetas. 

16. Un Reter, también accionado por motor eléctrico, tasado en 3,500,00 pesetas. 

17. Una vertedera o tolva de madera para el cargue de camiones, de una capacidad de unas cien toneladas, tasada en 2.300,00 pesetas. 

18. Una mesa de oficina de cinco cajones, de madera de chopo, de 1,20 por 0,80, tasada en 280,00 pesetas. 

19. Una estufa de Butano, marca «Fagor», tasada en 620,00 pesetas. 

20. Dos botas de goma de caña alta, tasadas en ochenta pesetas. 

21. Seis paquetes de algodón hidrófilo, tasados en 100,00 pesetas. 

22. Una estantería con varios departamentos, de 2 metros de larga por 1,70 de alta, aproximadamente, tasada en 210,00 pesetas. 

23. Ciento cincuenta apeas de pino para mina, tasadas en 2,640,00 pesetas. 

24. Diecisiete barras de carril de mina, de 7 kilos el metro, tasadas en 1.320,00 pesetas. 

25. Diez tubos de dos pulgadas, de 5 metros de largo, tasados en 1.100,00 pesetas. 

26. Cuatro barrenas de perforación, tasadas en 1.020,00 pesetas. 

27. Cuatro chapas de dos metros de largo, por uno de ancho, de dos milímetros de grueso, tasadas en 710,00 pesetas. 

28. Una tela perforadora, tasada en 330,00 pesetas. , 

El acto del remate tendrá lugar en la Sala Audiencia de esta Magistratura el día once del próximo mes de agosto, a las 11,30 de su mañana, advirtiéndose: 

1. ° Que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de su avalúo. 

2. ° Que para tomar parte en la subasta los licitadores deberán depositar previamente en la mesa de esta Magistratura el 10 por 100 del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

3. ° Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero. 

Lo que se hace público para general conocimiento, en León, a veintiséis de julio de mil novecientos sesenta y seis.

—Francisco-José Salamanca.—El Secretario, P. H,, J. Luera.—Rubricado. 3112 Núm. 2329.—742,50 ptas.  


Magistratura de Trabajo de León (BOPL 14 de noviembre de 1966)

Don Francisco José Salamanca Martín, Magistrado de Trabajo de León y su provincia. Hago saber: Que en las diligencias de apremio gubernativo seguidas ante esta Magistratura con los números 1.264, 1.971 y 2.577 de 1962; y 285 y 890 de 1963, acumuladas, contra D. Ricardo Blanco Brugos, D. Florentino Alvarez Garcia y D. Agustín García González, industriales y vecinos de Matallana de Torío, que se subrogaron en las obligaciones de D. Maximino Rodríguez Alonso, vecino de León  «MINA COTO CARMONDA», sita en La Valcueva, Ayuntamiento de dicho pueblo de Matallana de Torio, por el concepto de cuotas de Seguridad social, para hacer efectiva la cantidad de 81.641,88 pesetas, en concepto de principal, con más las costas del procedimiento, he acordado la venta en pública subasta de los bienes que a continuación se expresan: 

1.° Un transformador de 250 C. V. , con una línea  de dos kilómetros, trifásica, de alta tensión, con todos sus elementos y aisladores, tasado pericialmente en la cantidad de 250.000,00 pesetas. 

2. ° Un transformador de 200 C. V., con una línea de alta tensión a 3.000 voltios, tasado en 80.000,00 pesetas. 

3. ° Siete mil kilos de carril de mina, de siete kilos el metro, tasados en 21.000,00 pesetas. 

4. ° Un compresor eléctrico, marca A . B. C , de 40 H . P., con su calderín y completa instalación, tasado en 29.500,00 pesetas. 

5. ° Doscientos metros de tubería de dos pulgadas, tasados en la cantidad de 4.800,00 pesetas. 

6. ° Mil metros de tubería de una pulgada, tasados en 30.000,00 pesetas. 

7. ° Veinte vagonetas de mina, con caja dé madera y rodamientos dé hierro, tasadas en 16.000,00 pesetas. 

8. ° Una máquina de extracción, sin motor, tasada en 3.100,00 pesetas. 

9. ° Una máquina completa de extracción, con motor eléctrico de 10 C. V. , núm . 227.717, marca A . S. E. A., tasada en 13.500,00 pesetas. 

10. Un compresor marca BETIC0, modelo F. R3, con motor de 50 H. P., tasado en 80.000,00 pesetas. 

11. Una lampistería eléctrica con su banco cargador dinamo, de 24 lámparas, tasada en 10.000,00 pesetas. 

El acto del remate tendrá lugar en la Sala Audiencia de esta Magistratura de Trabajo, el día veintiséis del actual mes de noviembre, a las once horas, advirtiéndose : 

Que se celebrará una sola subasta con dos licitaciones, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor si en la primera alcanza el 50 por 100 de la tasación y deposita en el acto el 20 por 100 de la adjudicación. 

Si en la primera licitación no hubiese postores que ofrezcan el 50 por 100 de la tasación como mínimo , el Magistrado, en el mismo acto, anunciará la inmediata apertura de lá segunda licitación sin sujeción a tipo, adjudicándose provisionalmente los bienes al mejor postor, quien deberá en el acto depositar el 20 por 100 de la adjudicación. Que para la retirada de los bienes que sean objeto de adjudicación, habrá de solicitarse la oportuna autorización de la Jefatura del Distrito Minero de esta provincia. Lo que se hace público para general conocimiento. En León, a nueve de noviembre de mil novecientos sesenta y seis.—Francisco José Salamanca. — Rubricado.— El Secretario, P. H. , J. Luera.—Rubricado. 4756 Núm . 3419.-517,00 ptas.


Juzgado de Primera Instancia de La Vecilla  (BOPL 22 de abril de 1966)

Don Emilio de Cossío Blanco, Juez de Primera Instancia de La Vecilla y su partido. 

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio ejecutivo número 9/66 promovidos por «Banco de Bilbao, S. A.» —Sucursal de La Robla—, representado por el Procurador D. Serafín Perrero Aparicio, contra don Ricardo Blanco Brugos, industrial y vecino de Matallana de Torio, en cuantía de 601.803 pesetas. Por estar así acordado en dichos autos, se sacan a pública subasta los bienes embargados al referido demandado D. Ricardo Blanco Brugos, consistentes en los que más tarde se especificarán, con sus respectivos precios de tasación. 

El acto del remate tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado, a las once horas del día 25 de mayo próximo. Se previene a los licitadores: 

1. ° Que para tomar parte en la subasta deberán consignar en la mesa del Juzgado, o acreditar haberlo hecho en el lugar destinado al efecto, el importe del diez por ciento del valor de tasación. 

2. ° Que no se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor de tasación. 

3. ° Que el remate podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. 

Los bienes en cuestión objeto de subasta son los siguientes: 

1.—Molino harinero sito en término de Robles de La Valcueva, al sitio de «Molino Bajero», cuyas aguas sirven de motor al artefacto compuesto de varias dependencias, que son: edificio de planta baja, piso y desván; otro edificio de nueva planta destinado a almacén de harinas, horno y despacho de pan, cuadra, y nueva vivienda de planta baja, con una medida de trescientos sesenta y dos metros cuadrados, más un huerto anejo al Sur, de doscientos metros cuadrados; linda toda la finca: al frente, o sea al Este, carretera de León-Collanzo, antes camino de Matallana; a la derecha entrando, o sea al Norte, izquierda de edificio, según el Registro, con cauce o presa llamada «Los Lavaderos», hoy y banzós; a la izquierda o Sur, derecha del edificio según el Registro, con presa y camino hoy, y al fondo, o sea al Oeste, con prado de José y Adoración González Rodríguez, antes de Jerónimo Rodríguez. El molino está compuesto de dos pares de piedras, una francesa y otra brañosera, un motor eléctrico y una turbina, aparatos de cerner, limpiar y seleccionar harinas, amasadora de pan, horno y útiles de amasar, más transmisiones de fuerza de todos estos artefactos, inscrita a favor de D.ª Esperanza Barrio González el cincuenta por ciento, por donación de D. Gabriel Barrio Viñuela, y el otro cincuenta por ciento por compra a D. Alonso Barrio González, con reserva del usufructo vitalicio sobre esta mitad indivisa, tasado en 120.000 pesetas. 

2. —Una casa de planta baja, de doscientos cincuenta metros cuadrados, sita en el Barrio de la Estación de Matallana de Torio y cubierta de teja, que linda: Norte, el propio ejecutado; Sur y Oeste, el mismo, y Este, dicha carretera de León-Collanzo. Tasada en 60.000 pesetas. 

3. —Una casa de dos plantas, de doscientos veinticinco metros cuadrados de superficie, que linda: al Norte, Francisco Rodríguez; Sur, Fructuoso Alvarez; Este, el mismo Sr. Blanco Brugos, y Poniente, carretera de León Collanzo; cubierta de teja„ Tasada en 145.000 pesetas. 

4. —Tierra en Robles de Torio, Barrio de la Estación, lugar Molino Bajero, de seis áreas de cabida; linda: al Norte, prado de Francisco Rodríguez; Sur, Fructuoso Alvarez; Este, Justa Fernández, y Oeste, carretera de León-Collanzo. El cincuenta por ciento por donación de D. Gabriel Barrio Viñuela y el otro cincuenta por ciento por compra a D. Alonso Barrio González, con reserva de usufructo, inscrita a favor de D.ª Esperanza Barrio González. Sobre esta finca, D.ª Esperanza Barrio González ha construido la siguiente edificación: Una casa de ciento ochenta metros cuadrados. Linda lo edificado: derecha entrando, Fructuosa Alvarez; izquierda, Francisco Rodríguez; espalda, resto de la finca de que forma parte, y frente, carretera de León-Collanzo. Tasada en 36.000 pesetas. 

Dichas fincas se hallan trabadas en procedimientos seguidos entre las mismas partes y ante este mismo Juzgado el pasado año, así como en procedimiento ejecutivo seguido por «Atlas Copco», contra el mismo ejecutado ante el Juzgado número 2 de León, en diligencia practicada el pasado año. 

La Vecilla, siete de abril de mil novecientos sesenta y seis. 

— El Juez de Primera Instancia, Emilio de Cossío.- El Secretario (ilegible). 1786 Núm. 1305.-693,00 ptas 

Don Emilio de Cossío Blanco, Juez de Primera Instancia de La Vecilla y su partido. 

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio ejecutivo número 5/66 promovido por «Banco de Bilbao, S. A.» —Sucursal de la Robla—, representado por el Procurador D. Serafín Perrero Aparicio, contra don Florentino García Alvarez, vecino de Matallana de Torio, sobre reclamación de 115.000 pesetas de principal y 30.000 más calculadas para intereses, gastos y costas. 

Por estar así acordado en providencia de esta fecha, se sacan a pública subasta los bienes que a continuación se relacionarán, con su valoración pericial. El acto del remate tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado el día 25 de mayo próximo, a las once horas. Se previene a los licitadores: 

1. ° Que para tomar parte en la subasta deberán consignar en la mesa del Juzgado o acreditar haberlo hecho en el establecimiento destinado al efecto, el importe del diez por ciento del valor de la tasación. 

2. ° Que no se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor de la tasación. 

3. ° Que el remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero. Los bienes en cuestión son los siguientes: 

a) Un torno marca «Gegui», de dos metros entre puntos, con motor eléctrico de 2 H. P., instalado en el taller del que es titular, en Matallana de Torio, funcionando, tasado en 10.000 pesetas. 

b) Un taladro de columna, de tres velocidades, con un motor eléctrico de 1 H. P., también instalado como el anterior y en funcionamiento, valorado en 2.400 pesetas. 

c) Una soldadora eléctrica, en funcionamiento pero bastante deteriorada, de 7 H. P., valorada en 3.000 pesetas 

d) Una piedra de esmeril, con un motor eléctrico de 1 H. P. instalado en dicho taller, tasada en 2.700 pesetas. 

e) Una soldadora autógena marca «Gala», en estado de funcionamiento, tasada en 2.000 pesetas. 

f) Un rectificador de baterías para cargar a 6, 12 y 18 voltios, empotrada en una pared del taller de referencia, tasado en 1.400 pesetas. 

g) El derecho de traspaso del taller referido y que se encuentra en el inmueble que se describe a continuación, también objeto de subasta, tasado en 5.000 pesetas. 

h) Una casa sita en Matallana de Torio, Barrio de la Estación,, compuesta de planta y piso, cubierta de teja, y que linda: Norte o izquierda entrando con otra de Alonso y Esperanza Barrio González; Sur o derecha entrando, con Fructuosa Alvarez González, y al fondo o Este, con terrenos de la misma Fructuosa, y Oeste o frente, con la carrétera de León-Collanzo, tasada en 120.000 pesetas. 

Todos los bienes muebles reseñados se hallan depositados en poder del propio ejecutado, donde pueden ser examinados. 

Dado en La Vecilla, a siete de abril de mil novecientos sesenta y seis. 

— El Juez, Emilio de Cossío.—El Secretario (ilegible). 1777 Núm. 1304.-467,50 ptas.


Juzgado de Primera Instancia. número dos de León (BOPL 14 de marzo de 1967)

Don Carlos de la Vega Benayas, Magistrado Juez de Primera Instancia del Juzgado número dos de los de León y su partido. 

Hago saber: Que en este Juzgado y con el núm. 132 de 1965, se tramitan autos de juicio ejecutivo, a instancia de Atlas Copeo, S, A. E., representada por el Procurador Sr. Muñiz Alique, contra otro y D. Ricardo Blanco Brugos, mayor de edad, casado, industrial y vecino de Matallana de Torio, én situación de rebeldía, sobre pago actualmente de 87.508,00 pesetas de principal y la de 74.355 para intereses, gastos y costas; y en cuyo procedimiento y por resolución de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta por primera vez, término de 20 días y precio de su tasación, la siguiente finca, embargada como propiedad de dicho demandado: 

«Una finca rústica, en término del pueblo de Robles, al sitio de «Molino Bajero», destinada a cultivo, cuyos linderos son los siguientes: Norte, Frascisco Diez y Senén Ríos; Sur, camino de servidumbre de fincas; Este, Molino y casa de Esperanza Barrio, y Oeste, Joaquín Suárez. De cabida seis hemina y actualmente con 72 árboles frutales y cercada de bloques prefabricados de cemento. Valorada en 100.000 pesetas». 

Para el acto del remate se han señalado las doce horas del día 12 de abril próximo en la Sala Audiencia de este Juzgado, advirtiéndose a los licitadores que para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la mesa del Juzgado el 10 por 100 de la tasación sin cuyo requisito no serán admitidos;, que no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes de la tasación. 

Que las cargas anteriores y preferentes al crédito del actor si existieren quedarán subsistentes no destinándose a su extinción el precio del remate y que éste podrá hacerse en calidad de ceder a un tércero. 

Dado en León, a 13 de febrero de 1967.

—Carlos de la Vega Benayas.— El Secretario, (ilegible). 1539 Núm. 1159—308,00 ptas. 


DOS MUERTOS POR EMANACIONES DE GAS (Diario de Burgos 31 de mayo de 1967)


León (Cifra).

— Perecieron esta mañana, cuando se disponían a entrar al trabajo, los obreros Francisco Morán Pérez, de 46 años, vecino de Naredo de Fenar y Francisco Robles Burgos, de 57, de La Valcueva. El accidente ocurrió en el grupo minero "La Carmonda" de hulleras del Torio, donde al parecer, había emanaciones de gas carbónico. 

 

Magistratura de Trabajo NUMERO DOS DE LEON (BOPL 26 de marzo de 1969)

Don Luis Fernando Roa Rico, Magistrado de Trabajo número dos de León.  

Hace saber: Que en los autos 1.610 de 1968, instados por Venancio Pérez de la Fuente, contra Hullera Carmonda y otros, por Silicosis, lo siguiente: He señalado para la celebración del juicio el día dieciocho de abril, a las doce horas de la mañana. Y para que sirva de citación a la empresa demandada, en ignorado paradero, lo expido en León, a veinte de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.—Luis Fernando Roa Rico. — Alejo Carlos de Armendia y Palmero. Rubricados. 1622


Magistratura de Trabajo núm. 2 de León (BOPL 11 de junio de 1969)

Don Luis Fernando Roa Rico, Magistrado de Trabajo número dos de León. Hace saber: 

Que en autos número 1610/68, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son los siguientes: 

Sentencia.—En León, a veintinueve de mayo de mil novecientos sesenta y nueve.—Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado de Trabajo núm. 2 de León los presentes autos de juicio laboral, seguidos entre partes de una como demandante Venancio Pérez de la Fuente, asistido del Letrado D. Joaquín Suárez García, y de otra como demandados Hullera Carmonda, Caja Nacional y Servicio de Reaseguro, en reclamación sobre silicosis: 

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por Venancio Pérez de la Fuente, debo declarar y declaro que dicho trabajador está afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de Ayudante Minero, que debo condenar y condeno al Fondo Compensador, con carácter directo, y al Fondo de Garantía, de forma subsidiaria y al Servicio de Reaseguro a que abonen al actor una renta equivalente al 55 por 100 del salario de sesenta y cinco mil ochocientas cinco pesetas anuales, con efectos desde el día doce de julio de mil novecientos sesenta y ocho. Se advierte a las partes que contra este fallo precedente pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días. y para que sirva dé notificación a la empresa demandada Hullera Carmonda, actualmente en paradero ignorado, expido la presente en León, a veintinueve de mayo de mil novecientos sesenta y nueve.—

Luis Fernando Roa Rico.—Alejo-Carlos de Armendía y Palmero.—Rubricados. 2936 Núm. 2027.-264,00 ptas. 


DELEGACIÓN DE HACIENDA DE LEÓN  (BOPL 29 de mayo de 1972)

ANUNCIO 

Relación de los depósitos constituidos en esta sucursal de la Caja General de Depósitos que, de los antecedentes existentes en esta Oficina y de las actuaciones por la misma iniciadas, resulta comprobado que por los interesados ni causahabientes no se ha efectuado durante más de veinte años acción alguna de dominio sobre los mismos, causa por la cual, según lo dispuesto en el artículo 11 del vigente Reglamento de la expresada Caja General de Depósitos de 19 de noviembre de 1929 (Gaceta del 28), se declaran bienes abandonados e incursos en prescripción y, por tanto, pertenecientes al Estado. Sin embargo, por si algún interesado o Autoridad a cuya disposición están constituidos, pudiera alegar y justificar en forma no haber lugar a la prescripción de dominio aludida, bien por haberse reclamado oportunamente su devolución, haber practicado gestión para su renovación, se les notifica la declaración de abandono por medio del presente anuncio, advirtiéndoles que los resguardos correspondientes a dichos depósitos quedarán anulados y sus importes ingresados en el Tesoro Público, si en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado no justifican su derecho a seguir en la propiedad de sus depósitos. 

RELACIÓN DE DEPÓSITOS NECESARIOS SIN INTERÉS

Fecha constitución, Nº de entrada, Nº de Registro, Importe, Depositante o propietario, Concepto del depósito

...

22-12-1950- 234- 11.596- 1.000- — Ricardo Blanco Brugos- Tarjeta transportes vehículo LE-4.103

...


Juzgado de Primera instancia número dos de Madrid (BOPL 23 de febrero de 1974)

En virtud de providencia dictada por el Sr. Juez de Primera Instancia número dos, en los autos del extinguido Juzgado número diecisiete, núm. 126-73, promovidos por el Banco de Crédito Industrial, Sociedad Anónima, representado por el Procurador D. José Muñoz Ramírez con Compañía Mercantil Hulleras de Torio, S. A., sobre procedimiento sumario al amparo del artículo ciento treinta y uno de la vigente Ley Hipotecaria, se sacan a la venta, en pública subasta, por primera vez, término de veinte días y por lotes por cada una de las fincas, las siguientes: 

1.a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Carmonda", sita en término de La Valcueva, municipio de Matallana, paraje llamado Valle de las Regueras, 25 pertenencias. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 238 vuelto, finca número 6 sextuplicado, inscripción 23.a. 

Tipo de subasta: 775.500 pesetas. 

2. a—-83,69 centésima s partes de lamin a de hulla denominada Demasía a la Mina Carmonda, expediente núm. 4.071, sita en el mismo término y municipio que la anterior de 1 Ha, y 3.397 metros cuadrados y 77 decímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 121 vuelto, finca núm. 2.307, inscripción 12.a. 

Tipo de subasta: 41.580 pesetas. 

3. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Mercedes», expediente núm. 2.143, situada en el término y municipio que la anterior, al sitio de Vallarín, de 120.000 metros cuadrados, Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 235, finca n.0 2.228 duplicado, inscripción 16.a. 

Tipo de subasta: 372.350 pesetas. 

4. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Demasía a Mercedes», expediente número 2.997, en el mismo término, municipio y sitio que la anterior de 39.650 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 162 vuelto, finca número 2.229 duplicado, inscripción 14.a. 

Tipo de subasta: 122.980 pesetas. 

5. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada «Pepita», expediente número 1.618, sita en el paraje Valle de la Viesca, término de La Valcueva, municipio de Matallana, de 360.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 346, libro 22 de Matallana, folio 93 vuelto, finca número 1.322 duplicado, inscripción 13.a. 

Tipo de subasta: 1.116.830 pesetas. 

6. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada «Demasía a Pepita», expediente número 2.817, sita en el paraje llamado Valle de las Regueras, término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, de 13.860 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 248, libro 14 de Matallana, folio 28 vuelto, finca número 1.607, inscripción 9.a. 

Tipo de subasta: 42.900 pesetas, 

7. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Segunda Demasía a Pepita», en el paraje Valle de la Viesca, del mismo término y Ayuntamiento que la anterior, de 44.429 metros cuadrados. Inscrita en el Registro dé la Propiedad de La Vecilla, tomo 248, libro 14 de Matallana, folio 33 vuelto, finca núm. 1.608, inscripción 9.a. 

Tipo de subasta: 137.830 pesetas, 

8. a—83,69 centésimas, partes de la mina de hulla nombrada «Tomasito», expediente número 1.633, al sitio llamado Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 120.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 346, libro 22 de Matallana, folio 95 vuelto, finca número 1.321 duplicado, inscripción 13.a. 

Tipo de subasta: 372.900 pesetas. 

9. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada «Casualidad», expediente núm. 2.072, sita en el paraje llamado «Canto del Brusco», en el mismo término y municipio que la anterior, de 120.000 metros cuadrados. Inscrita al Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 217, libro 12 de Matallana, folio 65, finca 1.401, inscripción 12.a. 

Tipo de subasta: 372.900 pesetas. 

10. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada «Primera Demasía a Casualidad», sita en el paraje llamado «Monte del Arbea» , del mismo término y municipio que la anterior, expediente número 8.519, de 156.640 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 181, finca número 2.491, inscripción 6.a. 

Tipo de subasta: 486.200 pesetas. 

11. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada «Hispano», expediente núm. 8.558, sita en el paraje Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 490.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 183 vuelto, finca núm. 2.492, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 1.520.000 pesetas. 

12. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Regional», expediente núm. 8.557, sita en el paraje la Viesca, del término de La Valcueva, municipio de Matallana, de 80.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 176 vuelto, finca núm. 2.489, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 247.500 pesetas. 

13. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Valenciana», sita en el paraje de La Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 25 hectáreas, 15 área s y 45 centiáreas. Inscrita en él Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 274, libro 17 de Matallana, folio 43, finca núm. 1.976, inscripción 10.a. 

Tipo de subasta: 777.260 pesetas. 

14. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Universal», expediente número 8.682. sita en el paraje llamado «El Pelechar» y «Los Llamazares», término de Aviados, Ayuntamiento de Valdepiélago, de 180.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 317, libro 19 de Valdepiélago, folio 193, finca número 2.407, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 556.600 pesetas. 

15. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «Primera Demasía a Hispano», expediente número 10.063, sita en el ¡paraje de La Viesca, término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, de 29.514 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21, folio 178 vuelto, finca número 2.490, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 91.520 pesetas. 

16. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada «La Quince», expediente núm. 10.013, sita en el paraje Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior de 210.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al lomo 342, libro 21, folio 249 vuelto, finca número 2.554, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 651.530 pesetas. 

17. a-—83,69 centesimas partes de una tierra regadía de tercera, sita en término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, al sitio de . Vega de Palazuelo, de cabida 2 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Lá Vecilla, al tomo 362, libro 24, folio 248, finca número 3.058, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 6.160 pesetas. 

18. a—83,69 centésima s partes de una tierra i regadía de tercera calidad, al mismo término y municipio que la anterior y sitio de La Coquera, de 13 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 362, libro 24, folio 249, finca núm. 3.059, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 4.070 pesetas. 

19. a—83,69 centésima s partes de una tierra en el mismo término, al sitio del Prado., regadío de segunda calidad de cabida 25 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 362, libro 24, folio 250, finca número 3.060, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 7.700 pesetas. 

20. a—83,69 centésima s partes de una tierra en el mismo término y sitio que la anterior, con árboles frutales, regadía , de segunda calidad, de 25 área s de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 1, finca número 3.061, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 7.700 pesetas. 

21. a—83,69 centésimas partes de una tierra en igual término que las anteriores, al sitio «El Barrero», secana, de tercera calidad, de 9 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 273, libro 25, folio 2, finca número 3.062, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 2.750 pesetas. 

22. a—83,69 centésima s partes de una tierra en el mismo término y sitio que la anterior, también secana, de tercera calidad de 9 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 3, finca número 3.063, inscripción Ia . 

Tipo de subasta: 2.750 pesetas. 

23. a—83,69 centésima s partes de una tierra, regadía , de tercera calidad, en el mismo término que las anteriores, al sitio de «Revirando», de 6 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Lá Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 4, finca núm. 3.064, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 1.870 pesetas. 

24. a—83,69 centésima s partes de una tierra, secana, en el mismo término, al sitio de «Pradocillo», de 13 área s de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 5, finca núm. 3.065, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 4.070 pesetas. 

25. a—83,69 centésima s partes de una tierra, secana, de tercera calidad, en igual término que las anteriores, al sitio dé los Barriales, de 19 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 6, finca número 3.066, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 6.050 pesetas. 

26. a—83,69 centésima s partes de una tierra, secana, dé tercera calidad, en igual término, al sitio de Los Barriales, la Cerra, Argayal, Posa del Rojo y Peloses, de 42 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 7, finca número 3.067, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 12.980 pesetas. 

27. a—83,69 centésimas partes de un pequeño edificio enclavado en término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, en la calle del Prado o Carmonda, sin número , con una superficie de 160 metros cuadrados, compuesto de planta baja y piso principal. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Ve - cilla, al tomo 373, libro 25, folio 8, finca núm. 3,068, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 440 pesetas. 

28. a—83,69 centésima s partes de otro pequeño edificio radicante en el mismo término, calle o plaza de la Carmonda, de planta baja, con destino a casa de máquina s de las explotaciones del Coto Minero Carmonda Tiene una superficie de 80 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 9, finca núm. 3.069, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 220 pesetas. 

29. a—83,69 centésima s partes de otro edificio en el mismo término, calle o plaza de Las Regueras, de una superficie de 200 metros cuadrados, con destino a casa de máquinas y almacenes. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 10, finca núm. 3.070, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta:,660 pesetas. 

30. a—Cinco sextas partes inidivisas de la mina de hulla denominada «Umbelina», expediente número 5.586, sita en el paraje llamado San Pedro, en término de Aviados, Ayuntamiento de Valdepiélago , de 200.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 354, libro 21 de Valdepiélago , folio 101, finca número 2,242, inscripción 16.a. 

Tipo de subasta: 2.585.000 ptas. 

31. a—Unidad de explotación industrial «Minas e instalaciones de Hulleras del Torio, S. A.», compuesta por la unidad orgánica de explotación, minas de hulla, terrenos, maquinaria, materiales y elementos adscritos a la explotación que en la propia escritura se detallan. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25 de Matallana, folio 22-25, finca núm. 3.075, inscripción 1.a y 2.a y al tomo 354 de Valdepiélago, libro 21-22, folio 250-3, finca número 2.858, inscripción 1.a y 2-a En esta unidad de explotación se hallan instaladas, con carácter permanente y para el servicio de la misma, la maquinaria, herramientas y elementos de explotación que se detallan en el acta de presencia autorizada por el Notario de Matallana de Torio, D. Luciano Hoyos Gutiérrez, el día 27 de noviembre de 1969, con el núm. 445 de protocolo. 

Tipo de subasta: 41.338.000 pesetas. 

Para cuya subasta, que tendrá, lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado de Primera Instancia número dos, sito en la calle General Castaños, número uno, se ha señalado el día cuatro de abril próximo, a las doce de su mañana , bajo las siguientes condiciones: 

Servirá de tipo para esta primera subasta la fijada en cada uno de sus respectivos lotes, y no se admitirá postura alguna que sea inferior dichos tipos. . 

Que para tomar parte en el remate deberá n consignar previamente los licitadores el diez por ciento del tipo de la subasta fijada en el lote en que se desee intervenir, sin cuyo requisito no serán admitidos. Que el remate podrá realizarse a calidad de ceder a un tercero. 

Que los autos y la certificación del Registro a que se refiere la regla cuarta del artículo ciento treinta y uno de la vigente Ley Hipotecaria, estarán de manifiesto en Secretaría y se entender á que todo licitador acepta como bastante.la titulación. 

Que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes —si los hubiere— al crédito del actor continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. 

Que conforme a lo dispuesto en el Título IX de la vigente Ley de Minas, de 21 de Julio de 1973, la eficacia administrativa de la transmisión de los derechos mineros quedar á supeditada al otorgamiento de la pertinente autorización pór el Organismo del Ministerio de Industria que corresponda, y que el rematante o adjudicatario se somete a las condiciones establecidas en las concesiones objeto de subasta y, en todo caso, a las disposiciones de la Ley y Reglamento de Minas, comprometiéndose asimismo al desarrollo dé los planes de labores que ya estuvieran aprobados y a todas las obligaciones que correspondieran al titular del derecho minero. 

Dado en Madrid, para su inserción én el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de León a veinticuatro de enero de mil novecientos setenta y cuatro.—(Ilegible).—El Secretario (ilegible). 1109 Núm. 430.-2.310,00 ptas.


DELEGACIÓN DE HACIENDA NOTIFICACIONES (BOPL 7 de marzo de 1974)

Los contribuyentes que figuran a continuación no han podido ser notificados en el domicilio que consta en los documentos fiscales, por lo que, dando cumplimiento al Decreto de 29 de julio de 1924 y al artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 se realiza por medio del presente anuncio.

CANON DE SUPERFICIE DE MINAS. AÑO 1973

Núm. Contribuyentes. Domicilio. Mina. Cuota a ingresar.

486- María Jesús Díaz Alonso- Matallana de Torio- María Jesús- 1.519

693- Emilio González Guzmán y Hm.- Matallana de Torio- Montañesa 2ª.- 210

1004- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Fermina 30

1005- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Santa Bárbara- 72

1006- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Microbio- 72

1007- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- España- 336

1008- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- La Esperanza- 54

1009- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Juanita- 72 

1010- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Dem., a 2 Amigos, 17

1011- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Umbelina- 120 

1012- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- La Valenciana- 120 

1013- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Dos Amigos- 24 

1014- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- María del Camino- 1.500 

1015- Hulleras Torio, S. A.- Matallana de Torio- Lucí- 600

1016- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Valenciana- 151 

1017- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Carmonda- 151 

1018- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- La Quince- 126 

1019- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Dem. Carmonda- 8 

1020- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Prim. Dem. Casualidad- 94 

1021- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Universal- 108

1022- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Regional- 48 

1023- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Hispano- 294 

1024- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- 1. a Dem. Hispano- 18 

1025- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Pepita- 216 

1026- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Dém. Mercedes- 24 

1027- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Tomasita- 72 

1028- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- 2. a Dem. Pepita- 27 

1029- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Dem. Pepita- 8 

1030- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Mercedes- 72 

1031- Hulleras Torio, S. A. y 1- Matallana de Torio- Casualidad- 72

1547- Nicanor Miranda Alvarez- Matallana de Torio- Petra- 48

1661- Nicanor Rodríguez Diez- Matallana de Torio- Varios amigos- 120

1741- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- San Francisco- 600 

1742- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- 2. a Dem. Caduc. Gardoqui- 14 

1743- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- La Adelaida- 600 

1744- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- La Palolita- 225 

1745- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- Matilde- 108 

1746- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- 2.a Dem. S. Nicolás- 40 

1748- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- Argimiro-120 

1749- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- Caducada Gardoqui- 42 

1750- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- Dem. Caducada Gardoqui- 18 

1751- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- María Cruz- 36 

1752- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- Merceditas- 24 

1753- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- Concha- 108 

1754- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio-   Dem. S. Nicolás- 32 

1755- Ricardo Tascón Brugos y Hm.- Matallana de Torio- San Nicolás- 24 


Juzgado de Primera Instancia número Dos de Madrid (BOPL 4 de julio de 1974)

En virtud de providencia dictada por el Sr. Juez de Primera Instancia número dos, en los autos del extinguido Juzgado número diecisiete, seguidos bajo el núm. 126-73 a instancia del Banco de Crédito Industrial, S. A., representada por el Procurador D. José Muñoz Ramírez con , sobre procedimiento sumario al amparo del artículo ciento treinta y uno de la vigente Ley Hipotecaria, se sacan a la venta, en pública subasta, por segunda vez, término de veinte días hábiles y por lotes por cada una de las fincas, las siguientes: 

1. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Carmonda", sita en término de La Valcueva, municipio de Matallana, paraje llamado Valle de las Regueras, 25 pertenencias. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 238 vuelto, finca núm. 6 sextuplicado, inscripción 23.a. 

Tipo de subasta: 581.625 pesetas. 

2. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada Demasía a la Mina Carmonda, expediente número 4071, sita en el mismo término y municipio que la anterior, de 1 Ha. y 3.397 metros cuadrados y 77 decímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 121 vuelto, finca número 2.307, inscripción 12.a. - 

Tipo de subasta: 31.185 pesetas. 

3. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Mercedes", expediente núm. 2.143, situada en el término y municipio que la anterior, al sitio de Vallarín, de 120.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 235, finca núm. 2.228 duplicado, inscripción 16.a. 

Tipo de subasta: 279.263 pesetas. 

4. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Demasía a Mercedes", expediente núm. 2.997, en el mismo término, municipio y sitio que la anterior, de 39.650 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 162 vuelto, finca n.0 2.229 duplicado, inscripción 14.a. 

Tipo de subasta: 92.235 pesetas. 

5. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Pepita", expediente núm. 1.618, sita en el paraje Valle de la Viesca, término de La Valcueva, municipio de Matallana, de 360.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 346, libro 22 de Matallana, folio 93 vuelto, finca núm. 1.322 duplicado, inscripción 13.a. 

Tipo de subasta: 837.623 pesetas. 

6. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Demasía a Pepita", expediente núm. 2.817, sita en el paraje llamado Valle de las Regueras, término de La Valcueva, Ayuntamiento de Mátallana, de 13.860 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 248, libro 14 de Matallana, folio 28 vuelto, finca número 1.607, inscripción 9.a. 

Tipo de subasta: 32.175 pesetas. 

7. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Segunda Demasía a Pepita", en el paraje Valle de la Viesca, del mismo término y Ayuntamiento que la anterior, de 44.429 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, tomo 246, libro 14 de Matallana, folio 33 vuelto, finca núm. 1.608, inscripción 9.a. 

Tipo de subasta: 103.373 pesetas. 

8. a—83,69 centésimas partes de lá mina de hulla nombrada "Tomasito", expediente núm. 1.633, - al sitio llamado Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 120.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 346, li - bro 22 de Matallana, folio 95 vuelto, finca núm. 1.321 duplicado, inscripción 13.a. 

Tipo de subasta: 279.675 pesetas. 

9. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Casualidad", expediente núm. 2.072, sita en el paraje llamado "Canto del Brusco", en el mismo término y municipio que la anterior, de 120.000 metros cuadrados. Inscrita en. el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 217, libro 12 de Matallana, folio 65, finca 1.401, inscripción 12.a. 

Tipo de subasta. 279.675 pesetas.. 

10. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Primera Demasía a Casualidad", sita en el paraje llamado "Monte del Arbea", del mismo término y municipio que la anterior, expediente núm. 8.519, de 156.640 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 181, finca n.0 2.491, inscripción 6.a. 

Tipo de subasta: 364.650 pesetas. 

11. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Hispano", expediente núm. 8.558, sita en el paraje Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior. de 490.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 183 vuelto, finca número 2.492, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 1.140.000 pesetas. 

12. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Regional", expediente n.0 8,557, sita en el paraje La Viesca, del término de La Valcueva, municipio de Matallana, de 80.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 176 vuelto, finca número 2.489, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 185.625 pesetas. 

13. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Valenciana", sita en el paraje de La Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 25 Ha., 15 a. y 45 ca. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 274, libro 17 de Matallana, folio 43, finca núm. 1.976, inscripción 10.a. 

Tipo de subasta: 582.945 pesetas. 

14. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Universal", expediente n.0 8.682, sita en el paraje llamado "El Felechar" y los "Llamazares", término de Aviados, Ayuntamiento de Valdepiélago, de 180.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 317, libro 19 de Valdepiélago, folio 193, finca número 2.407, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 417.450 pesetas. 

15. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Primera Demasía a Hispano", expediente número 10.065, sita en el paraje de La Viesca , término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, de 29.514 •metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libró 21, folio 178 vuelto, finca 2.490, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 68.640 pesetas. 

16. a—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "La Quince", expediente núm. 10.013, sita en el paraje Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 210.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21, folio 249 vuelto, finca n.0 2.554, inscripción 5.a. 

Tipo de subasta: 488.648 pesetas. 

17. a—83,69 centésimas partes de una tierra regadía de tercera, sita en término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, al sitio de La Vega de Palazuelo, de cabida 2 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 362, libro 24, folio 248, finca, n.0 3.058, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 4.620 pesetas. 

18. a—83,69 centésimas partes de una tierra regadía de tercera calidad, al mismo término y municipio que la anterior y sitio de La Coquera, de 13 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 362, libro 24, folio 249, finca n.0 3.059, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 3.053 pesetas. 19. a—83,69 centésimas partes de una tierra en el mismo término, al sitio del Prado, regadío de segunda calidad, de cabida 25 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 362, libro 24, folio 250, finca n.0 3.060,'inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 5.775 pesetas. 

20. a—83,69 centésimas partes de una tierra en el mismo término y sitio que la anterior, con árboles frutales, regadía, de segunda calidad, de 25 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 1, finca n.0 3.061, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 5.775 pesetas. 

21. a—83,69 centésimas partes de una tierra en igual término que las anteriores, al sitio "El Berrero", secana, de tercera calidad, de 9 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al, tomo 273, libro 25, folio 2, finca n.0 3.062, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 2.063 pesetas. 

22. a—83,69 centésimas partes de una tierra en el mismo término y sitio que la anterior, también secana, de tercera calidad, de 9 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 3, finca núm. 3.063, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 2.063 pesetas. 

23. a—83,69 centésimas partes de una tierra, regadía, de tercera calidad, en el mismo término que las anteriores, al sitio de "Rovirando", de 6 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 4, finca n.0 3.064, inscripción, 1.a. 

Tipo de subasta: 1.403 pesetas. 

24. a—83,69 centésimas partes de una tierra, secana, en el mismo término, al sitio de "Pradocillo", de 13 áreas de cabida. Inscrita en el Registro de , la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 5, finca n.0 3.065, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 3.053 pesetas. 

25. a—83,69 centésimas partes de una . tierra, secana, de tercera calidad, en igual término que las anteriores, al sitio de Los Barriales, de 19 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 6, finca n.0 3.066, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 4.538 pesetas. 

26a—83,69 centésimas partes de una tierra, secana, de tercera calidad, en igual término, al sitio de Los Barriales, la Cerra, Argayal, Posa del Rojo y Peloses, de 42 áreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 7, finca n.0 3.067, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 9.735 pesetas. 

27. a—83,69 centésimas partes de un pequeño edificio enclavado en término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, en la calle del Prado o Carmonda, sin número,-con una superficie de 160 metros cuadrados, compuesto de planta baja y piso principal. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 8, finca n.0 3.068, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 330 pesetas. 

28. a—83,69 centésimas parte s de otro pequeño edificio radicante en el mismo término, calle o plaza de la Carmonda, de planta baja, con destino a casa de máquinas de las explotaciones del Coto Minero Carmonda. Tiene una superficie dé 80 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 9, finca número 3.069, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 165 pesetas. 

29. a—83,69 centésimas partes de otro edificio en el mismo término, calle o plaza de Las Regueras, de una superficie dé 200 metros cuadrados, con destino a casa de máquinas y almacenes. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25, folio 10, finca número 3.070, inscripción 1.a. 

Tipo de subasta: 495 pesetas. 

30. a—Cinco sextas partes indivisas de la mina de hulla denominada "Umbelina", expediente n.0 5.586, sita en el paraje llamado San Pedro, en término de Aviados, Ayuntamiento de Valdepiélago, de 200.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 354, libro 21, de Valdepiélago, folio 101, finca n.0 2.242, inscripción. 16.a. 

Tipo de subasta: 1.938.750 pesetas. 

31. a—Unidad de explotación industrial "Minas e instalaciones de Hulleras del Torio, S. A.", compuesta por la unidad orgánica de explotación, minas de hulla, terrenos, maquinaria, materiales y elementos adscritos a la explotación que en la propia escritura se detallan. Inscrita .en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25 de Matallana, folio 22-25, finca n.0 3.075, inscripción 1.a y 2.a, y al tomo 354 de Valdepiélago, libro 21-22, folio 250-3, finca número 2.858, inscripción 1.a. y 2 a. En esta unidad de explotación se hallan instaladas, con carácter permanente y para el servicio de la misma la maquinaria, herramientas y elementos de explotación que se detallan en el acta de presencia autorizada por el Notario de Matalla de Torio D. Luciano Hoyos Gutiérrez, el día 27 de noviembre de 1969, con el núm. 445 de protocolo. 

Tipo de subasta: 31.003.500 pesetas. 

Para cuya subasta que tendrá lugar e n la Sala Audiencia de este Juzgado dé Primera Instancia número dos, sito en la calle General Castaños número uno, se ha señalado el día veintiséis de septiembre próximo a las doce de su mañana, bajo las siguientes condiciones: 

Servirá de tipo para esta segunda subasta el setenta y cinco por ciento de la primera, o sea, las cantidades que en cada uno de los lotes se menciona, y no se admitirá postura alguna que sea inferior a dichos tipos. 

Que para tomar parte en el remate deberán consignar previamente los licitadores el diez por ciento del tipo de la subasta fijada en el lote en que desee intervenir, sin cuyo requisito no serán admitidos. Que el remate podrá realizarse a calidad de ceder a un tercero. 

Que los autos y la certificación del Registro a que se refiere la regla cuarta del artículo ciento treinta y uno de la vigente Ley Hipotecaria estarán de manifiesto en Secretaría, y se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. 

Que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes —si los hubiera— al crédito del actor continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. 

Que conforme a lo dispuesto en el Título I X de la vigente Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, la eficacia administrativa de la transmisión de los derechos mineros quedará supeditada al otorgamiento de la pertinente autorización por el Organismo del Ministerio de Industria que corresponda y que el rematante o adjudicatario se somete a las condiciones establecidas en las concesiones objeto de subasta y, en todo caso, a las disposiciones de la Ley y Reglamento de Minas, comprometiéndose asimismo al desarrollo de los planes de labores que ya estuvieran aprobados y a todas las obligaciones que correspondieran al titular del derecho minero. 

Dado en Madrid para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de León a once de junio de mi mil novecientos setenta y cuatro.—(Ilegible).—El Secretario (ilegible). 3540 Núm. 1470—2.310.00 ptas.


Juzgado de Primera Instancia número dos de Madrid (BOPL 3 de diciembre de 1974)

En virtud de providencia dictada por el Sr. Juez de Primera Instancia número dos, en los autos del extinguido Juzgado número diecisiete, seguidos bajo el núm. 126-73 a instancia del Banco de Crédito Industrial, S. A., representada por el Procurador D. José Muñoz Ramírez con Compañía Mercantil Hulleras del Torío, S. A., sobre procedimiento sumario al amparo del artículo ciento treinta y uno de la vigente Ley Hipotecaria, se sacan a la venta, en pública subasta, por tercera vez, término de veinte días hábiles y por lotes, por cada una de las fincas las siguientes :

1.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Carmonda", sita en término de La Valcueva, municipio de Matallana, paraje llamado Valle de las Regueras, 25 pertenencias:' Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla al tomo 304, libro 19 de Matallana," folio 238 vuelto, finca nº. 6 sextuplicado, inscripción 23ª.

Tipo de la segunda subasta: 581.625 pesetas.

2.ª—83,69 centésimas partes de la

mina de hulla denominada Demasía a la Mina Carmonda, expediente nú-mero 4.071, sita en el mismo término y municipio que la anterior', de 1 hectárea y 3.397 metros cuadrados y 77 decímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, -al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 121 vuelto, finca número 2.307, inscripción 12ª.

Tipo de la segunda subasta 31.185 pesetas.

3.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Mercedes", expediente núm." 2.143, situada en el término y municipio que la anterior, al sitio de Vallarín, de 120.000 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 235, finca 2.228 duplicado, inscripción 16.ª.

Tipo de la segunda subasta: 279.263 pesetas.

4.ª—83,69 centésimas partes- de la mina de hulla denominada "Demasía a Mercedes", expediente núm. 2.997, en el mismo término, municipio y sitio que la anterior, de 39.650 m. cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla,'al tomo 304, libro 19 de Matallana, folio 162 vuelto, finca núm. 2.229 duplicado,' inscripción l4ª.

Tipo de la segunda subasta: 92.235 pesetas.

5.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Pepita", expediente núm. 1.618, sita en el paraje Valle de la Viesca, término de La Valcueva, municipio de Matallana, de 360.000 m. cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 346, libro 22 de Matallana, folio 93 vuelto, finca núm. 1.322 duplicado, inscripción 13.ª.

Tipo de la segunda subasta: 837.623 pesetas. .

6.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Demasía a Pepita", expediente núm. 2.817, sita en el paraje llamado Valle de Las Regueras, término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, de 13.860 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 248, libro 14 de Matallana, folio 28 vuelto, finca núm. 1.607, inscripción 9.ª.

Tipo de la segunda subasta : 32.175 pesetas,

7.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Segunda Demasía a Pepita", en el paraje Valle de la Viesca, del mismo término y Ayuntamiento que la anterior, de 44.429 m. cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, tomo 246, libro 14 de Matallana, folio 33 vuelto, finca núm. 1.608, inscripción 9.ª.

Tipo de la segunda subasta: 103.373 pesetas.

8.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Tomasito", expediente núm. 1.633, al sitio llamado Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 120.000 m. cuadrados. Inscrita en .el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 346, libro 22- de Matallana, folio 95 vuelto, finca" núm. 1.321 duplicado, inscripción 13.ª.

Tipo de la segunda subasta: 279.675 pesetas.

9.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Casualidad" expediente n.º 2.072, sita' en el paraje llamado "Canto del Brusco" en el mismo término y municipio que la anterior, de 120.000 m. cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 217, libro 12 de Matallana, folio 65, finca 1.401, inscripción 12.ª.

Tipo de la segunda subasta: 279.675 pesetas.

10.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada Primera Demasía de Casualidad", sita en el paraje llamado Monte del Arbea, del mismo término y municipio que la anterior, expediente núm. 8.519, de 156.64Q m. cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla,' ai tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 181, finca n.º 2.491, inscripción 6.ª.

Tipo de la segunda subasta 364.650 pesetas.

11.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Hispano", expediente núm. 8.558, sita en el paraje Valle de la Viesca, en el mismo término' y municipio que la anterior, de 490.000 m. cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342,. libro 21 de Matallana, folio 183 vuelto, finca n.0 2.492, inscripción 5.ª.

Tipo de la segunda subasta: pesetas 1.140.000. 

12.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Regional", expediente n.º 8.557, sita en el paraje La Viesca, del término de La Valcueva, municipio de Matallana, de, 80.000 m. cuadrados. Inscrita én el Registro de la Propiedad de La Vecilla al tomo 342, libro 21 de Matallana, folio 176 vuelto, finca núm. 2.489, inscripción quinta.

Tipo de la segunda subasta: 185.625 pesetas. 

13.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "Valenciana", sita en el paraje de La Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 25 Ha., 15 a. y 45 ca Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 274, libro 17 de Matallana, folio 43, finca número 1.976, inscripción 10.ª. 

Tipo de la segunda subasta: 582.945 pesetas.

14.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Universal" expediente n.º 8.682, sita en el paraje llamado "El Felechar" y los "Llamazares". Término de Aviados, ayuntamiento de Valdepiélago, de 180.000 metros cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla al tomo 317, libro 19 de Valdepiélago, folio 193, finca número 2.407 inscripción 5.ª.

Tipo de la segunda subasta 417.450 pesetas.

15.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla nombrada "Primera Demasía a Hispano", expediente número 10.065, sita en el .paraje de La Viesca, término de La Valcueva, Ayuntamiento de Matallana, de 29.514 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 342, libro 21, folio 178 vuelto,- finca 2.490, inscripción 5.ª.

Tipo de la segunda subasta 68.640 pesetas.

16.ª—83,69 centésimas partes de la mina de hulla denominada "La Quince", expediente n.º 10.013, sita en el paraje Valle de la Viesca, en el mismo término y municipio que la anterior, de 210.000 m. cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, tomo 342, libro 21, folio 249 vt.º, finca 2.554, inscripción 5.ª.

Tipo de la segunda subasta: 488.648 pesetas.

30.ª—Cinco sextas partes indivisas de la mina de hulla denominada "Umbelina",-expediente n.º 5.586, sita en el paraje llamado San Pedro, en término de Aviados. Ayuntamiento de Valdepiélago, de 200.000 m. cuadrados de extensión. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 354, libro 21 de Valdepiélago, folio 101, finca n.º 2.242, inscripción 16.ª;

Tipo de la segunda subasta: pesetas 1.938.750.

31.ª—Unidad de explotación industrial "Minas e instalaciones de Hulleras del Torio, S. A.", compuesta por la unidad orgánica de explotación, minas de hulla, terrenos, maquinaria, materiales y elementos adscritos a la explotación que en la propia escritura se detallan. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Vecilla, al tomo 373, libro 25 de Matallana, folio 22-25, finca n.º 3.075, inscripción 1.ª y 2.ª, y al tomo 354 de Valdepiélago, libro 21-22, folio 250-3, finca número 2.858, inscripción 1.ª y 2.ª.

En esta unidad de explotación se hallan instaladas con carácter permanente y para el servicio de la misma la maquinaria, herramientas y elementos de explotación que se detallan en el acta de presencia autorizada por el Notario de Matallana de Torio D. Luciano Hoyos Gutiérrez, el día 27 de noviembre de 1969, con el núm. 445 de protocolo.

Tipo de la segunda subasta: pesetas 31.003.500.

Para cuya subasta que tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado de Primera Instancia número dos, sito en la calle general Castaños. número uno, se ha señalado el día treinta de enero del año próximo a las doce de su mañana, bajo las siguientes condiciones:

Esta tercera subasta sale sin sujeción a tipo, y para tomar parte en la misma deberán consignar previamente los licitadores el diez por ciento del tipo de cada uno de los lotes en que se desee intervenir, sin cuyo requisito no serán admitidos.

Que el remate podrá realizarse a calidad de ceder a un tercero.

Que los autos y la certificación del Registro a que se refiere la regla cuarta del artículo ciento treinta y uno de la vigente Ley Hipotecaria estarán de manifiesto en Secretaría, y se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes —si los hubiere— al Crédito del actor continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Que conforme a lo dispuesto en el título IX de la vigente Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, la eficacia administrativa de la transmisión de los derechos mineros quedara supeditada al otorgamiento de la pertinente autorización por el Organismo del Ministerio de Industria que corresponda y que el rematante o adjudicatario se somete a las condiciones establecidas en las concesiones objeto de subasta y, en todo caso, á las disposiciones de la Ley y Reglamento de Minas, comprometiéndose asimismo al desarrollo de los planes de labores que ya estuvieran aprobados y a todas las obligaciones que correspondieran al titular del derecho minero.

Dado en Madrid para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de León, a once de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro —

(Ilegible).—El Secretario (ilegible).

6079 Núm. 2578.-3.366,00 ptas.


Magistratura de Trabajo NÚMERO DOS DE LEÓN (BOPL 24 de enero de 1975)

Don Juan Francisco García Sánchez, Magistrado de Trabajo número dos de León y su provincia.

Hace saber: Que en los autos número 408/72, ejecución 69/74, seguidas a instancias de José Fernández y otros, contra Hulleras del Torio, S. A., por salarios, por importe de un millón quinientas setenta y cuatro mil seiscientas veintitrés pesetas de principal, con más ciento cincuenta mil calculadas provisionalmente para costas, he acordado la venta en pública subasta dé los bienes siguientes:

Una pila de carbón sin lavar, situada al lado de unas calicatas o despibles reconocibles en el terreno, de unas 20 toneladas, tasado en 6.500 pesetas, de baja calidad.

Una escombrera, situada en el valle de las Regueras, de carbón, de unas 15.000 toneladas, formando era del pozo Carmonda, tasada en 45.000 pesetas.

Una pila de escombro de mina, de unas 10.000 toneladas, situada en el valle denominado de La Viesca, tasada en 20.000 pesetas. 

Escombro de carbón, de unas 1.000 toneladas, situado en lugar contiguo a la Mina Margarita, tasado en 3.000 pesetas.

Una escombrera de escombro de carbón, de unas 30,000 toneladas, situada en el lugar denominado Rodovalle, Mina El Barrero, en la margen izquierda del camino, tasada en 300.000 pesetas.

Escombro de carbón, de unas 10.000 toneladas aproximadamente, situado en el paraje de Rodovalle, Mina San Nicolás, tasado en 100.000 pesetas.

Dicha subasta tendrá lugar en la Sala Audiencia de esta Magistratura de Trabajo, sita en la Plaza Calvo Sotelo, 3, en primera subasta, el día dieciocho de febrero; en segunda subasta, el día veinticinco de febrero; y en tercera subasta, también en su caso el día cuatro de marzo; señalándose como hora para todas ellas la de las once de la mañana , y se celebrarán bajo las condiciones siguientes:

1.°—Los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el diez por ciento del valor de los bienes que sirve de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

2.°—No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo de tasación, adjudicándose los bienes al mejor postor. El remate podrá hacerse a calidad de ceder a tercero. 

3.°—En segunda subasta en su caso, los bienes saldrán con rebaja del 25 por 100 del tipo de tasación. 

4.°—Que si fuera necesario una tercera subasta, los bienes saldrán sin sujeción a tipo, adjudicándose al mejor postor, si su oferta cubre las dos terceras partes del tipo de tasación que sirvió de base para la segunda subasta, ya que en caso contrario, con suspensión de la aprobación del remate, se hará saber el precio ofrecido al deudor,, para que, en término de nueve días pueda liberar los bienes, pagando la deuda, o presentar persona que mejore la postura última, haciendo previamente el depósito legal. 

5.°—No habiendo postor, podrá la parte ejecutante dentro de los seis días siguientes después de la primera o segunda subasta, en su caso, pedir se le adjudiquen los bienes objeto de subasta, por las dos terceras partes del precio que hubiera servido de tipo en cada una de ellas.

Dado en León a quince de enero de mil novecientos setenta y cinco.—Juan F. García Sánchez.

337 

Núm. 134 -1.023,00 ptas.

Cédula de notificación

En autos 408/72, ejecución 69/74, seguidos a instancia, de José Fernández y otros contra Hulleras de Torio, se ha dictado la siguiente:

Providencia.—Magistrado Sr. García Sánchez.—León, quince de enero de mil novecientos setenta y cinco.

Dada cuenta: Por realizada. la peritación de los bienes embargados en el procedimiento, se acuerda la venta de los mismos en pública subasta, por término de ocho días. Dicha subasta tendrá lugar en la Sala Audiencia de esta Magistratura de Trabajo, sita en la Plaza Calvo Sotelo, 3, en primera subasta, el día 18 de febrero; en segunda subasta el día 25 de febrero ; y en tercera subasta, también en su caso, el día 4 de marzo ; señalándose como hora para todas ellas la de las once de la mañana y se celebrarán bajo las condiciones siguientes:

1.°—Los licitadores deberán depositar previamente en la mesa del Tribunal el diez por ciento del valor de los bienes que sirva de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos. 

2.°—No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo de tasación, adjudicándose los bienes al mejor postor.

El remate, podrá hacerse a calidad de ceder a tercero. 

3.°—En segunda subasta en su caso, los bienes saldrán con rebaja del 25 por 100 del tipo de tasación. 

4.°—Que si fuera necesario una tercera subasta, los bienes saldrán sin sujeción a tipo, adjudicándose al mejor postor, si su oferta cubre las dos terceras partes del tipo de tasación que sirvió de base para la segunda subasta, ya que en caso contrario, con suspensión de la aprobación del remate, se hará saber el precio ofrecido al deudor, para que, en término de nueve días pueda liberar los bienes, pagando la deuda o presentar persona que mejore la postura última, haciendo previamente el depósito legal. 

5.a—No habiendo postor, podrá la parte ejecutante dentro de los seis días siguientes después de la primera o segunda subasta, en su caso, pedir se se le adjudiquen los bienes objeto de subasta, por las dos terceras partes del precio que hubiera servido de tipo en cada, una de ellas.

Lo acordó y firma S. S.ª. Doy fe.—

Juan F. García Sánchez—Luis P, Corral.

Y para que sirva de notificación a la empresa Hulleras de Torio, y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, expido el presente en León a quince de enero de mil novecientos setenta y cinco.

337 

Núm. 135—781,00 ptas. 


Magistratura de Trabajo NUMERO DOS DE LEON (BOPL 17 de noviembre de 1975)

Cédula de notificación 

Don Juan Francisco García Sánchez, Magistrado de Trabajo número dos de León. 

Hace saber: Que en autos 1.454/75 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son las siguientes: 

Sentencia.—En León, a cinco de noviembre de mil novecientos setenta y cinco. Vistos los presentes autos de juicio laboral seguidos entre partes de una como demandantes Primo Prieto Gutiérrez y seis más, asistidos del Letrado D. Jesús Miguélez y Ricardo Blanco Brugos y Valentín García de Prado no comparecen en juicio, y de otra como demandado Luis Suáréz Diez no comparece en juicio sobre perjuicios económicos por débito salarial, y Fallo: 

Que debo condenar y condeno al empresario Luis Suárez Diez a que por los conceptos y períodos aludidos en la resultancia fáctica abone a los trabajadores que a continuación sé expresan las cantidades que para cada uno de ellos se indican: a Primo Prieto Gutiérrez, diez mil setecientas ochenta y ocho pesetas; a Nicolás Diez Valbuena, veintiocho mil ochocientas sesenta y tres pesetas; a Enrique Barcena Gómez, veinticinco mil seiscientas sesenta y cuatro pesetas; a Julián Valero González, veintinueve mil cuatrocientas sesenta y tres pesetas; a Valentín Gutiérrez Monge, diez mil doscientas sesenta y ocho pesetas; a Valentín García de Prado, trece mil ochocientas noventa y seis pesetas; a María del Carmen Pablos Rodrigo, veintitrés mil trescientas setenta y cinco; a Santos Bárcena Gómez, treinta mil trescientas setenta y tres pesetas, y a Ricardo Blanco Brugos, veintiocho mil seiscientas veintitrés pesetas. 

-Se advierte a las partes que pueden interponer recurso de suplicación en plazo de cinco días. Y para que sirva de notificación en forma legal al demandante Valentín García de Prado y a la empresa Luis Suárez Diez, y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, expido el presente en León, a cinco de noviembre de mil novecientos setenta y cinco. 

— Juan F. García Sánchez. — Rubricado. 5627


Magistratura de Trabajo NUMERO UNO DE LEON (BOPL 22 de enero de 1976)

Don Luis Fernando Roa Rico, Magistrado de Trabajo Decano de los de León y su provincia. 

Hace saber: Que en autos 1.415/75, seguidos a instancia de la D. P. T. en nombre y representación de Enrique Bárcena Gómez y otros, contra Luis Suárez Díaz, sobre despido-crisis. 

Ha señalado para la celebración del acto de juicio, el próximo día dos de febrero, a las diez y quince horas de su mañana en la Sala Audiencia de esta Magistratura. Y para que les sirva de citación en forma legal a D. Santos Bárcena Gómez, D. Nicolás Valbuena Diez, don Ricardo Blanco Brugos y a D. Luis Suárez Díaz «Minas Santísima Trinidad y Sagrada Familia», actualmente en paradero ignorado, expido la presente en León, a doce de enero de mil novecientos setenta y seis.—Firmado: Luis Fernando Roa Rico.— G. F. Valladares. - Rubricados. 194


Magistratura de Trabajo NUMERO UNO DE LEON (BOPL 5 de marzo de 1976)

Don Luis Fernándo Roa Rico, Magistrado de Trabajo número uno de esta ciudad. 

Hace saber: Que en autos 1.415/75, instados por la Delegación Provincial de Trabajo, por Enrique Bárcena Gómez y otros, contra la empresa Luis Suárez Díaz «Minas Santísima Trinidad y Sagrada Familia» en reclamación por despido-crisis, por el Ilustrísimo Sr. Magistrado de Trabajo se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente: 

Fallo: Que, estimando la comunicación demanda interpuesta a nombre de Enrique Barcena Gómez, Santos Bárcena Gómez, Nicolás Valbuena Diez, Julián Valero González, María Carmen Pablos Rodrigo, y Ricardo Blanco Brugos, contra la empresa Luis Suárez Díaz «Mina Santísima Trinidad y Sagrada Familia», debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a cada uno dé los productores las siguientes cantidades: a Enrique Bárcena Gómez, 3.760 pesetas; a Santos Bárcena Gómez, 6,047 pesetas; a Nicolás Valbuena Díaz, 5,527 pesetas; a Julián Valero González, 6.315 pesetas; a M.ª Carmen Pablos Rodrigo, 3.200, y a Ricardo Blanco Brugos, 5.947 pesetas. 

Notifíquese esta resolución a las partes, contra la que pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días, debiendo el recurrente si lo fuere el demandado, que en el momento de anunciarlo deberá acreditar haber consignado en la cuenta del Fondo de Anticipos Reintegrables en el Banco de España el importe de la condena a que se hace referencia en el fallo, incrementado en un veinte por ciento, así como en todo caso y en el momento de su formalización el Depósito Especial de 250 pesetas en la cuenta de Recursos de Suplicación abierta en la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de León. 

Firmado: Luis Fernando Roa Rico. 

— Y para que así conste y sirva de notificación en forma legal a Nicolás Valbuena Diez y a la empresa Luis Suárez Díaz «Minas Santísima Trinidad y Sagrada Familia», actualmente en paradero ignorado, expido el presente en León, a 20 de febrero de 1976, 1006


Magistratura de Trabajo NUMERO UNO DE LEON (BOPL 4 de junio de 1980)

Don José Rodríguez Quirós, Magistrado de Trabajo número uno de las de esta ciudad y provincia.

Hace saber: Que en autos 368/80, seguidos a instancia de Tomás González Cuesta contra Coto Carmonda y otros sobre silicosis, he señalado para la celebración del acto de juicio, previa conciliación en su caso, el día diecinueve de junio próximo a las once horas de su mañana, en la Sala Audiencia de esta Magistratura.

Y para que sirva de citación en forma a Coto Carmonda y a quien pueda ser su aseguradora actualmente en paradero ignorado, expido el presente en León, a veintidós de mayo de mil novecientos ochenta.—Firmado: J. R. Quirós,—G. F. Valladares. 2749


AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA (BOPL 26 de abril de 1994)

Expte. 17.254 

A los efectos prevenidos en el artículo 9.° del Decreto 2.617/1966, de 20 de octubre, se somete a información pública la petición de instalación de línea aérea y C.T. dentro del grupo minero “Carmonda y otras”, cuyas características especiales se señalan a continuación: 

a) Peticionario: Lexomosa, S.A., con domicilio en León, calle General Sanjurjo, 23. 

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Matallana de Torio. 

c) Finalidad de la instalación: Suministro de energía eléctrica con carácter de servicio público. 

d) Características principales: Línea aérea a 132/20KV. sobre apoyos metálicos con conductor LA-30 y cadenas E-40 de 526 metros de longitud, terminando en un centro de transformación intemperie de 400 KVA. 

f) Presupuesto: 3.260.640 ptas. Lo que se hace público para que pueda ser examinado el ante proyecto (o proyecto) de la instalación en esta Delegación Territorial, sita en c/. Santa Ana, n.° 37, y en su caso, se formulen al mismo las reclamaciones, en duplicado escrito, que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. 

León a 23 de marzo de 1994.-

El Delegado Territorial, José Antonio Diez Diez. 

3247 Núm. 3863.-3.136 ptas


Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente (BOPL 26 de noviembre de 1994)

Confederación Hidrográfica del Norte 

SECRETARIA GENERAL

Don Francisco Miguel Alonso López, DNI 9.746.363, representante de Mina Lexomosa, S.A., con domicilio en carretera de León Collanzo Km. 30, en Matallana de Torio (León), solicita de la Confederación Hidrográfica del Duero la oportuna concesión de aguas para usos sanitarios y refrigeración de 0,15 1/seg. mediante toma superficial del río Torio en el t.m. de Matallana de Torio. 

INFORMACIÓN PUBLICA 

La captación se efectuará mediante la colocación de una tubería enterrada y un pozo de toma, en la orilla izquierda del río, hacia un edificio de bombas situado a 60 metros de distancia. Desde él y mediante un grupo motobomba de 6 CV se efectúa la primera impulsión de unos 18 metros de elevación hacia un depósito intermedio de 3 m. cúbicos de capacidad, desde aquí sufren una segunda elevación, mediante bomba sumergible de 12 CV de 30 metros hasta un depósito final de almacenamiento y distribución para su utilización. 

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de León, puedan presentar reclamaciones los que se consideren perjudicados, en la Alcaldía de Matallana de Torio (León), o ante esta Secretaría de la Confederación Hidrográfica del Duero, c/ Muro, 5- Valladolid, donde se halla de manifiesto el expediente de referencia (C. 21633-LE). 

Valladolid, 7 de octubre de 1994.

-El Secretario General, Elias Sanjuán de la Fuente. 10438 Núm. 11148.-3.360 ptas.


Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente (BOPL 24 de enero de 1995)

Confederación Hidrográfica del Norte 

COMISARÍA DE AGUAS

Francisco Miguel Alonso López, en representación de Lexomosa, S.A., solicita de la Confederación Hidrográfica del Duero, autorización para el vertido, procedente de la explotación minera que dicha sociedad mantiene abierta en Matallana de Torio, al cauce del río Torio, en t.m. de Matallana de Torio. 

Nota-anuncio 

Las obras de corrección de los vertidos son las siguientes: 

-Para las aguas interior de las galerías. 

-Decantación en galerías, inundadas en una longitud de 65 m.l. y una sección media de 8 m.cuadrados. 

-Balsa de 10x3 m. de planta y 1 m. de profundidad. 

-Balsa de 13x2 m. de planta y 1 m. de profundidad. 

-Para las aguas sanitarias: 

-Fosa séptica dividida en 3 cámaras, con un volumen total de 54 m.3. Las aguas residuales una vez tratadas se verterán al cauce del río Torio, en t.m. de Matallana de Torio. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 247 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de León, puedan presentar reclamaciones los que se consideren perjudicados, en la Alcaldía de Matallana de Torio (León), o ante esta Secretaría de la Confederación Hidrográfica del Duero, calle Muro, 5, Valladolid, donde se halla de manifiesto el expediente de referencia. (V-1.349-LE). 

Valladolid, 22 de diciembre de 1994.

-El Secretario General, Elias Sanjuan de la Fuente. 12842


Juzgados de lo Social (BOPL 17 de enero de 2000)

NÚMERO CUATRO DE ALICANTE 

Doña Marta Martín Ruiz, Licenciada en Derecho y Secretaria del Juzgado de lo Social número cuatro de Alicante. 

Hago saber: Que en el procedimiento seguido en este Juzgado bajo el número 569/99, sobre reclamación de invalidez permanente, promovido por Juan Esteban Martín Montero, contra INSS y otros, en cuyas actuaciones se ha señalado para la celebración del acto de juicio el día 29 de febrero de 2000, a las 9.45 horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, e ignorándose el actual paradero de la empresa demandada Lexomosa, S.A., cuyo último domicilio conocido fue en León, avenida General Sanjurjo, número 23-2°-C, por el presente se le cita para dicho acto, con la prevención de que de no comparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y de que las siguientes comunicaciones a la parte a la que va dirigida la presente se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento. 

Y para que le sirva de citación en legal forma a la empresa demandada Lexomosa, S.A., expido y firmo la presente en Alicante a 20 de diciembre de 1999

-La Secretaria Judicial, Marta Martín Ruiz. 10673 


Juzgados de lo Social (BOPL 26 de septiembre de 2000)

NÚMERO DOS DE LEÓN

Cédula de citación 

Don Pedro María González Romo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número dos de León. Hago saber: Que en autos número 443/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don José Antonio Arias Merino, contra la empresa Lexomosa, S.A., sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente: Providencia del limo, señor Magistrado: don José Luis Cabezas Esteban. 

En León, a 1 de septiembre de 2000. 

Ala vista de la anterior diligencia negativa de citación a la entidad demandada Lexomosa, S.A., cítesela por el Boletín Oficial de la Provincia, para los actos de conciliación y juicio que tendrán lugar el día 4 de octubre a las 9.30 horas, haciéndole saber que todas las resoluciones que en lo sucesivo recaigan se le notificarán en estrados. 

Notifíquese esta resolución. 

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). 

Lo manda y firma S.Sa. Doy fe. El Magistrado Juez-Secretario Judicial. 

Y para que le sirva de citación en legal forma a Lexomosa, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en León a 1 de septiembre de 2000. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

-El Secretario Judicial, Luis Pérez Corral. 7543 4.625 ptas.


Juzgados de lo Social (BOPL 23 de octubre de 2000)

NÚMERO DOS DE LEÓN 

Don Luis Pérez Corral, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de León y su provincia. 

Hace constar: Que en autos número 443/2000, seguidos a instancia de José Antonio Arias Merino, contra Lexomosa, S.A., y otros, sobre invalidez permanente por A.T., S.Sa ha señalado para la celebración del acto de juicio, en la Sala Audiencia de este Juzgado de lo Social número dos, el día 30 de noviembre, a las 9.30 horas de su mañana. 

Advirtiéndose que las sucesivas providencias que recaigan se notificarán en estrados. 

Y para que sirva de notificación en forma legal a Lexomosa, S.A., actualmente en paradero ignorado, expido la presente en León a 4 de octubre de 2000-Luis Pérez Corral-Firmado y rubricado. 8579 1.750 ptas


Juzgados de lo Social (BOPL 22 de diciembre de 2000)

NÚMERO DOS DE LEÓN 

Don Luis Pérez Corral, Secretario del Juzgado de lo Social número dos de León. 

Hace saber: Que en autos número 443/00, seguidos ante este Juzgado a instancia de José Antonio Arias Merino, contra Lexomosa, S.A., y otros por A.T., se ha dictado sentencia cuyo fallo es como sigue: 

Fallo: Que sin entrar en el fondo del asunto debo absolver y absuelvo a los demandados por estar prescrita la acción. 

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra esté fallo cabe recurso de suplicación en plazo de cinco días para ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, para su Sala de lo Social, con sede en Valladolid. 

Firme que sea esta sentencia, archívense los autos. 

Por esta mi sentencia, que será publicada, lo pronuncio, mando y firmo. José Manuel Martínez Illade.-Firmado y rubricado. 

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa Lexomosa, S.A., en paradero ignorado y su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, y su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y su inserción de oficio, expido el presente en León, a 5 de diciembre de 2000

-Luis PérezCorral.-Rubricado. 10309 3.000 ptas.


Administración de Justicia  (BOPL 11 de abril de 2001)

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

Sala de lo Social 

Don Alfonso González González, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid. . 

Doy fe: Que en el recurso de suplicación número 198/01, e interpuesto por José Antonio Arias Merino, contra sentencia, dictado por el Juzgado de lo Social número dos de León, en autos número 443/00, seguidos a instancia del citado recurrente contra INSS y otros, sobre invalidez Pte. de A.T., se ha dictado sentencia por esta Sala en fecha cinco de marzo de 2001, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: 

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por don José Antonio Arias Merino, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número dos de León de fecha 5 de diciembre de 2000, sobre invalidez permanente, en demanda promovida por referido actor contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, La Mutua Montañesa y la empresa Lexomosa, S.A., y, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos el fallo de instancia. Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

-Míguez Alvarellos.-Ramos Aguado y Álvarez Anllo.-

Firmados y rubricados.

-Sigue diligencia de publicación. 

Contra la presente resolución cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá prepararse dentro de los diez días siguientes al de esta notificación, mediante escrito firmado por Abogado y dirigido a esta Sala, con exposición sucinta de la concurrencia de los requisitos exigidos, previstos en el artículo 216 de la Ley de Procedimiento Laboral. 

El recurrente que no disfrute del beneficio de justicia gratuita consignará como depósito 50.000 pesetas en el Banco Bilbao Vizcaya, Agencia de la calle Génova, 17 (Madrid), c/c número 2.410, debiendo hacer entrega del resguardo acreditativo en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al tiempo de personarse en ella. 

Asimismo, deberá consignar la cantidad objeto de condena en el Banco Bilbao Vizcaya, entidad 0182, oficina 5579, cuenta número 4636000066, abierta a nombre de esta Sala de lo Social, debiendo acreditar dicha consignación en el mismo plazo concedido para preparar el recurso de casación para unificación de doctrina. 

Si el recurrente fuera entidad gestora y ésta ha sido condenada al pago de prestaciones, deberá acreditar al tiempo de preparar el citado recurso que ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 219.3 en relación con el 192.4 de la Ley de Procedimiento Laboral. 

Y para que sirva de cédula de notificación en forma a Lexomosa, S.A., que se halla actualmente en paradero desconocido y su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de León, se expide el presente en Valladolid a 5 de marzo de 2001 

-Alfonso González González. 2536 5.031 ptas


Juzgados de lo Social (BOPL 22 de mayo de 2001)

NÚMERO CUATRO DE ALICANTE

Edicto Doña Marta Martín Ruiz, Licenciada en Derecho y Secretaria del Juzgado de lo Social número cuatro de Alicante. 

Hago saber: Que en el procedimiento número 569/99, seguido en este Juzgado a instancia de Juan Esteban Miguel Martín Montoro, contra INSS, TGSS, Mutua Montañesa Lexomosa y Tomás Ruso Ruso, con fecha 4 de mayo de 2001, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: 

Fallo: “Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de la Mutua Montañesa, desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva de la empresa Tomás Ruso Ruso, y estimando la demanda formulada por Juan Esteban Miguel Martín Montoro, debo declarar y declaro que el demandante se encuentra afecto de una incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la empresa Tomás Ruso Ruso a estar y pasar por dicha declaración y a que abonen al demandante una prestación económica consistente en una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora de 70.716 pesetas/mes más los incrementos y revalorizaciones que legalmente correspondan con efectos desde el 24 de agosto de 1999, en un 20,438 por ciento con cargo a la empresa Tomás Ruso Ruso y en el 79,562 por ciento restante con cargo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, condenando a este último a que anticipa el importe de dicha pensión, sin perjuicio de su derecho de repetir de la empresa Tomás Ruso Ruso las cantidades anticipadas por cuenta de esta. 

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación de esta sentencia, y que la condenada para hacerlo deberá ingresar en el Banco de Bilbao Vizcaya, en la cuenta corriente que a tales efectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, cuenta corriente n° oficina 5596, la cantidad líquida importe de la condena con la clave 69 o presentar aval bancario por dicha cantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. 

Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corriente del Banco Bilbao Vizcaya y misma, oficina, la cantidad de 25.000 ptas., con la clave 65, presentando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndose constar además un domicilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos de notificaciones. 

Debe reiterarse en relación con los datos bancarios, por ser de especial interés lo siguiente: importe de la condena bajo la clave 69; depósito (25.000 ptas.) bajo la clave 65. 

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. 

Y para que sirva de notificación de la anterior resolución a la parte demandada Lexomosa S.A., cuyo último domicilio conocido fue carretera de Collanzo, s/n, de Matallana (León) y actualmente en ignorado paradero, se inserta el presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, advirtiéndole que las siguientes comunicaciones a la parte a la que va dirigida la presente se harán en estrado, salvo las que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento. 

Alicante, 4 de mayo de 2001.-La Secretaria Judicial (ilegible). 4012 5.805 ptas.


NIC: 24089 4 0000696/2005. 01000. (BOPL 5 de julio de 2005)

N° autos: demanda 230/2005. 

Materia: Seguridad social. 

Demandante: Amable Rodríguez Rodríguez. 

Demandados: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General Seguridad Social, Mutua Montañesa, Lexomosa SA. 

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 

Doña Carmen Ruiz Mantecón, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de León, hago saber: Que en el procedimiento demanda 230/2005 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Amable Rodríguez Rodríguez contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General Seguridad Social, Mutua Montañesa, Lcxomosa SA, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente: 20 Martes, 5 de julio de 2005 B.O.P.Núm. 149 

Fallo: Estimo la demanda sobre jubilación a instancia de don Amable Rodríguez Rodríguez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, contra Mutua Montañesa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social núm. 7, y la empresa Lexomosa SA y, en consecuencia, declaro que el actor tiene derecho a jubilación, por vía del artículo 22 de la OM de 3 de abril de 1973, condenando a los codemandados a estar y pasar por esta declaración y al Instituto Nacional de la Seguridad Social a que, con efectos del día 1 de diciembre de 2004, le abone una pensión vitalicia integrada por el 100% de un salario regulador de 2.306’95 € mensuales en 14 pagas anuales. 

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. 

Adviértase al recurrente que fuese entidad gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de seguridad social de pago periódico, que al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o mutua patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de seguridad social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado. 

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Lexomosa SA en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. 

En León, a 31 de mayo de 2005. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento a las partes. 

La Secretaria Judicial, Carmen Ruiz Mantecón. 4900 44,80 euros

La fotografía anterior corresponde al tambor que se conserva en las inmediaciones de la mina Carmonda, en el pueblo leonés de La Valcueva.

En las minas, tanto de minerales metálicos, como de carbón y otros materiales, fue de uso habitual el plano inclinado, para el transporte en altura de los materiales arrancados a la tierra.
Tanto se utilizaron para extraer (subir) minerales del interior por medio de pozos inclinados, como para subir o bajar desde la bocamina, o puntos situados a su nivel, minerales y escombros.
En su forma más habitual, en la parte superior del plano se encuentra una polea (P) de la que cuelgan, mediante un cable, dos vagonetas que corren mediante ruedas sobre los railes de una vía sujeta al plano inclinado. La pendiente de estos planos inclinados podía variar entre 8º (La mínima) y 80º (La máxima).

Si se trata de bajar los materiales a un nivel inferior es el peso de estos materiales el que hace subir y bajar, alternativamente, las dos vagonetas. Cuando se deja ir la vagoneta cargada en la parte superior del plano (V1) arrastra la vagoneta vacía situada en la parte inferior (V2).

planos4

Mi madre, alla por el año 1940, iba a ver con su maestro el plano de la Mina Carmonda y otro que había a la entrada del valle de Valdesalinas, cerca del pueblo de Matallana de Torío. De este último plano se conserva aún menos que del de la mina Carmonda. En aquel entonces estaban en funcionamiento, pero ella ya no se acuerda muy bien de como se utilizaban.

Las descripciones que de los planos inclinados se hacen en el libro "Les mines, les minières et les carrières" escrito por A. Badoureau y P. Grangier y publicado en Paris en 1892 nos ayudan a comprender cual era la manera de construirlos y de utilizarlos.

Para empezar había planos inclinados de dos vagonetas y de una vagoneta con contrapeso. Este contrapeso se hacia correr por el centro de la vía que utilizaba la vagoneta sobre unos railes auxiliares. Su forma había de ser muy baja para caber por debajo de la vagoneta.

En el caso de utilizarse dos vagonetas se podián utilizar dos vías independientes, dos vías compartiendo el rail central (Sistema de tres railes) o una única vía (Sistema de dos railes). Tanto el sistema de dos, como el de tres railes, necesitan de un abrigo intermedio de doble vía en donde se puedan cruzar la vagoneta que sube y la que baja. En el caso del sistema de tres railes esto se puede hacer sin desvíos, pero en el sistema de dos railes se necesitan además unas agujas talonables que encaminen siempre a las vagonetas ascendentes y descendentes por el mismo lado, para evitar el choque.

El peso del cable también se había de tener en cuenta, ya que en un primer momento dificultaba el movimiento y hacia el final del recorrido tendía a acelerar las vagonetas. Para controlar la velocidad de subida y bajada de las vagonetas un obrero estaba encargado de accionar el freno que detenía a voluntad la polea o el tambor sobre el que se arrollaba el cable del que colgaban las vagonetas. Tambíen se podía incidir sobre la velocidad de las vagonetas modificando la pendiente del plano inclinado en el tramo inicial y en el final, haciendo el inicial más inclinado y el final con menos pendiente.

En otro orden de cosas, si la pendiente del plano inclinado era pequeña (Menos de 30º), se podían poner las vagonetas directamente en la vía del plano inclinado, e incluso, hacer trenes de unas cuantas de ellas, pero si el plano inclinado tenía mucha pendiente, era obligado el uso de carretones en los que las vagonetas se colocaban horizontalmente sobre un pequeño trozo de vía. En este caso se habían de asegurar las vagonetas para que no se movieran durante el descenso o el ascenso.

plano11

Este tipo de planos inclinados también se utilizaron para subir materiales, como es el caso del que funcionó en el lavadero que la Hullera Vasco Leonesa tenía en Matallana. Mediante el plano subían el escombro a una escombrera situada en la falda de la montaña. Recuerdo como ni hermana comentaba como funcionaba allá por el año 1968, ya que lo podía ver desde el lugar donde estudiaba el curso de ingreso al Bachillerato.

Para prevenir accidentes se intentaba limitar la longitd del plano inclinado. De esta forma en Francia en 1892 se limitaba esta longitud a 50 metros, y en bélgica a 100 metros. Sin embargo, en esta época en las minas de hierro del Somorrostro, cerca de Bilbao, la empresa francesa de construcciones mecánicas Taza-Villain construyó un plano inclinado de 600 metros de longitud. En su parte superior tenía una pendiente del 35%, en la parte media del 30% y en la parte inferior del 25%. Mediante este plano se salvaba un desnivel de 100 metros de altura.

Plano10


Contra una empresa (Diario de Burgos 6 de agosto de 1904)

A las dos y media de la madrugada se presentó en el juzgado de guardia D. Rafael Reinot, formulando una grave denuncia por dos delitos de falsedad y estafa, haciéndose ascender esta última á cerca de dos millones de pesetas. 

Parece que la historia del asunto es la siguiente: La Sociedad General de Banca, establecida en París, adquirió mediante escritura otorgada ante el notario de este Colegio D. Teodolindo Soto, las minas hulleras del Torio, en 9 de Junio de 1903, por pesetas 1.900.000, de cuya, suma habrían de pagarse en metálico 500.000 pesetas y el millón y medio restante en obligaciones de 250 pesetas cada una. El denunciante posee cien de dichas obligaciones. 

Los intereses debían ser pagados por trimestres en Enero, Abril, Julio y Octubre. Se abonaron los intereses correspondientes al primer trimestre, pero hasta ayer nada se sabía respecto al pago de los de Abril y Julio. 

En vista de esto, hizo el señor Reinot las gestiones oportunas para averiguar las causas de tal demora, sabiendo que ya no era dicha entidad la propietaria de las minas, sino la Sociedad anónima Carboneras de Matallana, cuyo gerente es el barón de S. L. 

Reclamó el denunciante á esta empresa el pago de los intereses, pero se le contestó que no tenía fondos. Parece que los resguardos provisionales fueron expedidos por la primera compañía, pero del traspaso ó venta de las minas no se dio cuenta á los accionistas. 

Esto hizo sospechar al señor Reinot de que algo anormal había en el negocio y resolvió enterarse, logrando saber que la última de dichas sociedades trataba de enajenar todos sus bienes, incluso las minas, cuya propiedad estaba hipotecada para responder al pago de obligaciones, pues ni siquiera se había pagado la escritura ni los derechos de arancel al notario. 

De la denuncia, que es muy extensa, se desprende la existencia de dos delitos de falsedad de documento y estafa, penados en el Código. Pide también el señor Reinot que se Ubre un exhorto á San Sebastián para que comparezca el gerente de la empresa. El asunto está llamado á dar mucho ruido.


DOS MUERTOS POR EMANACIONES DE GAS (Diario de Burgos 31 de mayo de 1967)

León (Cifra). 

— Perecieron esta mañana, cuando se disponían a entrar al trabajo, los obreros Francisco Morán Pérez, de 46 años, vecino de Naredo de Fenar y Francisco Robles Burgos, de 57, de La Valcueva. El accidente ocurrió en el grupo minero "La Carmonda" de hulleras del Torio, donde al parecer, había emanaciones de gas carbónico.  


Don Siró Fernández Robles, Juez Municipal del Juzgado número dos de esta ciudad de León. (BOPL 16 de mayo de 1972)

Hago saber: Que en los autos de juicio de cognición seguidos en este Juzgado entre partes que se reseñarán, ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: 

Sentencia.—En León a veintiocho de abril de mil novecientos setenta y dos.

—El Sr. D. Siró Fernández Robles, Juez Municipal del Juzgado número dos de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de juicio de cognición número 18 de 1972, seguidos en este Juzgado a instancia de D. Alberto González Bajo, mayor de edad, casado, industrial y vecino de León, representado por el Procurador D. Santiago González Varas, y defendido por el Letrado D. Ángel Carbajal Diaz, contra Hulleras del Torio, S. A., en la persona de su representante legal D. Ricardo Tascón Álvarez, mayor de edad, casado y vecino de Matallana de Torio, sobre reclamación de diecisiete mil seiscientas sesenta y una pesetas con cincuenta céntimos, y Fallo: 

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Alberto González Bajo, contra Hulleras del Torio, S. A., en la persona de su representante legal D. Ricardo Tascón Alvarez, en reclamación de diecisiete mil seiscientas sesenta y una pesetas con cincuenta céntimos e intereses legales, debo condenar y condeno al demandado a que tan pronto fuere firme esta sentencia abone al actor la indicada suma y sus intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda hasta la del total pago, imponiéndole asimismo el pago de las costas del presente procedimiento. 

Y por la rebeldía del demandado, notifíquesele la presente resolución en la forma prevenida en los artículos 282 y 283 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, caso de que por el actor no se interese la notificación personal. 

Así por esta mi sentencia, juzgando lo pronuncio, mando y firmo.

—Siró Fernández—Rubricado. 

Y para su notificación al demandado rebelde Hulleras del Torio, en la persona de su representante legal don Ricardo Tascón Alvarez, y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia, expido el presente edicto en León a seis de mayo de mil novecientos setenta y dos.

—Siró Fernández Robles. Manuel Rando. 

2814 Núm. 1095.—363,00 ptas.


Diputación Provincial de León (BOPL 31 de julio de 1973)

Servicio Recaudatorio de Contribuciones del Estado

Zona de León 2.ª (Pueblos) 

Don Antonio Prieto Chamorro, Recaudador Auxiliar de Tributos del Estado de la expresada Zona, de la que es titular D. Andrés Herrero Martínez. 

Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Recaudación a mi cargo contra «Hulleras del Torio, S. A.», por débitos al Tesoro Público y M. Industria, importantes 194.195 pesetas, más recargo de apremio y costas presupuestadas, en junto 274.064 pesetas, se ha dictado con fecha 21 de julio de 1973 la siguiente: 

Providencia.—Autorizada por la Tesorería de Hacienda de esta provincia con fecha 26 de junio de 1973 la subasta de bienes muebles propiedad de «Hulleras del Torio, S. A.», embargados por diligencia de fecha 26 de eqero de 1973, en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, precédase a la celebración de la citada subasta el día 31 de agosto de 1973, a las 16,30 horas, en Matallana de Torio (pueblo), en el garaje de dicha Empresa, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 136, 137 y 138 del Reglamento General de Recaudación y Reglas 80, 81 y 82 de su Instrucción. 

Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario (y, en su caso a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y al cónyuge del deudor) y anúnciese al público, por medio de edictos que serán fijados en los sitios reglamentarios. 

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 

1. ° Que los bienes embargados a enajenar son los que a continuación se detallan: 

Lote primero.—Camión marca Barreiros , «Azor», matrícula LE 41.084, con carga máxima de 8.000 Kgs. Tasación, 186.500 pesetas. Tipo de subasta, 125.000 pesetas. 

Lote segundo.—Camión marca Barreiros, «Super Azor», matrícula LE-41.085, con carga máxima de 11.500 kilogramos. Tasación, 227.500 pesetas. Tipo de subasta, 151.667 pesetas. 

2. ° Que los bienes se encuentran en poder del depositario D. Emilio Viñuela Gutiérrez y podrán ser examinados por aquellos a quienes interese en Matallana de Torio (pueblo), en el garaje de la razón social «Hulleras del Torio, S. A.». 

3. a Que todo licitador habrá de constituir ante la mesa de subasta fianza, al menos, del 20 por 100 del tipo de aquélla, depósito éste que se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio, del remate, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrieran por los mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza origine la inefectividad de la adjudicación, 

4. ° Que la subasta se suspenderá antes de la adjudicación si se hace pago de los descubiertos. 

5 ° Que el rematante deberá entregar en el acto de la adjudicación de los bienes, o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. 

6. ° Que en el caso de no ser enajenados la totalidad o parte de los mencionados bienes en primera o segunda licitación, se celebrará almoneda durante los tres días hábiles siguientes al de ultimación de la subasta. 

7. ° Que se considerarán notificados con plena virtualidad legal, por medio del presente anuncio del acto de la subasta de los bienes muebles embargados, los deudores con domicilio desconocido y los acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos, en el supuesto de que existan. 

8. ° La subasta no se suspenderá hasta que hayan sido cubiertos los débitos de la Hacienda Pública y los del Ministerio de Industria, Delegación de Industria de León, Sección Minas. 

En León a 21 de julio de 1973—El Recaudador, Antonio Prieto Chamorro. V.0B.0: P., 

El Jefe del Servicio (ilegible). 4132


DELEGACIÓN DE HACIENDA NOTIFICACIONES (BOPL 12 de febrero de 1975)

Los contribuyentes que figuran a continuación no han podido ser notificados en el domicilio que consta en los documentos fiscales, por lo que, dando cumplimiento al Decreto de 29 de julio de 1924 y al artículo 80 de lá Ley .de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y art. 124 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963 se realiza por medio del presente anuncio.

Impuesto sobre Sociedades 1972 

Hulleras del Torio, S. A.- Matallana de Torio- 3.000 pesetas

Hulleras del Torio, S. A.- (Rep. Ricardo Tascón Alvarez)- Matallana de Torio- 6.000 pesetas (BOPL 14 de octubre de 1975)


DELEGACIÓN DE HACIENDA DE LEÓN (BOPL 21 de junio de 1976)

ADMINISTRACIÓN DE TRIBUTOS 

CUOTA DE BENEFICIOS DEL IMPUESTO INDUSTRIAL 

(Juntas de Evaluación Global, ejercicio 1975) 

De conformidad con lo dispuesto en la Regla 14 de la Instrucción para la Cuota de Beneficios del Impuesto Industrial, aprobada por Orden Ministerial de 9 de febrero de 1958, modificada por la de 22 de enero de 1959, al no haberse elegido Comisionados de las Secciones de las Juntas de Evaluación Global que se indican, se pone en conocimiento de los miembros de las mismas que, el próximo día 30 a las diez horas y en esta Delegación de Hacienda se procederá a designarlos de oficio, mediante sorteo entre los componentes de cada Sección, ante una Mesa constituida, por el Ilustrísimo Sr. Delegado de Hacienda, el Administrador de Tributos y el Secretario de la Junta respectiva, pudiendo asistir a dicho acto los contribuyentes citados. 

...

Hulleras del Torio,' S, A,—Matallana —Matallana Torio,

...


Delegación de Hacienda  (BOPL 20 de junio de 1977)

LEÓN 

CUOTA DE BENEFICIOS DEL IMPUESTO INDUSTRIAL 

Juntas de Evaluación Global Ejercicio 1976 

De conformidad con lo dispuesto en la Regla 14.a de la Instrucción para la Cuota de Beneficios del Impuesto Industrial, aprobada por Orden Ministerial de 9 de febrero de 1958, Codificada por la de 22 de enero de 1959, al no haberse elegido Comisionados de las Secciones de las Juntas de Evaluación Global que se indican, se pone en conocimiento de los miembros de las mismas que, el próximo día .27 a las horas y en esta Delegación de Hacienda se procederá a designarlos de oficio, mediante sorteo entre los componentes de cada Sección, ante una mesa constituida por el limo. Sr. Delegado de Hacienda, el Administrador de Tributos y el Secretario de la Junta respectiva, pudiendo asistir a dicho acto los contribuyentes citados. 

...

Hulleras del. Torio, S: A. Matallana del Torio

...


VENTA DE MINAS (LA VANGUARDIA 21 de noviembre de 1979)

Hasta las 10 horas del día 30 de noviembre de 1979, en la Notaría de Don Augusto Gómez Martinho, Calle General Mola, n.° 13, de Madrid, se admiten ofertas de compra de varias participaciones en concesiones mineras de carbón, así como totalidad de otras, fincas de superficie y materiales, en la provincia de León, que fueron propiedad de Hulleras del Torío, S. A. - 

El pliego de condiciones y modelo de oferta a presentar se encuentran de manifiesto en la citada Notaría.


Juzgados de lo social (BOPL 9 de octubre de 1992)

NUMERO TRES DE LEÓN 

Don Pedro María González Romo, Secretario del Juzgado de lo Social número tres de los de esta ciudad y provincia. Hace constar: Que en autos número 617/92, seguidos a instancia de Rogelio Vázquez Vidal, contra Hulleras del Torio, S.A. y más sobre Incap. silicosis, se ha señalado para la celebración del acto de juicio, previa conciliación, el día veintitrés de noviembre próximo a las 9,45 horas de su mañana en la Sala de Audiencia de este Juzgado de lo Social número tres, sito en C/ Sáenz de Miera, 6, León. Con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Artículo 59. Y 16 Viernes, 9 de octubre de 1992 B.O.P. Núm. 231 para que sirva de citación en forma a Hulleras del Torio, S.A. y a su Aseguradora, actualmente en paradero ignorado, expido el presente en León, a diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y dos.

-Firmado: Pedro María González Romo. 9080 


Don Pedro María González Romo, (BOPL 28 de junio de 1993)

Secretario del Juzgado de lo Social número tres de León. 

Hace constar: Que en autos 617/93, seguidos a instancia de Rogelio Vázquez Vidal, contra INSS y otros, sobre silicosis, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice: 

Fallo: Desestimo la demanda presentada por Rogelio Vázquez Vidal, a la vez que absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Hulleras del Torio, S.A. y Mutua Aseguradora de sus pretensiones y confirmo la resolución de la entidad gestora. Se advierte a las partes que contra este fallo pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días para ante la Sala de lo Social de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Esta es mi sentencia que, pronuncio, mando y firmo.-Firmado: J. L. Cabezas Esteban. Para que conste y sirva de notificación en forma legal a Hulleras del Torío, S.A., y su aseguradora, actualmente en paradero ignorado, expido el presente en León, a diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y tres.

-Pedro María González Romo. 5061 Núm. 5938.-2.33lptas.


Administración de Justicia (BOPL 5 de enero de 1994)

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 

Sala de lo Social 

Hago saber: Que en recurso número 313/93-Mi seguidos por don Emiliano Tascón Castañón contra empresa Hulleras del Torio, S.A. y otros, sobre prestación con fecha 25-11-93, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 

Fallo: Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por don Emiliano Tascón Castañón, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Vizcaya, en fecha 27 de octubre de 1992, en los autos 494/91, que versan sobre invalidez permanente, seguidos a instancia del recurrente, contra las empresas Prado Hermanos y C.S.A. y Hulleras del Torio, S.A. y contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida. 

Una vez firme lo acordado, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen para el oportuno cumplimiento. Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos. Y para que sirva de notificación Hulleras del Torio, S.A., por su ignorado paradero, se inserta el presente edicto en el Boletín Oficial de León, para su publicación. 

Dado en Bilbao, a 25 de noviembre de 1993.

-El Secretario (ilegible). 11141 Núm. 73.-2.664 ptas


Juzgados de lo Social  (BOPL 21 de septiembre de 1995)

NUMERO TRES DE LEÓN 

Don Pedro María González Romo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de León. 

Hace constar: Que en autos 148/95, seguidos a instancia de Laudelino González Flecha, contra INSS y Tesorería y otros, en reclamación por silicosis, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: B.O.P. Núm. 217 Jueves, 21 de septiembre de 1995 15 

Fallo: Desestimo la demanda presentada por Laudelino González Flecha, a la vez que absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, Hulleras del Torio y Mutual Minero Industrial Leonesa (Asepeyo), de sus pretensiones y confirmo la resolución de la entidad Gestora. 

Se advierte a las partes que contra este fallo pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días para ante la Sala de lo Social de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Esta es mi sentencia que, pronuncio, mando y firmo.

-Firmado: J. L. Cabezas Esteban. Para que conste y sirva de notificación en forma legal a Hulleras del Torio, actualmente en paradero ignorado, expido el presente en León a 1 de septiembre de 1995.

-Firmado: Pedro M.a González Romo-Rubricado. 8525 2.760 ptas


NIG: 24089 4 0100637/2001. 01000. (BOPL 29 de mayo de 2002)

N° autos: Demanda 563/2001. 

Materia: Seguridad social. 

Demandante: Agustín González Rodríguez

Demandados: Hulleras de Torio, aseguradora: se desconoce, INSS y Tesorería General. 

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 

Doña Carmen Ruiz Mantecón, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de León, hago saber: Que en el procedimiento demanda 563/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Agustín González Rodríguez contra la empresa Hulleras de Torio, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente: 

Fallo: Desestimo la demanda sobre incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional (silicosis) formulada por don Agustín González Rodríguez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Hulleras del Torio, S.A., y, en consecuencia, absuelvo a los demandados de las pretensiones de la misma. 

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. 

Adviértase al recurrente que fuese entidad gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de seguridad social de pago periódico, que al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o mutua patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de seguridad social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma 22 Miércoles, 29 de mayo de 2002 B.O.P. Núm. 122 a Hulleras de Torio y su aseguradora, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. 

En León, a 9 de mayo de 2002. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento a las partes. 

La Secretaria Judicial, Carmen Ruiz Mantecón. 3940 38,40 euros

Mina La Carmonda (verano de 2004)

La mina Carmonda estuvo situada en la Valcueva, en el valle de Regueras.
Antigua casa de la administración de la mina Carmonda.
La mina de la Carmonda en 1882 era propiedad de D. Eduardo Carrió del Castillo vecino de Madrid. Este la vendió a Tomás Allende y Juan Bautista Rochet en el año 1884.
Vista de conjunto de la casa.
El 7 de octubre de 1889, José María Gurtubay y Meaza compra las minas Casualidad, Tomasito, Pepita, Presentación, Chomin, La Bilbaina y Capriles, todas ellas situadas en La Valcueva, a Manuel Allende y Villares, Tomás Allende y Alonso, Manuel de Orbe e Ipiña y Juan Bautista Rochet. A su vez, y junto a las minas de Manuel García Viñuela, las vende en 1890 a la Sociedad Carbonífera de Matallana, que había nacido el 6 de marzo de 1890, presidida entonces por Arturo Conde.
Vista del tendejón de los lavaderos desde el camino.
La Sociedad Carbonífera de Matallana S.A. fue fundada y domiciliada en Bilbao en 1890, con un capital social de 1.000.000 pesetas. La mitad de éste fue suscrito por José Mª Gurtubay Meaza, como contravalor de las 29 minas que aportó a la sociedad. El resto, en metálico, fue pagado por Benigno y Luis Salazar, Juan Gurtubay, José María Lizana, Marqués de Casa Torre, José María San Martín y Manuel de Orbe (Manuel de Orbe e Ipiña había solicitado las minas Chomin, La Bilbaina y Capriles entre los años 1884 y 1886.). Todos estos, si se excluye a Lizana, destacado político y accionista del ferrocarril, fueron miembros del primer Consejo de Administración del Ferrocarril de La Robla. Los hermanos Salazar eran además consejeros fundadores de la fábrica siderúrgica La Vizcaya.
Salida de los canales de lavado.
Las minas propiedad de la Sociedad Carbonífera de Matallana S.A. -una de ellas bautizada con el inequívoco nombre bilbaíno de Chimbo- estaban situadas en la cuenca de Matallana, en los términos de Aviados, La Valcueva, Matallana, Villalfeide, Vegacervera y Orzonaga. Estos cotos, al parecer, constituyeron la causa principal que motivó la construcción del ferrocarril.
Interior del lavadero en donde se ven las fundaciones de la maquinaria.
Al menos desde 1895 existían apartaderos para las minas de La Valcueva.
Lugar por donde bajaban las vías del plano inclinado, debajo se ve el edificio del lavadero.
Según una estadística de producción del año 1899 la Sociedad Carbonífera de Matallana habría extraído 15.500 toneladas durante el citado año y la mina Carmonda de La Valcueva 12.000 toneladas, por lo que cabría pensar que en aquella época la Carmonda no era propiedad de la Sociedad Carbonífera de Matallana.
Restos del tambor en donde se arrollaba el cable y de la palanca de freno.
Desde julio de 1901 la Sociedad Carbonífera de Matallana S.A. pasa a denominarse Hulleras del Torio y toma la decisión de arrendar todas sus minas al propietario parisino Georges Walravens, por un canon anual de 50.000 pesetas.
Vista del plano inclinado de La Carmonda.
En 1902 el propietario de las minas Valenciana y Carmonda era Sebastián López Lerena. En 1907 se formalizó un contrato entre el Ferrocarril de La Robla y los Sres. Ramón Aguilar y Dionisio González para la utilización de los apartaderos de La Valcueva en el cargue de carbones de las minas Valenciana y Carmonda. En julio de 1912 la Sociedad La Carmonda realiza una denuncia por intrusión de la Compañía Minera Anglo Hispana en la concesión Presentación, Capa Burgalesa. Entonces el precio de coste de la tonelada de hulla sobre vagón en el apartadero de La Carmonda era de 6,25 pesetas. En el censo de 1927 y en el de 1936, aparece la mina Carmonda en propiedad de Dionisio González Miranda. Mi padre, Luciano García Álvarez, trabajó en La Carmonda de pinche cuando tenía 14 años, allá por el año 1934 cuando aun era propiedad de Dionisio González, originario de Naredo de Fenar.
Tambor con dos zonas para el cable y una garganta central para la cinta del freno.
La mina Carmonda desarrolló sus labores en algunas capas comunes a la mina valenciana, pero cortadas más hacia el oeste y a mayor profundidad mediante un "pozo plano". Esto permitió alcanzar mayores alturas en la explotación de las capas, haciendo un mejor montaje de tajos y galerías con mayores rendimientos en la producción. Esta mina distaba del ferrocarril 1,5 kilómetros y para el transporte del mineral se instaló un servicio de trenes conducidos por caballerías, que acercando el carbón hacia las inmediaciones de los apartaderos debía aun salvar un importante desnivel mediante un sistema de plano inclinado con cabrestante. Desde la base de este plano se accedía a un apartadero en la línea del Ferrocarril de La Robla.
Por la vía del plano inclinado llegamos hasta las inmediaciones de La Carmonda.
Dionisio González Miranda en el año 1935 cede en arriendo la mina Carmonda a "Valle y Diez" al parecer por un período inicial de diez años, pero que la siguió explotando hasta 1959 (Ya como Hullera Vasco Leonesa). La Sociedad "Valle y Diez" explotó otra mina al Norte de la Carmonda donde sus capas ramificaban hacia la vertiente de Matallana. Dicha mina fue la anteriormente citada "Presentación" y posteriormente "Esgañal". Valle y Diez vino explotando la mina con un pozo plano de seis pisos sobre capas de carbón con galerías e instalación de desagüe y su correspondiente preparación para la extracción del mineral produciendo de 700 a 800 toneladas al mes. En 1938 facturó 14.956 toneladas por un montante de 23.639 pesetas. En 1940 ocurrieron gravísimas inundaciones en las galerías y sala de bombas.
Coladero para el carbón en uno de los cargues que para los camiones había en la plaza de La Carmonda.
Algunos datos resumidos de operarios y gastos respecto de la mina Carmonda, son los siguientes:

Plaza de La Carmonda.
Relación de trabajadores de la mina Carmonda en Enero de 1935.
Mi abuelo paterno, Eloy García, trabajó en esta mina.
Conjunto de edificios que aun se conservan.
Sobre el año 1970 se reanudó la explotación de la mina Carmonda por una sociedad formada por Ricardo Tascón, Ricardo Blanco, Florentino García y Alfredo García. La actividad se realizó con grandes dificultades económicas que llevaron a un cierre prematuro. Con posterioridad, hacia 1980, se reabrieron algunas galerías y, sobre todo, se trabajó a cielo abierto en toda la zona de La Valcueva y Matallana. La actividad tampoco duró mucho tiempo.
Palanca de un desvío en la mina Carmonda.
Bocamina del pozo plano hacia el Este.
Bocamina calada hacia el Norte.
Coladero de carbón al lado de las bocaminas.
Interior de uno de los edificios con los soportes de las perchas para los obreros. Hoy en día se utiliza para resguardar un rebaño de cabras.
Edificios vistos desde las bocaminas.
Concesiones mineras explotadas por Valle y Diez S.R.L.

Bibliografía:

"El valle de La Valcueva" Luis Rojo Martínez, Instituto Leonés de Cultura, 2001

"El Ferrocarril Hullero de La Robla a Valmaseda" Pedro Fernández Díaz-Sarabia, Junta de Castilla y León, 2003

Carmonda y Valenciana
En este vídeo de 2016 se pueden ver los restos de las minas Carmonda y Valenciana, en La Valcueva.







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