martes, 4 de septiembre de 2018

Hermandad de socorros de la fábrica de cigarros de Santander en 1849


Según informaba el Diccionario de Madoz, en la fábrica de cigarros de Santander había una hermandad de socorros.

"Fábrica de cigarros. Ocupa actualmente el edificio que fue convento de monjas de Sta. Cruz; fue creada en el año 1821, y habiéndose suprimido en el de 1823, se volvió a restablecer en el de 1834. Su edificio, situado en la vertiente NO. de una de las colinas que forman la mayor parte del suelo de la ciudad; es sumamente irregular en su construcción; de mal aspecto, sombrío, húmedo y pequeño para el objeto; careciendo por lo mismo de almacenes, y especialmente de oreos para que se enjuguen las labores, que ascienden anualmente  a 5.000 libras de cigarros habanos; 40.000 de mistos, y 250.000 de comunes: en todo lo cual se invierten 23.320 a. de tabacos nacionales y estranjeros.


Un grupo de cigarreras en la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla.

El personal del establecimiento se compone de un director; un contador; un inspector de labores; un pagador; 3 oficiales; 2 escribientes; un escribano; un portero; 2 porteras para los talleres; 4 maestras fijas; 7 id. a jornal; 2 capataces pesadores; un carpintero; 10 mozos de faenas a jornal; 48 operarias en la elaboración de cigarros habanos; idem 180 en la de mistos, y 796 id. en la de comunes, formando un total de 1.060 personas. Los sueldos de los empleados, escribientes, porteros, maestras y capataces ascienden 95.500 rs. anuales; y a 834.000 todos los demás gastos del establecimiento, sin incluir la compra de primeras materias, o sean los tabacos para elaborar.

Las labores de esta fábrica, y principalmente las de cigarros habanos y comunes, son de las más esmeradas y económicas de la Península, y sería de desear que se mejorasen los oreos para que los cigarros obtuvieran el enjugo competente.

Surte esta fábrica las provincias de Santander, Burgos, Palencia, Logroño y Pamplona.

En ella hay establecida una hermandad de socorros para todos sus dependientes; las que por una contr. pecuniaria de 3 rs. mensuales, proporciona a sus individuos la asistencia de facultativos en sus enfermedades, y cuantos medicamentos puedan necesitarse; facilitando además socorros en dinero, cuando la enfermedad dura más de ocho días, así como lo necesario para los auxilios espirituales y gastos de entierro a los que fallecen. Se habría ya puesto por el actual director una escuela de 1ª enseñanza para los hijos párvulos de las operarias, si la capacidad del edificio lo permitiera; pero no teniendo las suficientes localidades para los objetos precisos de su instituto, no puede llevarse a efecto este pensamiento, que proporcionaría inmensas ventajas a las operarias, libertándolas del cuidado de sus hijos durante las horas de trabajo en la fábrica, pues podrían verlos a ciertas horas todos los días, y aun alimentarlos por si mismas.

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