Boletín oficial de la provincia de León: Num. 201 (04/09/1931)
Ministerio de Trabajo y Previsión
Dirección General del Instituto Geográfico Catastral y de Estadística
Censo de jurados correspondiente al año 1931, cuya formación ha sido ordenada por Decreto del Gobierno provisional de la República de 18 de Junio de 1931
Provincia de LEÓN Partido judicial de LA VECILLA
LISTA definitiva de los jurados VARONES formada con arreglo a lo preceptuado en él articulo 11 del expresado Decreto.
Nº de orden, apellidos y nombre, edad, tiempo de residencia, domicilio, profesión o títulos académicos o profesionales, concepto de clasificación.
Matallana
67 Gala Gutiérrez Severino, 33, 33, Orzonaga, Jornalero, Cabeza
68 Martinez Alvarez Nicanor, 59, 69, Pardavé, idem, idem
69 Martinez Gutiérrez Francisco, 63, 27, Valcueva, Idem, idem
70 Martinez Ibañez Antonio, 63, 12, Orzonaga, Idem, idem
71 Martinez Martinez Félix, 34, 15, Valcueva, idem, idem
72 Martinez Sampedro Eufemio, 34, 14, Matallana, Idem, idem
73 Méndez Alonso Julián, 30, 15, Villalfeide, Idem, idem
74 Miranda González Enrique, 41, 41, Pardavé, idem, idem
75 Miranda González Miguel, 45, 43, Idem, Herrero, idem
76 Miranda Gutiérrez Juan Antonio, 57, 57, Idem, Labrador, Capacidad
77 Miranda Gutiérrez Sinforiano, 63, 63, Idem, idem, idem
78 Miranda Tascón Abraham, 38, 38, Orzonaga, Jornalero, Cabeza
79 Miranda Tascón Benjamín, 34, 34, Idem, idem, idem
80 Miranda Tascon Froilán, 76, 76, Orzonaga, Labrador, Capacidad
81 Miranda Tascón Vicente. 87, 87, idem, Propietario, idem
82 Moran Robles Fernando, 35, 35, idem, Jornalero, Cabeza
83 Moran Robles Francisco, 48, 48, Matallana, ídem, idem
84 Morán de Robles Matías, 55, 55, Serrílla, ídem, idem
85 Moran Robles Teodoro, 40, 40, Orzonaga, ídem, idem
86 Muñoz González Manuel, 34, 19, Robles, idem, idem
Boletín oficial de la provincia de León: Num. 117 (25/05/1938)
CIRCULAR
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto del Ministerio del Interior fecha 25 del pasado, he acordado, oído el Jefe provincial de F. E. T. y de las Jons, designar para constituir las Comisiones municipales del Subsidio Pro
Combatientes de los Ayuntamientos
que se mencionan a las personas
que a continuación se detallan:
La Vecilla
Jefe: Alvaro Aparicio Guisasola. Vocales: Manuel Diez Diez, padre
de un falangista y Ricardo Fernández Diez, padre de un soldado.
La Robla
Jefe: Toribio Miranda Rodríguez.
Vocales: Esteban Ramos Núñez,
padre de un falangista y Tomás Serabia Vigil, padre de soldado.
Matallana
Jefe: Pablo Lanza Alonso.
Vocales: Ambrosio García, padre
de un falangista y Teodoro Rodríguez, padre de un soldado.
Vegacervera
Jefe: Vicente Tascón,
Vocales: Antonio Tascón Canseco
y Ramón Canseco.
Busdongo
Jefe: David Jiménez Abendano.
Vocales: Miguel Gutiérrez Rodríguez y Laureano Suárez.
Pola de Gordón
Jefe: Fabián Tascón Alonso.
Vocales: Emilio Alvarez, Manuel
Villa Arias, Eutiquio Pinero Villaverde y Plácido Gutiérrez Castañón.
Lo que se hace público en este
periódico oficial para general conocimiento y en especial de los interesados, a los efectos procedentes.
León, 11 de Mayo de 1938.—Segundo Año Triunfal.
El Gobernador civil,
José Luis Ortiz de la Torre
Comisión provincial de incautación de bienes de León
ANUNCIOS
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6 ° del Decreto de 10
de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración
de responsabilidad civil contra Constantino García Recio, vecino de Oceja; Bernardino García Bayón; vecino
de Vegacervera; Elias Rodríguez Barrio, vecino de Robles y Conrado Canseco Gutiérrez, vecino de Villalfeide, de esta provincia, habiendo
nombrado Juez instructor al de primera instancia e instrucción de La
Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario, de que certifico.
León, 26 de Mayo de 1938.-Segundo Año Triunfal.—Cipriano Gutiérrez.
Administración Provincial
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de 10
de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración
de responsabilidad civil contra Camilo Barrios Fernández, vecino de
Valdeteja y Gregorio García Urbaneja, vecino de Villalfeide, de esta
provincia, habiendo nombrado Juez
instructor al de primera instancia e
instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí , el Secretario, de que certifico.
León, 12 de Agosto de 1938.-Tercer Año Triunfal. Cipriano Gutiérrez.
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de
10 de Enero de 1937, he mandado
instruir expediente sobre declaración de responsabilidad civil contra
Angel Murciego Fernández, vecino de
León, de esta provincia, habiendo
nombrado Juez instructor al de primera instancia e instrucción de León.
Así lo mandó S S. ante mi el Secretario de que certifico.
León, 12 de Agosto de 1938. Tercer Año Triunfal. Cipriano Gutiérrez.
Administración Provincial
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de 10
de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración
de responsabilidad civil contra Isidoro Tascón González, vecino de Villalfeide, Eloy Gutiérrez Diez, vecino de Orzonaga y Generoso González Gutiérrez, vecino de Villalfeide, de esta provincia, habiendo nombrado Juez instructor al de primera instancia e instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, él Secretario, de que certifico.
León, 5 de Agosto de 1938. —Tercer Año Triunfal. — Cipriano Gutiérrez.
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de 10
de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración
de responsabilidad civil contra
Justo Prieto García, vecino de
La Robla, de esta provincia, habiendo nombrado Juez instructor al de primera
instancia e instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario de que certifico.
León, 5 de Agosto de 1938.—Tercer
Año Triunfal.—Cipriano Gutiérrez
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de 10
de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración
de responsabilidad civil contra Generosa Alvarez Gutiérrez, vecina de
Ventosilla, de esta provincia habiendo nombrado Juez instructor al de
primera instancia e instrucción de
La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario de que certifico.
León, 5 de Agosto de 1938.—Tercer
Año Triunfal.—Cipriano Gutiérrez.
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de 10
de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración
de responsabilidad civil contra Víctor Gutiérrez González, vecino de
Orzonaga y Gerónimo Guerrero, vecino de Matallana, de esta provincia,
habiendo nombrado Juez instructor
al de primera instancia e instrucción
de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mi, el Secretario, de que certifico.
León, 5 de Agosto de 1938.—Tercer
Año Triunfal.—Cipriano Gutiérrez.
Administración Provincial
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6 º del Decreto de 10 de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración de responsabilidad civil contra
Generoso Balbuena Gutiérrez, vecino de
Villanueva de Pontedo;
Mariano Lorenzana Fernandez, vecino de
Matallana; Manuel Alvarez
García vecino de Geras de Gordón;
José Diez González y
Florentino
Alonso García, vecinos de
Cármenes;
Marceliano Diez González, vecino de
Orzonaga;
Urbano Alvarez Rubio,
vecino de
Cármenes;
Evencio Tascón Tascón, vecino de
Villalfeide y
Elíseo Gutiérrez García, vecino de
Orzonaga, de esta provincia, habiendo nombrado Juez instructor al de
primera instancia e instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario de que certifico.
León, 14 de Octubre de 1938.—Tercer Año Triunfal. Cipriano Gutiérrez.
De conformidad con lo prevenido en el artículo 6.° del Decreto de 10 de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración de responsabilidad civil contra Aladino Oricheta Pascual, vecino de Orzonaga, esta Provincia. habiendo nombrado Juez instructor al de primera instancia e instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario de que certifico. León, 14 de Octubre de 1938.— III Año Triunfal. Cipriano Gutiérrez.
Boletín oficial de la provincia de León: Num. 253 (11/11/1938)
Administración Provincial
De conformidad con lo prevenido
en el artículo 6.° del Decreto de 10 de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración de responsabilidad civil contra Felisa Tascón Tascón y Fidel González
Tascón, vecinos de Villalfeide; Manuel Tascón Tascón y José Muñiz Álvarez, vecinos de Ciñera y Jesús Villacorta Fernández, vecino de
Olleros, de esta provincia, habiendo
nombrado Juez instructor al de primera instancia e instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario, de que certifico.
León, 14 de Octubre de 1338.—III año Triunfal. Cipriano Gutiérrez
Administración Provincial
De conformidad con lo prevenido
en el art. 6 del Decreto de 10 de Enero de 1937, he mandado instruir expediente sobre declaración de responsabilidad civil contra Francisco
Tascón Robles y Julia Tascón Tascón, vecinos de Villalfeide, de esta provincia, habiendo nombrado juez instructor al de primera instancia e
instrucción de La Vecilla.
Así lo mandó S. S. ante mí, el Secretario de que certifico.
León, 27 de Diciembre de 1938.— Tercer Año Triunfal. —Cipriano Gutiérrez.
Administración de Justicia
Cédulas de citación
Por el presente edicto se cita, llama
y emplaza por término de ocho días,
de comparecencia ante este Juzgado,
al expedientado Celestino González
Tascón, vecino que fué de Villalfeide, cuyo actual paradero se ignora
para que dentro de dicho término
pueda ser oído de palabra o por escrito sobre su actuación antes y después del Glorioso Movimiento Nacional de España, pues así lo tengo
acordado en expediente n.º 249, bajo
los apercibimientos legales, si no lo
verifica.
Y para que tenga lugar lo acordado expido el presente en La Vecilla
a 10 de Julio de 1939.— Año de la
Victoria,—Julio Prieto.
Juzgado de primera instancia de La Vecilla (
BOPL Viernes 11 de agosto de 1944)
Don Julio Prieto Zapico, accidental Juez de primera instancia de la villa y su partido de La Vecilla.
Hago saber: Que este Juzgado sobreseyó los expedientes de Responsabilidades Políticas, tramitados en el mismo contra los inculpados que se dirán y por consiguiente éstos han recobrado la libre disposición de sus bienes.
Severiano León González, vecino
de Robledo.
Angel Vacas Argüello, idem de
Santa Lucía.
Ana María Melón, idem de Pola
de Gordón.
Eladia Alonso Barrera, vecina de
Pola de Gordón.
Máximo Láiz Martínez, vecino de
Santa Lucía,
Eutimia Alonso Herrero, ídem de
Pola de Gordón.
José Martínez Alonso, vecino de
La Valcueva.
Pólicarpo Melón Segurao, idem de
Rodiezmo,
Saturnino Fernández Barrial,
idem de Santa Lucía.
Manuel Valle Díez, ídem de Robles.
Alfredó Rey Arias, idem de Peredilla.
Cesáreo Fidalgo García,
Félix Casado Pérez.
Francisco Láiz Fernández, Bartolomé González Martínez vecinos de Santa Lucía.
José Puello Suárez, ídem de Huergas de Gordón.
Manuel Ordóñez García, idem de La Vid.
Rogelio Arias Suárez, idem de
Huergas de Gordón.
Severiano-Isidoro Fernández, idem
de Santa Lucía.
Dionisio Morán Gutiérrez, idem
de Pobladura.
Justo Sierra García, ídem de Velilla.
Ezequiel Marcos Martínez, idem
de Santa Lucía,
Bonifacio Bayón González, idem
de Santa Lucía.
David Fernández Diez, idem de
La Ercina.
Flora Alcalde Núñez, idem de Villasimpliz,
Raimundo Viñuela Suárez, idem
de Rabanal de Fenar.
Esteban González Diez, ídem de
Rabanal de Fenar.
Aquilino Lanero, idem de Orzanaga.
Francisco de Orta Guillamón,
ídem de Villamanín.
Hermenegildo Fernández Gutiérrez, idem de Villamanín,
Celedonio Presa Gutiérrez, idem
de Ventosilla,
Felipe Morán Colín, idem de Rabanal.
Ensebio González Castro, idem de
Solana,
Florencio García Alonso, ídem de
Robledo de Valcueva.
Amador Gutiérrez Ramos, idem de
Vega de Gordón.
Angel Calzón Fernández, ídem de
Santa Lucía.
Manuel Suárez Pérez, idem de La
Cueta.
María Getino Diez, idem de La Mata
de Curueño.
Eradio Viñuela Gutiérrez, ídem
Villanueva,
Alejandro de Varo Fernández
idem de Vegaquemada.
Matías de Cabo Liébana, idem de Vozmediano.
Marcelino Rodríguez Puente, idem de Matallana.
Victoriano Tascón Suarez, idem de Sopeña de Cules.
Maximiliano Gutiérrez Rodríguez, idem de Correcillas.
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