BOLETÍN OFICIAL DE LEÓN, 31 de julio de 1850
ARTICULO DE OFICIO.
Gobierno de Provincia.
Dirección de Industria, Minos.=Núm. 338.
La Sociedad Palentina-Leonesa ha acudido en queja a mi autoridad de que los vecinos de los pueblos confinantes con las pertenencias de sus minas de carbón de piedra, se propasan a beneficiar este mineral que venden después en los mercados del interior de Campos con perjuicio de los intereses de la empresa, y de la Hacienda pública que se ve también defraudada en el importe del 5 por 100 de su valor.
Para atajar estos abusos y a fin de que se respete como corresponde la propiedad que la citada Sociedad Palentina-Leonesa tiene en dichas minas, encargo muy eficazmente a los Alcaldes constitucionales, empleados de montes, estanqueros, Guardias civiles y demás dependientes de mi autoridad, cuiden de perseguir a los conductores de carbón de piedra que no viajen con guía expedida por la Administración local de la citada Sociedad con el V.º B.º del Administrador subalterno de Boñar interventor del ramo, decomisando el mineral y demás efectos que con él se conduzcan y practicando las demás diligencias para tales casos dispuestas; las cuales pasarán al Administrador subalterno de rentas del partido, que cuidará de hacerlo a mi autoridad para los fines convenientes.
León 27 de Julio de 1850. Francisco del Busto.