viernes, 10 de octubre de 2025

Regiones Devastadas en León

Los pueblos de León a la fuerza

Fueron destruidos y reconstruidos. La historia la contaban 482 planos, sólo que durante años estuvieron perdidos. Escondidos detrás de un secreter de madera. El 12 de octubre de 2012 se da con ellos. En el Archivo Histórico Provincial. Un hallazgo fortuito. Casi 500 planos, en papel vegetal, de gran tamaño, firmados entre 1940 y 1957 por los arquitectos Felipe Moreno Medrano y Prudencio Barrenechea Sánchez.

Plaza del Ayuntamiento de La Pola de Gordón.

En octubre de 1937, cuando cae el Frente Norte, parte de la provincia de León, la que colinda con Asturias, había quedado bastante afectada. Los proyectiles de artillería, los bombardeos, los tiroteos y la política de tierra quemada en la huida de los republicanos habían hecho bastante mella. Algunos pueblos de la montaña habían quedado reducidos a ceniza.

Proyecto de reconstrucción y ampliación del cementerio de Villamanín. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

En 1940, dos jóvenes arquitectos con la carrera recién acabada, Felipe Moreno Medrano y Prudencio Barrenechea Sánchez se incorporan al Servicio Nacional de Regiones Devastadas en León, bajo la tutela de Juan Antonio Miralles Sastre, responsable de la oficina comarcal. 

Proyecto de higiene y vivienda para el médico de Valdelugueros. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

“No ofrecieron inconveniente en trabajar a pie de obra en los pueblos, todo lo contrario a lo que les pasaba a colegas más veteranos”. Lo narra el historiador de arte Javier Caballero Chica, autor de un estudio histórico sobre la Reconstrucción y Regiones Devastadas en León durante la postguerra franquista.

Escuela y vivienda para el maestro en Folledo. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

A Felipe Moreno, alumno aventajado de Leopoldo Torres Balbás, arquitecto, arqueólogo, escritor y uno de los padres de la restauración monumental en España, la Guerra Civil le sorprende en Soria, en un viaje de estudios junto a su profesor y cuatro alumnos más. Alistado en el bando nacional, al acabar la contienda termina en León, donde se afinca y donde después ganaría la oposición a arquitecto provincial.

Proyecto para la Plaza Mayor, Ayuntamiento, edificios para los servicios del Estado y dos viviendas 'de renta reducida' en La Pola de Gordón. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

Barrenechea, amigo de Felipe Moreno y santanderino, también se establece en León como arquitecto de la Dirección General de Regiones Devastadas. En 1950 accede al puesto de arquitecto municipal.

Plano de la nueva ordenación urbanística de Villamanín según los planes de la Dirección General de Regiones Devastadas para la reconstrucción del pueblo tras la Guerra Civil. Se conserva en el Archivo Histórico Provincial de León. No tiene firma.

Dicen de Felipe Moreno que era meticuloso y exigente, que ejercía la arquitectura de manera artesana, dirigía las obras a la antigua usanza, a pie de obra, y era un magnífico dibujante. Prudencio Barrenechea, que cultivó una arquitectura historicista y clásica, nunca olvidó sus orígenes cántabros. Estas dos circunstancias quedaron plasmadas en los planos de la reconstrucción de los pueblos devastados del norte de León. La pulcritud, detalle y estilo artístico de los planos y la inspiración montañesa.

Vivienda de labrador en Cármenes. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

Durante años, ambos cumplieron con sus deberes reconstructivos, aunque después también dejaron en la capital la marca indeleble de su mejor arquitectura.

Gonzalo de Cárdenas, hijo mayor de Manuel Cárdenas, el arquitecto del Ensanche de León, nacido en la ciudad en 1904 y miembro de una saga familiar de arquitectos, fue el subdirector de la Dirección General de Regiones Devastadas, el encargado de la parte más técnica, un puesto muy relevante pues el director, José Moreno Torres, ingeniero, varias veces diputado durante la Segunda República, unido a las fuerzas sublevadas en la Guerra Civil y que llegó a ser alcalde de Madrid, se ocupó de la parte política.

Escuelas para el pueblo de Oville. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

La secuencia temporal de cómo estos tres arquitectos se hacen cargo de la reconstrucción de los pueblos deteriorados durante la contienda la recoge en su estudio Javier Caballero Chica. En junio de 1939, la Asamblea Nacional de Arquitectos da los primeros pasos para la “reconstrucción nacional”. “Las líneas maestras de las Regiones Devastadas las marcó en gran medida la revista Reconstrucción como órgano propagandístico”, narra Caballero. Buscaron y encontraron una estética de claras connotaciones políticas que dejara evidencia de la grandeza que propugnaba el Caudillo y su régimen.

Reconstrucción de la iglesia de Buiza. Planos para la Dirección General de Regiones Devastadas de los arquitectos Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea.

El organismo que iba a reconstruir los pueblos se creó por decreto el 25 de marzo de 1938, en septiembre de 1939 se creó la Dirección General de Arquitectura y el 23 de septiembre de 1939 se publicó el decreto que incluyó las localidades damnificadas por el conflicto bélico.

Doce ayuntamientos de León entraron en ese listado: La Pola de Gordón, Cármenes, Cistierna, Cebanico, Boñar, Sabero, Reyero, Boca de Huérgano, Valdelugueros, Villamanín, Burón y Soto y Amío. La huella de la guerra y sus estragos quedó recogida en planos de 55 pueblos leoneses. Cuatro recibieron además una distinción especial: La Pola de Gordón, Cármenes, Valdelugueros y Villamanín.

“La misión de los arquitectos de la Dirección General de Regiones Devastadas iba más allá de la reconstrucción de las localidades dañadas por la guerra. Se convirtieron en verdaderos discípulos de la voluntad reconstructora del Caudillo, elegidos para efectuar una imprescindible tarea con tintes de voluntad mesiánica”, dice Caballero Chica.

Lo dejó patente en un escrito el propio Gonzalo de Cárdenas: “Nos han mandado reconstruir España… Dios lo quiere, Franco lo exige y nosotros pondremos de nuestra voluntad todo nuestro trabajo al servicio de la causa de Dios y de Franco”.

Moreno y Barrenechea a los planos y la obra y Cárdenas a la gestión proyectaron en la provincia escuelas, viviendas para los maestros, iglesias, casas rectorales, cuarteles de la Guardia Civil, mataderos, centros secundarios de higiene con vivienda para el médico, plazas mayores, centros neurálgicos del poder, seminarios, obras de infraestructuras como abastecimiento de agua, puentes, albergues y viviendas para los vecinos.

El estilo elegido para la reconstrucción en León fue el regionalista alpino. Y no porque se inspirara en los Alpes, sino en los pueblos montañeses cántabros. Tuvo mucho que ver en ello que Barrenechea, que había nacido en Santander, era la arquitectura que mejor conocía.

En general, los pueblos se diseñaron siguiendo un mismo patrón. El bloque institucional, léase ayuntamiento, cuartel etc, en un lugar de privilegio, generalmente una plaza mayor en torno a la que se levantaban el resto de las edificaciones. Las viviendas para los vecinos se diseñaron entre medianeras, en esquina o exentas dependiendo si eran para un labrador, un jornalero, un aparcero o un terrateniente. El ejemplo más claro que ha sobrevivido es el de La Pola de Gordón.

En las viviendas, las zonas de mayor uso, como cocina o salón, se orientaron hacia el sur y las áreas de descanso, además de los dormitorios los baños y los vestíbulos, hacia el norte. En los planos se contemplan también establos, gallinero, casetas para aperos y para el carro, pocilga, estercolero y abrevadero.

Se hicieron talleres a pie de obra, se usaron materiales propios de la montaña leonesa, se utilizaron animales para el acarreo de escombros y la traída de materiales, los ladrillos, las tejas, la cal y el yeso. Se levantaron oficinas comarcales de las Regiones Devastadas en La Pola de Gordón, Cármenes, Rodiezmo o Valdelugueros, la madera se taló de los bosques de la zona y el hierro y el cemento se trajo de fuera.

Había otra escasez, la mano de obra en los pueblos. Caballero Chica cita que en las Regiones Devastadas había en 1940 unos diez mil trabajadores, que en 1944 pasaron a ser 19.000 y que se recurrió a los presos, que casi llegaron a ser el 30 % en las obras de reconstrucción. 

El trabajo a los reclusos les redimía penas, dos días por cada uno trabajado. A ello se sumaron los indultos, las reducciones por buena conducta y, con el paso del tiempo, el cumplimiento de condenas, con lo que los obreros presos acabaron siendo sólo el 7 %. Los comunistas y condenados a muerte fueron excluidos. “Se les consideraba irrecuperables”.

”Cualquier propietario podía construir o reconstruir una edificación, pero era más económico hacerlo a través de Regiones Devastadas y el Instituto de Crédito para la Reconstrucción Nacional que fue aprobado en la ley 16 de marzo de 1939, para que 'mediante su propio esfuerzo y el apoyo del Estado' se pudiesen afrontar las reparaciones a los organismos provinciales o municipales, así como a las entidades, empresas o particulares”, explica Caballero.

“El instituto de Crédito anticipaba el dinero de la reparación de los daños con un interés nunca superior al 3% aunque sí inferior para las corporaciones públicas y de las personas que careciesen de “fortuna”, siendo amortizado en un plazo no superior a veinte años, en anualidades que se fijasen según las circunstancias individualizadas de cada peticionario”, añade.

“A tenor de la Ley de Reconstrucción Nacional, la protección estatal debía de ser para todos los españoles aunque en la primera cláusula del artículo primero se cita expresamente que la facilitación de anticipos a las entidades, empresas o particulares debían ser “afectos” al Movimiento Nacional, con destino a la reparación de los daños sufridos como consecuencia directa de la guerra”, aporta Javier Caballero Chica.

En algunos planos, consta expresamente para quién se levanta de nuevo una propiedad. “Reconstrucción de vivienda para Andrés Gutiérrez en Villamanín, parcela de finca a expropiar a Francisca Gutiérrez, viuda de Pedro Gutiérrez Fierro, en Villamanín”, reza la documentación. 

Los proyectos recogían que la casa proyectada para el labrador acomodado constaría de un pequeño recibidor, comedor, cocina, cuatro amplios dormitorios y cuarto de aseo con instalación de váter, lavabos y duchas, establo higiénico con capacidad para doce vacas, pajar de las necesarias dimensiones para poder depositar en él suficiente cantidad de ceba para el ganado, servicio de cochiqueras para la cría de aves, cerdos, conejos, etc. y un tendejón o cobertizo para guardar los carros y aperos de labranza.

Más humilde era el diseño elegido para el modesto labrador, cuya vivienda constaba de cocina comedor, tres dormitorios, cuarto de aseo, establo con capacidad para ocho reses de ganado vacuno, pajar, cochiqueras y cobertizo. Para el jornalero con pequeña labranza se construirá un tipo de vivienda con cocina comedor, tres dormitorios, cuarto de aseo, establo para cuatro vacas, pajar, servicio de cochiqueras y tendejón. Se ajustaban los tres modelos de construcción a las normas dictadas por el Instituto Nacional de la Vivienda y cumplían, sobre el plano con medidas de higiene, soleadas, ventiladas y saludables. Queda así recogido en los grandes planos en papel vegetal que la directora del Archivo Histórico de León, Eva Merino, ha rescatado para la historia. Joyas de un valor incalculable para el estudio de una época.

"En un contexto de un poder mediático muy concreto, donde la mayor relevancia se encontraba en la prensa y en menor medida en la radio y actos públicos, la concreción y tangibilidad de la arquitectura se convirtió en algo excepcionalmente visible para los ciudadanos de los diferentes pueblos, en especial en la edificación institucional que representaba los valores espirituales del Estado, como la perennidad, el orden, la catolicidad o el equilibrio que Franco creía que debía reinar en una sociedad de bien", resume el investigador.

"Sin entrar en condicionamientos ideológicos -siempre es más fácil aliarse con los vencedores- , además del evidente cambio constructivo que provocó una mayor salubridad y mejora en las condiciones de habitabilidad, supuso un cambio de mentalidad en sus habitantes. Se sintieron atendidos en sus necesidades básicas y los edificios públicos sirvieron para mejorar su calidad de vida", relata Caballero Chica. Y añade un dato más: "Aportaron beneficios económicos ya que no hubo que hacer durante mucho tiempo reparación de tejados, ventanas, puertas y otros elementos que tradicionalmente consumían gran parte de los ingresos de los agricultores y jornaleros”.

Regiones Devastadas fue en León uno de los programas de construcción más largo del país, hasta junio de 1957, por eso la aparición de los planos ha sido tan relevante. “Se trata de una excelente muestra de una acción constructiva de postguerra con tintes propagandísticos de la época franquista que sirve para comprender en profundidad los planteamientos del urbanismo y la arquitectura de los años 40 y 50”, zanja Caballero Chica.

Con el tiempo, Gonzalo de Cárdenas, Felipe Moreno y Prudencio Barrenechea dejaron su impronta de grandes arquitectos en otras edificaciones.

Felipe Moreno intervino en rehabilitaciones del patrimonio leonés como el Palacio de los Guzmanes, la Casa de Carnicerías o el Hospital San Antonio Abad y, en la década de los 60, durante el llamado franquismo desarrollista, viró hacia postulados más modernos y firmó el Hotel Conde Luna (1961), el Conservatorio (1963) el Laboratorio Pecuario (1964) y el proyecto de un hospital que no se llegó a realizar. Prudencio Barrenechea proyectó el Cuartel de la Policía Local en la Plaza Mayor, la ampliación y reforma del Ayuntamiento de San Marcelo, el Colegio San Claudio o el del Egido, actualmente Antonio González de Lama. Juntos diseñaron las casas de la burguesía leonesa que siguen en pie en las calles Bernardo del Carpio, Sampiro, Juan de Badajoz, Avenida de Roma, República Argentina, Juan Lorenzo Segura o Padre Isla. Y Manuel de Cárdenas dejó su sello personal, junto con su padre Manuel de Cárdenas y Francisco Javier Sanz Martínez, en el Teatro Emperador.

BOPL, 24 de junio de 1938

Ministerio del interior

ORDEN

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Orden de este Ministerio, de 11 de Junio corriente (B. O. del 15), sobre organización y funcionamiento de l Servicio Nacional de Regiones Devastadas, este Ministerio h a tenido a bien disponer que se constituyan las siguientes Comisiones de Zona. 

Zona primera. — Cantábrica, con jurisdicción en las provincias de Oviedo, Santander, León y Palencia, capitalidad en Oviedo. Asumirá el carácter de Comisión de Zona la Junta de Reconstrucción de Oviedo, creada por Decreto de 25 de Abril último y ampliada por el de 28 de Mayo. Actuará de Vicepresidente Delegado del Servicio D. Gerardo Caballero Olabezar

Zona segunda. — Vascongada, con capitalidad en Bilbao. Será Presidente-Delegado de la Jefatura del Servicio D. Miguel Ganuza del Riego, dirigirá la Sección Técnica D. Gonzalo de Cárdenas, arquitecto provincial de Vizcaya, y formará parte de la Comisión, como Abogado del Estado, D, Antonio Iturmendi Bañolas.

Zona tercera. — Aragonesa, con capitalidad en Zaragoza. La prescindirá D. Jesús Muro Sevilla; dirigirá la Sección Técnica D. Teodoro Ríos Balaguer, arquitecto provincial de Zaragoza, y a ella queda adscrito don Regino Borobio Ojeda, arquitecto municipal de Zaragoza; formando parte de la Comisión, como Abogado del Estado, D. Agustín Vicente y Gella.

La Junta de Habitabilidad de Teruel, constituida en virtud de la Orden de este Ministerio de 25 de Abril último, tendrá el carácter de subcomisión.

Zona cuarta. — Bético-Extremeña, con capitalidad en Sevilla. Será presidente-Delegado D, Pedro Gamero del Castillo; dirigirá la Sección Técnica, D. Juan Talavera; formando parte de la Comisión, como Abogado del Estado, Eduardo Cadenas Camino.

Por la Jefatura del Servicio de Regiones Devastadas y reparaciones se convocará con urgencia para l a reunión constitutiva de cada Comisión de Zona.

Burgos, 16 de Junio de 1938, - II Año Triunfal.

SERRANO SUÑER

Sr. Jefe del Servicio Nacional de Regiones Devastadas y Reparaciones 

BOPL, 25 de enero de 1940

GOBIERNO DE LA NACIÓN

MINISTERIO DE LA GOBERNACIÓN

DECRETO

La reconstrucción de los inmuebles dañados por la guerra, está previsoramente sometida, por Decreto de veinticinco de Marzo de mil novecientos treinta y ocho, a los planes de urbanización y ensanche de los respectivos Municipios, no permitiéndose reconstruir aquellos inmuebles que están situados en zonas afectadas por dichos planes. 

Se creó por Decreto de diez y seis de Marzo de mil novecientos treinta y nueve el Instituto de Crédito para la Reconstrucción Nacional, con el fin, entre otros, de facilitar a los Ayuntamientos crédito a bajo interés y largo plazo de amortización, para que puedan emprender, con arreglo a los planes previstos, las obras de urbanización de las zonas afectadas por la destrucción; pero previamente los Ayuntamientos tienen que proceder a la expropiación tanto de solares y ruinas, como de aquellos inmuebles poco o nada afectados, que en corto número suelen quedar en dichas zonas. 

Esta expropiación carece de importancia en la mayoría de los pueblos donde el valor terreno es de poca cuantía, y en los que una compensación de solares es fácil de llevar a cabo; pero en las capitales y poblaciones importantes la cuantía a que se eleva la expropiación es de tal monta, que se sale de las posibilidades económicas de las Cajas municipales, hoy muy quebrantadas por el estado de ruina en que las han dejado la mala administración de los Ayuntamientos rojos; bien entendido, que este valor de expropiación queda casi compensado en pocos años, con la venta de los solares procedentes de la nueva urbanización que necesariamente adquieren un «plus valía». 

Por ello, es necesario acudir en ayuda de las haciendas municipales que tienen que afrontar sin medios suficientes, dichas expropiaciones, buscando la fórmula que facilite la compensación de los solares con el mínimo movimiento de caudales y haciendo que la deuda que el Ayuntamiento ha de contraer para dar cima a los planes de urbanización, sea lo menor posible. 

Por otra parte, el propietario de un inmueble dañad o por la guerra no se le puede privar del derecho a reconstruir sin fijarle un plazo prudencial para la expropiación o compensarle las rentas del inmueble, o por lo menos, del valor del solar (siempre de importancia), pues, de no hacerlo así se le crearía una situación de injusticia en relación con el inmueble vecino no dañad o que mientras no se le expropie sigue percibiendo sus rentas. 

No hay tampoco que perder de vista la conveniencia de que las cantidades que se abonen por expropiación sean invertidas en adquisición de nuevos solares, donde los propietarios puedan reconstruir sus inmuebles sin perder los derechos adquiridos dados por el Estado. 

Por todo lo expuesto, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros, 

DISPONGO: 

Articulo primero. Para los fines de expropiación en las zonas dañadas por la guerra y afectadas por planes, previamente aprobados, de urbanización, los Ayuntamientos podrán solicitar los créditos necesarios del instituto de Crédito para la Reconstrucción Nacional, a través de la Dirección General de Regiones Devastadas, que lo someterá con su informe, a la aprobación del Ministro de la Gobernación, sin perjuicio de la autorización del Ministerio de Hacienda, a quien están sujetos los empréstitos de Corporaciones Locales. 

Articulo segundo. El Instituto facilitará los créditos, precisamente en cédulas nominativas, en las que se consignarán, el nombre del propietario expropiado, valor en pesetas de la expropiación, Ayuntamiento a que corresponde y fecha de la expropiación. Las cédulas nominativas serán distintas, según sean representativas a pago de solares o de edificios. 

Articulo tercero. Las cédulas devengarán un interés del cuatro por ciento anual, cuyo abono por trimestres vencidos, efectuará el Instituto de Crédito por cuenta del respectivo Ayuntamiento. 

Articulo cuarto. Cuando sobre los inmuebles o solares afectados por la expropiación existieran cargas hipotecarias u otros derechos reales, el valor de la expropiación se repartirá proporcionalmente de acuerdo con la Ley de nueve de Septiembre último.

Artículo quinto. Los solares resultantes de la nueva urbanización serán vendidos por el Ayuntamiento respectivo, con intervención del Instituto de Crédito, en pública subasta anunciada con 30 días de antelación en el «Boletín Oficial» de la provincia; en dos periódicos de la misma y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, tomándose como tipo inicial de la subasta el valor que por unidad superficial se hubiera asignado en la expropiación de la zona correspondiente. 

Se concederá derecho de tanteo en la subasta a los tenedores de cédulas de expropiación de solares y entre éstos se dará preferencia por este orden: al anterior propietario de la mayor parte del solar en venta, al colindante que se le haya expropiado mayor cantidad de terreno y al que posea un valor de cédulas de expropiación de solares más aproximado al valor del remate. 

El adjudicatario entregará al Instituto de Crédito el importe del remate en cédulas y la diferencia en metálico. En caso de exceso del nominal de la cédula sobre el importe del remate, el Instituto expedirá nueva cédula, por valor de dicho exceso. 

Artículo sexto. Los adjudicatarios de solares, propietarios de cédulas, en las nuevas urbanizaciones gozarán del derecho a obtener el auxilio económico que por el Estado se les hubiera concedido en el caso de reconstruir los inmuebles dañados por la guerra en su antiguo emplazamiento. Para ello, el Instituto de Crédito, por cuenta del Ayuntamiento, liquidará al propietario el valor de las cédulas, que por expropiación de inmuebles le correspondiera, y la diferencia para la total reconstrucción le será facilitada por aquél, como préstamo, en las condiciones normales a que opera el susodicho Instituto.

Artículo séptimo. Transcurrido el plazo de cinco años, a contar de la fecha de aprobación del correspondiente expediente de expropiaciones, el Instituto procederá, con el Ayuntamiento respectivo, a liquidar la operación de crédito, retirando de la circulación, mediante su abono en pesetas, las cédulas que no hubieran sido recogidas con anterioridad. 

La recogida de cédulas podrá anticiparse por el Instituto si hubiera remanente para ello. Si el saldo de la liquidación fuera favorable al Ayuntamiento, le será entregado por el Instituto, y si fuera adverso, el Instituto se resarcirá del mismo en un período de diez años, al tres por ciento de interés máximo, debiendo los Ayuntamientos consignar en sus Presupuestos durante ese período, la cantidad correspondiente para el pago de la anualidad que resulte. 

Los Ayuntamientos afectarán al cumplimiento de esta obligación la venta de los solares que aún quedasen sin vender en las nuevas urbanizaciones, más el valor de «plus valía» de toda la zona afectada por las mismas y los impuestos cedidos por el Estado. 

Articulo octavo. Los propietarios poseedores de cédulas podrán adquirir solares municipales en cualquier otro lugar del término, mediante el pago de su valor en cédulas correspondientes a expropiación de solares. 

Artículo noveno. Por el Ministerio de la Gobernación se dictarán las normas complementarias para la aplicación del presente Decreto. 

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid, a quince de Diciembre de mil novecientos treinta y nueve. — Año de la Victoria. 

FRANCISCO FRANCO 

El Ministro de la Gobernación. RAMON SERRANO SUÑER










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